5/16/2013

Decreto de Alcaldía 012-2013/MDSMP Prorrogan plazo de vencimiento dispuesto en la Ordenanza 342-MDSMP que

Prorrogan plazo de vencimiento dispuesto en la Ordenanza N° 342-MDSMP que establece beneficio extraordinario de Regularización Tributaria y No Tributaria a favor de los administrados del distrito MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES DECRETO DE ALCALDÍA N° 012-2013/MDSMP San Martín de Porres, 13 de mayo del 2013 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe N° 030-2013-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria de la entidad; y CONSIDERANDO: Que, mediante
Prorrogan plazo de vencimiento dispuesto en la Ordenanza N° 342-MDSMP que establece beneficio extraordinario de Regularización Tributaria y No Tributaria a favor de los administrados del distrito

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
DECRETO DE ALCALDÍA N° 012-2013/MDSMP


San Martín de Porres, 13 de mayo del 2013
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE
PORRES
VISTO: El Informe N° 030-2013-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria de la entidad; y CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza N° 342-MDSMP (09.

ABRIL.2013), publicada en el diario oficial 'El Peruano'
con fecha 11.ABRIL.2013, se otorgó beneficios extraordinarios de regularización tributaria y no tributaria a favor de los administrados del distrito de San Martín de Porres que mantengan deuda vencida y pendiente de pago por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales,
Multas Tributarias y/o Multas Administrativas sujeta a Cobranza Coactiva;

Que, mediante el Decreto de Alcaldía N° 010-2013/MDSMP (26.ABRIL.2013) se prorroga la fecha de vencimiento de la Ordenanza arriba mencionada hasta el 15.MAYO.2013;

Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe de Visto se considera necesario la ampliación de dicho beneficio tributario, vista la afiuencia de administrados que vienen apersonándose a regularizar la situación de sus adeudos en Cobranza Coactiva, así como por la necesidad planteada por muchos vecinos del distrito de ampliar el plazo del vencimiento de la Ordenanza N° 342-MDSMP, con la finalidad de poder acogerse a los beneficios que se vienen brindando;

Que, la Tercera Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza mencionada faculta al Señor Alcalde a dictar las medidas reglamentarias que sean necesarias para su mejor aplicación, así como para la prórroga de su vigencia; por lo que corresponde emitirse la respectiva disposición municipal, existiendo la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe N° 453-2013-GAJ/MDSMP);

Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Administración Tributaria;

De conformidad con los artículos 20°, inciso 6); 39 y 42 de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades, así como la Tercera Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza N° 342-MDSMP;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento dispuesto en el artículo Cuarto de la Ordenanza N° 342-MDSMP (09.ABRIL.2013) hasta el 31.MAYO.2013.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, así como a las Subgerencias respectivas; y su publicación a la Secretaría General.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

FREDDY S. TERNERO CORRALES
Alcalde

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