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Ordenanza 165-2013/MLV Dan inicio al proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados
5/01/2013
Ordenanza 165-2013/MLV Dan inicio al proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados
Dan inicio al proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados del año 2014 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA ORDENANZA N° 165-2013/MLV La Victoria, 26 de abril de 2013 El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el Dictamen N° 008-2013-CPPPAL/MLV de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 197° y 199° de la Constitución Política del Perú, modificada
MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
ORDENANZA N° 165-2013/MLV
La Victoria, 26 de abril de 2013
El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el Dictamen N° 008-2013-CPPPAL/MLV de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 197° y 199° de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley N° 27680 – Ley de Reforma Constitucional – las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley;
Que, mediante la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades – el artículo 53° establece que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales, como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertado de su jurisdicción. El Presupuesto Participativo forma parte del Sistema de Planificación;
Que, la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización – a través del artículo 17° numeral 1) dispone que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos en la Gestión Pública. Asimismo, el artículo 20° de la misma norma establece que los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley y en concordancia con los planes de desarrollo concertados, lo cual guarda concordancia con lo regulado en el citado artículo 53° de la Ley N° 27972;
Que, de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 7° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – los Consejos de Coordinación Local Distrital son órganos de coordinación y concertación de las municipalidades distritales, a los cuales corresponde coordinar y concertar el Presupuesto Participativo, conforme lo establece el artículo 104° de la citada norma;
Que, mediante la Ley N° 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo – reglamentada por el Decreto Supremo N° 142-2009-EF, se establecen disposiciones para asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de Programación Participativa del Presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Locales. Asimismo, el artículo 5° de dicha norma señala que el gobierno local dispondrá mediante Ordenanza las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identificación y acreditación de los agentes participantes, particularmente de aquellos de la sociedad civil;
Que, el instructivo N° 001-2010-EF/76.01 - Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados - aprobado mediante Resolución Directoral N° 007-2010- EF/76.01, publicado en el diario Oficial El Peruano con fecha 10 de abril del 2010, establece los lineamientos, mecanismos y pautas para que los gobiernos regionales y locales desarrollen el proceso en mención, precisando diversos criterios para delimitar los proyectos de impacto regional, provincial y local, de conformidad a lo estipulado en la Ley N° 28056, sus modificatorias y reglamento así como en la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
Que, conforme a lo estipulado en el artículo 9°
numeral 1) de la Ley N° 27972, el Concejo Municipal tiene la atribución de aprobar los planes de desarrollo municipal concertados y el Presupuesto Participativo. Asimismo, el numeral 14) de dicho artículo señala que el Concejo Municipal aprueba las normas que garanticen una efectiva participación vecinal;
Que, en este contexto y a fin de asegurar un uso eficiente de los recursos públicos en el desarrollo local, resulta necesario reglamentar y organizar la participación de los representantes de la Sociedad Civil, así como sus responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del proceso de desarrollo del Presupuesto Participativo para el año 2014. De esta forma entre otros aspectos el Equipo Técnico de la Municipalidad de La Victoria que elaborará el Presupuesto Participativo para el año 2014 estará presidido por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quedando conformado por distintos funcionarios de la entidad que brindarán el apoyo profesional y técnico que se requiere para tal fin, conforme se detalla en los Anexos de la presente Ordenanza;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° numeral 8) y 40° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – y tomando en cuenta lo dispuesto en la Ley N° 29091 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-2008-PCM, así como en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, respectos a los anexos de las normas legales, y en uso de las atribuciones que le otorga la Ley, el Concejo Distrital de La Victoria por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO DEL
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2014
Artículo Primero.- Dar inicio al proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados del año 2014 en el distrito de La Victoria.
Artículo Segundo.- Aprobar los Anexos N° 1:
Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados 2014, conformado por II títulos,
IV capítulos, 20 artículos y 2 disposiciones finales; N° 2:
Criterios de Priorización y N° 3: Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo 2014, que forman parte integrante de la presente Ordenanza,
Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y efectiva difusión de la presente Ordenanza al Equipo Técnico que se conforma en la misma, y a la Gerencia de Imagen Institucional, respectivamente. Asimismo, se encarga a la Subgerencia de Tecnología de la Información la publicación de la presente Ordenanza y sus anexos en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe.
ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C.
Alcalde
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