5/17/2013

Ordenanza 166-2013/MLV Aprueban celebración de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito

Aprueban celebración de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA ORDENANZA N° 166-2013/MLV La Victoria, 9 de mayo de 2013. El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO; en sesión ordinaria de la fecha, el Dictamen N° 011-2013-CPPPAL/MLV de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar
Aprueban celebración de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
ORDENANZA N° 166-2013/MLV


La Victoria, 9 de mayo de 2013.

El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO; en sesión ordinaria de la fecha, el Dictamen N° 011-2013-CPPPAL/MLV de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y,
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972
– Ley Orgánica de Municipalidades – se reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico. Asimismo, el artículo 4° de la Carta Magna establece que la comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven el matrimonio, reconociéndolos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad;

Que, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 233° del Código Civil la regulación jurídica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento en armonía con los principios y normas proclamadas por la Constitución Política del Perú;
señalando además en los artículos 234° y 248° del mismo cuerpo normativo el concepto del matrimonio, así como los requisitos que deben cumplirse para celebrar el mismo, respectivamente;

Que, acorde a las funciones de carácter social y comunal que ejercen los gobiernos locales, es política de la actual gestión, promover la unión familiar a través de un matrimonio civil comunitario en el distrito, que permita fomentar y promover la formalización o regularización de las uniones de hecho de las parejas, contribuyendo así a fortalecer y consolidar la unidad familiar como cédula básica de la sociedad;

Estando a los fundamentos expuestos y contando con el pronunciamiento de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9°
numerales 8) y 9) de la Ley N° 27972 – Ley de Orgánica de Municipalidades – el Concejo Municipal por unanimidad, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA CELEBRACIÓN DEL
MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO EN EL DISTRITO
DE LA VICTORIA
Artículo Primero.- Aprobar la celebración del Matrimonio Civil Comunitario a llevarse a cabo el día domingo 22 de setiembre de 2013 a horas 10:00 a.m. en la Sala de Encuentro 'María Reiche', ubicada en la intersección de la Av. José Gálvez Barrenechea (ex Av. Principal) con Av. Nicolás Arriola del distrito de La Victoria.

Artículo Segundo.- Establecer como único pago por dicho acto la suma de S/.100.00 (cien y 00/100 nuevos soles) que incluye el pliego matrimonial, la publicación del edicto y el derecho de ceremonia.

Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como la verificación de los requisitos correspondientes que deben presentar los contrayentes. Asimismo, se encarga a la Gerencia de Imagen Institucional la efectiva difusión del matrimonio civil comunitario que se aprueba.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C.

Alcalde

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