5/02/2013

Ordenanza Municipal 005-2013-MPH Disponen la creación del Programa

Disponen la creación del Programa MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL ORDENANZA MUNICIPAL N° 005-2013-MPH Huaral, 26 de abril del 2013 'Buen Contribuyente Huaralino'. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Dispone la Creación del Programa 'Buen Contribuyente Huaralino'; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política
Disponen la creación del Programa

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
ORDENANZA MUNICIPAL N° 005-2013-MPH


Huaral, 26 de abril del 2013
'Buen Contribuyente Huaralino'.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
POR CUANTO:

EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Dispone la Creación del Programa 'Buen Contribuyente Huaralino'; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado mediante Ley N° 27680 – Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, de acuerdo al Artículo 52° del TUO del Código Tributario, es competencia de los Gobiernos Locales administrar exclusivamente las Contribuciones y Tasas Municipales, sean estas últimas, Derechos, Licencias o Arbitrios, y por excepción los Impuestos que la Ley les asigne.

Que, constituye función de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, la lucha contra la evasión y elusión tributaria, debiendo para ello, no solo estrechar los márgenes de control de cumplimiento de las obligaciones tributarias, sino también implantar políticas de promoción de la cultura tributaria.

Que, forma parte de la política de incentivo al cumplimiento del pago voluntario, la organización de beneficios que favorezcan a los contribuyentes que de manera oportuna cumplen con el pago de los tributos a su cargo.

Que, resulta necesario establecer mecanismos que de manera progresiva, logren el incremento del universo de contribuyentes que cumplen de manera oportuna con sus obligaciones tributarias;

Que, a su vez el Artículo 74° de la Constitución Política del Perú otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales a disponer que éstos tengan competencia para crear, modificar, y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley.

Que, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria en su Informe Técnico 008-2013-MPH-GRyAT/SERO de fecha 12 de Marzo del 2013, señala que con el propósito de reducir el grado de morosidad de los contribuyentes del Distrito de Huaral a niveles más razonables, así como estimular el pago por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales; es conveniente realizar un beneficio denominado 'BUEN CONTRIBUYENTE HUARALINO', como un incentivo especial para premiar a los contribuyentes del Distrito de Huaral, que no tengan deudas con la Municipalidad por conceptos de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Los mismos que gozarán de la mencionada condición durante el ejercicio fiscal 2013.

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica en su Informe N° 0261-2013-MPH-GAF de fecha 01 de Abril del 2013, opina por la procedencia para la realización de un beneficio denominado 'BUEN CONTRIBUYENTE HUARALINO', que premie e incentive el pago por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales a los contribuyentes del Distrito de Huaral.

Que, estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) y 9) del Artículo 9° y 40° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el Voto Unánime de los Señores Regidores, aprobaron la siguiente:

ORDENANZA
'QUE DISPONE LA CREACIÓN DEL PROGRAMA
'BUEN CONTRIBUYENTE HUARALINO'.

Artículo Primero.- La Municipalidad de la Provincia de Huaral, llevará a cabo un beneficio denominado
'BUEN CONTRIBUYENTE HUARALINO', cuya finalidad es fomentar y promover una cultura de cumplimiento puntual y oportuno de las Obligaciones Tributarias por los conceptos de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, entre los contribuyentes del Distrito de Huaral, como un incentivo especial para premiar a los contribuyentes que no tengan deudas con la Municipalidad Provincial de Huaral. Los mismos que gozarán de la mencionada condición durante el Ejercicio Fiscal 2013.

Artículo Segundo.- Son contribuyentes hábiles para participar de dicho beneficio todos los contribuyentes de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, que hayan cumplido con el pago en su totalidad de sus Obligaciones Tributarias y No Tributarias hasta el Periodo 2013, según los criterios establecidos en el Reglamento de la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, Apruebe el Reglamento del Programa 'BUEN CONTRIBUYENTE HUARALINO'.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria todo lo referente a la Organización del Programa 'BUEN CONTRIBUYENTE HUARALINO', a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental para coordinar la ejecución de los servicios solicitados por el Contribuyente, a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas la realización de los Procesos para la identificación de los Contribuyentes Hábiles para gozar de dicho beneficio, a la Sub Gerencia de Imagen Institucional la difusión del mismo y acciones correspondientes.

Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su Publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

VICTOR HERNÁN BAZÁN RODRIGUEZ
Alcalde Provincial

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