5/12/2013

Ordenanza Regional 010-2013-GRSM/CR Aprueban modificaciones de Cuadros para Asignación de Personal de las Unidades

Aprueban modificaciones de Cuadros para Asignación de Personal de las Unidades Ejecutoras 400, 401, 402, 403 y 404 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN ORDENANZA REGIONAL N° 010-2013-GRSM/CR Moyobamba, 16 de Abril del 2013 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martin, en Sesión Extraordinaria del 16 de abril de 2013, con el voto de los señores Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento
Aprueban modificaciones de Cuadros para Asignación de Personal de las Unidades Ejecutoras 400, 401, 402, 403 y 404

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN
ORDENANZA REGIONAL N° 010-2013-GRSM/CR


Moyobamba, 16 de Abril del 2013
POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martin, en Sesión Extraordinaria del 16 de abril de 2013, con el voto de los señores Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867,
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de San Martín;

CONSIDERANDO:

Que, el inciso a) del Artículo 15: 'Atribuciones del Consejo Regional' de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902, dispone que son atribuciones del Consejo Regional aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional;

Que, el primer párrafo del Artículo 38: 'Ordenanzas Regionales' de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales antes mencionada establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Que, el Gobierno Nacional con fecha 28 de marzo del 2013 ha publicado en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 004-2013-SA por el cual se 'Establecen lineamientos para el proceso de nombramiento del año 2013 en el marco de las Leyes Nos. 28498, 28560 y 29682, en las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales', en el que establece que las Unidades Ejecutoras de Salud deberán proponer la modificación de su Cuadro de Asignación de Personal-CAP en caso no cuente con los cargos previsto necesarios para ejecutar el nombramiento del personal señalado en el numeral 4 para lo cual, dichas Unidades Ejecutoras deberán solicitar a sus pliegos respectivos la aprobación de las modificaciones correspondientes. Se establece también que las oficinas de planeamiento y presupuesto a las que hagan sus veces en las Unidades Ejecutoras deberán elaborar la propuesta de modificación del CAP, conforme a los criterios técnicos del Decreto Supremo N° 043-2004-PCM por el cual se 'Aprueban Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal -CAP de las Entidades de la Administración Pública';

Que, mediante Oficio N° 1725-2013-OPE-DG-DIRES/SM el Director Regional de Salud de San Martín remite al Gobierno Regional San Martín la documentación que sustenta la propuesta de modificación del Cuadro para Asignación de Personal -CAP de las Redes de Salud de San Martín y sus unidades orgánicas desconcentradas:

Micro redes de Salud;

Que, mediante Informe N° 002-2013-DDRH-DG-DIRES/SM de fecha 15 de abril de 2013, la Dirección Regional de Salud de San Martín sustenta y propone la modificación del Cuadro para Asignación de Personal -CAP de las Redes de Salud de San Martín y sus unidades orgánicas desconcentradas: Micro redes de Salud; por un total de 200, conforme al siguiente cuadro:

N° UNIDAD EJECUTORA

PEAS
TOTAL
PEAS
1 Unidad Ejecutora 400 Salud San Martin 81 81
2 Unidad Ejecutora 401 Salud Alto Mayo 39 39
3
Unidad Ejecutora 402 Salud Huallaga Central 28 28
4
Unidad Ejecutora 403 Salud Alto Huallaga 23 23
5
Unidad Ejecutora 404 Hospital II-2
Tarapoto 29 29
TOTAL 200
Que, mediante Informe Legal N° 459-2013-GRSM/ORAL, de fecha 12 de abril de 2013, la Oficina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional de San Martín manifiesta que en términos generales que se ha cumplido con las formalidades establecidas en la normativa aprobada, por lo que estima procedente el requerimiento efectuado por la Dirección Regional de Salud de San Martín, referente a la propuesta de modificación del Cuadro para Asignación de Personal -CAP de las Redes de Salud de San Martín y sus unidades orgánicas desconcentradas:

Micro redes de Salud;

Que, la modificación de los Cuadros para Asignación de Personal - CAP han sido elaborados de conformidad con los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, cuya finalidad de cambiar la situación de los cargos que figuran como 'previstos' a cargos
'ocupados', debido al nombramiento de personal dispuesto por el Decreto Supremo N° 004-2013-SA, para las Redes de Salud de San Martín y sus unidades orgánicas desconcentradas: Micro redes de Salud;

Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, por unanimidad, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL
Artículo Primero: APROBAR la modificación del Cuadro para Asignación de Personal -CAP de la Unidad Ejecutora 400 Salud San Martin, por un total de 81 cargos clasificados.

Artículo Segundo: APROBAR la modificación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Unidad Ejecutora 401 Salud Huallaga Central, por un total de 39 cargos clasificados.

Artículo Tercero: APROBAR la modificación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Unidad Ejecutora 402 Salud Huallaga Central, por un total de 28 cargos clasificados.

Artículo Cuarto: APROBAR la modificación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Unidad Ejecutora 403 Salud Alto Huallaga, por un total de 23 cargos clasificados.

Artículo Quinto: APROBAR la modificación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Unidad Ejecutora 404 Hospital II-2 Tarapoto, por un total de 29 cargos clasificados.

Artículo Sexto: ENCARGAR a la Gerencia General y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto del Gobierno Regional de San Martín, dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional.

Artículo Séptimo: ENCARGAR a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional de San Martín notificar la presente Ordenanza Regional a las Unidades Ejecutoras correspondientes para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo Octavo: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.

AUGUSTO CH. NOLASCO AGUIRRE
Presidente del Consejo Regional de San Martín Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación.

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil trece.

POR TANTO:

Mando se publique y se cumpla.

CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Gobierno Regional de San Martín

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