5/10/2013

Resolución 0488-2013-ANR Declaran que la Universidad Marcelino Champagnat ha cumplido con lo dispuesto

Declaran que la Universidad Marcelino Champagnat ha cumplido con lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas académicos de posgrado COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES RESOLUCIÓN N° 0488-2013-ANR Lima, 25 de marzo de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios N° 248-2012-R/UMCH, de fecha 30 de octubre de 2012, N° 024-2013-R/UMCH, de fecha 14 de febrero de 2013,
Declaran que la Universidad Marcelino Champagnat ha cumplido con lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas académicos de posgrado COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
RESOLUCIÓN N° 0488-2013-ANR


Lima, 25 de marzo de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE
RECTORES
VISTOS:

Los oficios N° 248-2012-R/UMCH, de fecha 30 de octubre de 2012, N° 024-2013-R/UMCH, de fecha 14 de febrero de 2013, informe N° 023-2013-DGDAC, de fecha 18 de febrero de 2013, memorando N° 199-2013-SE, de fecha 27 de febrero de 2013, y;

CONSIDERANDO:

Que, en el artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733, se establecen las atribuciones específicas e indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores, entre otras la de coordinar proporcionando información previa e indispensable, la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; así como también la de concordar en lo referente a los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la unificación de sus denominaciones, sin perjuicio de derecho privativo de cada Universidad a establecer los currícula y requisitos adicionales propios, instituido en los incisos e) y f);

Que, por Resolución N° 732-95-ANR, de fecha 05 de octubre de 1995, la Asamblea Nacional de Rectores emitió pronunciamiento favorable para el funcionamiento de la Escuela de Posgrado, creado por la Asamblea Universitaria de la Universidad Marcelino Champagnat;

Que, mediante oficios de vistos, el Rector de la Universidad Marcelino Champagnat solicita el reconocimiento y oficialización de los programas académicos de posgrado, adjuntando para tal efecto los actos resolutivos de aprobación y los planes curriculares correspondientes:
1. Doctorado en Ciencias de la Educación, aprobada por Resolución N° 017-2012-R/UMCH, de fecha 04 de abril de 2012.
2. Maestría en Investigación y Docencia Universitaria, aprobada por Resolución N° 016-2012-R/UMCH, de fecha 04 de abril de 2012.
3. Segunda Especialidad en Computación e Informática Educativa, aprobada por Resolución N° 018-2012-R/UMCH, de fecha 24 de abril de 2012;

Que, mediante informe de vistos la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, expresa que la documentación remitida por la citada universidad, ha sido elaborada respetando las disposiciones establecidas en los artículos 24° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733; por lo que, es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita la Resolución correspondiente declarando aprobados para su funcionamiento los programas propuestos por la Universidad Marcelino Champagnat;

Que, mediante memorando de vistos, la Secretaria Ejecutiva dispone emitir una resolución declarando que la Universidad Marcelino Champagnat, con sede en la ciudad de Lima, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 24° y 92°, incisos e) y f) de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos de posgrado;

Estando a la autorización de la Alta Dirección, y;

De conformidad con la Ley Universitaria N° 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de lo establecido en el Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar que en la Universidad Marcelino Champagnat, con sede en la ciudad de Lima, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 24° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de programas académicos de posgrado; quedando en consecuencia aprobadas para su implementación:
fiDoctorado en Ciencias de la Educación fiMaestría en Investigación y Docencia Universitaria fiSegunda Especialidad en Computación e Informática Educativa.

Artículo 2°.- Aprobar el registro oficial en la Asamblea Nacional de Rectores, de lo resuelto en el artículo precedente, asimismo, dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fines que dispone la Ley.

Artículo 3°.- Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de la Institución.

Regístrese y comuníquese.

ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

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