5/03/2013

Resolución 0623-2013-ANR Declaran que la Universidad Privada Norbert Wiener SA ha cumplido con lo

Declaran que la Universidad Privada Norbert Wiener SA ha cumplido con lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas académicos COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES RESOLUCIÓN N° 0623-2013-ANR Lima, 24 de abril de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Las cartas N° 040-2012-R-UPNW, de fecha 18 de junio de 2012, N° 014-2013-R-UPNW, de fecha 13 de febrero de 2013, informe
Declaran que la Universidad Privada Norbert Wiener SA ha cumplido con lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas académicos COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
RESOLUCIÓN N° 0623-2013-ANR


Lima, 24 de abril de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:

Las cartas N° 040-2012-R-UPNW, de fecha 18 de junio de 2012, N° 014-2013-R-UPNW, de fecha 13 de febrero de 2013, informe N° 051-2013-DGDAC, de fecha 15 de marzo de 2013; memorando N° 0318-2013-SE, de fecha 26 de marzo de 2013, y;

CONSIDERANDO
Que, en el artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733, se establecen las atribuciones específicas e indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores, entre otras las de coordinar proporcionando información previa e indispensable, la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; así como también la de concordar en lo referente a los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la unificación de sus denominaciones sin perjuicio de derecho privativo de cada Universidad a establecer los currícula y requisitos adicionales propios, instituido en el inciso e) y f);

Que, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – CONAFU mediante Resolución N° 177-96-CONAFU, de fecha 09 de diciembre de 1996, autorizó el funcionamiento provisional de la Universidad Privada Norbert Wiener SA, con sede en la ciudad de Lima, y por Resolución N° 085-2004-CONAFU, de fecha 14 de abril de 2004, le otorgó la Autorización Definitiva de Funcionamiento para que brinde servicios educativos de nivel universitario;

Que, mediante las cartas de vistos, el Rector de la Universidad Privada Norbert Wiener SA comunica a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores que se han creado programas académicos de segundas especialidades en su representada, adjuntando para tal efecto los planes curriculares de cada una de ellas y los actos resolutivos correspondientes:
1. Segunda Especialidad en Cuidado Enfermero en Cardiología y Cardiovascular; aprobada por Resolución N° 373-2012-R-UPNW, de fecha 24 de mayo de 2012, de la Escuela Académico Profesional de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud.
2. Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos; aprobada por Resolución N° 374-2012-R-UPNW, de fecha 24 de mayo de 2012, de la Escuela Académico Profesional de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud.
3. Segunda Especialidad de Gestión en Central de Esterilización; aprobada por Resolución N° 375-2012-R-UPNW, de fecha 24 de mayo de 2012, de la Escuela Académico Profesional de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud.
4. Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica;
aprobada por Resolución N° 376-2012-R-UPNW, de fecha 24 de mayo de 2012, de la Escuela Académico Profesional de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud.
5. Segunda Especialidad de Enfermería en Salud Mental y Psiquiatría; aprobada por Resolución N° 393-2012-R-UPNW, de fecha 24 de mayo de 2012, de la Escuela Académico Profesional de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud.

Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación mediante el informe de vistos, en el cual expresa que la documentación remitida por la Universidad Privada Norbert Wiener SA, con sede en la ciudad de Lima, cumple las disposiciones establecidas en los artículos 23° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, por lo que, es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores, emita el acto resolutivo correspondiente;

Que, mediante el memorando de vistos, la Secretaría Ejecutiva dispone la elaboración de una resolución por la cual se declare que la Universidad Privada Norbert Wiener SA, con sede en la ciudad de Lima, ha cumplido con la normativa descrita en el considerando precedente, respecto a la creación y funcionamiento de sus programas académicos de Segundas Especialidades de la Escuela Académico Profesional de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud;

Estando a lo autorizado por la Alta Dirección;

De conformidad con la Ley Universitaria N° 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar que la Universidad Privada Norbert Wiener SA, con sede en la ciudad de Lima, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 23° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos de Segundas Especialidades de la Escuela Académico Profesional de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud; quedando en consecuencia aprobados para su implementación:
1. Segunda Especialidad en Cuidado Enfermero en Cardiología y Cardiovascular.
2. Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos.
3. Segunda Especialidad de Gestión en Central de Esterilización.
4. Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica.
5. Segunda Especialidad de Enfermería en Salud Mental y Psiquiatría.

Artículo 2°.- Aprobar el registro correspondiente en la Asamblea Nacional de Rectores de lo resuelto en el artículo precedente, asimismo, dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la institución, para los fines que disponga la Ley.

Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en la página web de la institución.

Regístrese y comuníquese.

ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

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