5/05/2013

Resolución 41-2013-MML-GDU-SPHU Establecen conformidad de resoluciones expedidas por la Municipalidad Distrital

Establecen conformidad de resoluciones expedidas por la Municipalidad Distrital de Carabayllo que aprueban regularización de habilitación urbana de terreno MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA RESOLUCIÓN N° 41-2013-MML-GDU-SPHU Lima, 4 de abril de 2013 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente N° 201482-2012, de fecha 18 de Octubre de 2012, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Carabayllo, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución
Establecen conformidad de resoluciones expedidas por la Municipalidad Distrital de Carabayllo que aprueban regularización de habilitación urbana de terreno

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
RESOLUCIÓN N° 41-2013-MML-GDU-SPHU


Lima, 4 de abril de 2013
LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y
HABILITACIONES URBANAS
VISTO, el Expediente N° 201482-2012, de fecha 18 de Octubre de 2012, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Carabayllo, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución de Gerencia N° 714-2012/GDUR-MDC, de fecha 28 de junio de 2012 y sus rectificatorias Resolución de Gerencia N° 1488-2012/GDUR-MDC de fecha 06 de diciembre de 2012 y Resolución de Gerencia N° 277-2013/GDUR-MDC de fecha 20 de febrero de 2013, que aprueba la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada del 'Programa de Vivienda Residencial 'Los
Ángeles de Chillón', solicitada por los señores MÁXIMO
ROJAS QUISPE Y ENMA LOLA ROJAS ALARCÓN;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Expediente N° 201482-2012, de fecha 18 de octubre de 2012 (fs.01 al 92), la Municipalidad Distrital de Carabayllo, remite copia certificada de la Resolución de Gerencia N° 714-2012/GDUR-MDC de fecha 28 de junio de 2012 (fs. 83 al 87), que Aprueba la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada Tipo B-4, denominada Programa de Vivienda Residencial 'Los Ángeles de Chillón', para Uso Residencial de Densidad Media – RDM, del terreno de 31,832.00 m2, constituido por la Parcela N° 102, con Código Catastral 01459, Proyecto Rural Caudivilla,
Huacoy y Punchauca, Lima Norte Valle Chillón, ubicado en el distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad al Plano signado N° 073-2012/GDUR-MDC y la Memoria Descriptiva que forma parte de ésta, con el fin de obtener la conformidad correspondiente;

Que, con Informe N° 386-2012-MML-GDU-SPHU-DCO, de fecha 14 de noviembre de 2012 (fs. 93 al 96), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifiesta, que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada Tipo B-4,denominada Programa de Vivienda Residencial 'Los Ángeles de Chillón', para Uso Residencial de Densidad Media – RDM, del terreno de 31,832.00 m2, aprobado por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, mediante la Resolución de Gerencia N° 714-2012/GDUR-MDC, de fecha 28 de junio de 2012, cumple los planes urbanos respecto a zonificación, por cuanto el predio materia de evaluación respeta la zonificación con la que se encuentra calificada como Residencial de Densidad Media - RDM de conformidad a la Ordenanza N° 1105-MML, modificada por la Ordenanza N° 1191-MML; a vías, por cuanto el terreno no se encuentra afecto a ninguna vía perteneciente al Sistema Vial Metropolitano; con respecto a las vías locales: Av. Pacayal, Av. Santo Domingo, así como la Calle 1, Calle 2, Calle 3, Calle 4 y Calle 5, cuya definición y aprobación corresponde a la Municipalidad Distrital de conformidad a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ordenanza N° 341- MML y a la normatividad vigente, sin perjuicio delo arriba señalado, se advierte que la Seccione C-C, propuesta para la Calle 5, incumple con los módulos normativos, para vereda (2.40 ml.) y estacionamiento (2.40 ml.) establecidos en el Reglamento Nacional de Edificaciones para vías locales principales; y a aportes reglamentarios, por cuanto, corresponde su aplicación lo dispuesto en la Ordenanza N° 836-MML; tal como ha sido aprobada, Los déficit de Parques Zonales – SERPAR,
FOMUR y Servicios Públicos Complementarios serán redimidos en dinero, quedando en garantía del pago de estos, en todos los lotes útiles, excepto los aportes, tal como se señala en el Artículo 5° de esta Resolución, por lo que se concluye que se ha verificado el cumplimiento de Planes Urbanos respecto a zonificación, vías y aportes reglamentarios previo a la emisión del acto administrativo correspondiente, deberá subsanar errores materiales a fin de evitar inconvenientes en la inscripción registral, siendo comunicado las observaciones al distrito mediante Oficio N° 2120-2012-MML-GDU-SPHU de fecha 14 de noviembre de 2012;

Que, a través del Documento Simple N° 241848-12 de fecha 10 de diciembre de 2012 (fs. 99 al 137), la Municipalidad Distrital de Carabayllo nos remite el Oficio N° 139-2012-GDUR-MDC de fecha 10 de diciembre de 2012, la cual contiene la Resolución de Gerencia N° 1488-2012/GDUR-MDC de fecha 06 de diciembre de 2012 (fs.
102 al 104), resolución que rectifica el Cuadro General de áreas y Cuadro de Aportes Reglamentarios, señalados en el artículo segundo de la Resolución de Gerencia N° 714-2012/GDUR-MDC, de fecha 28 de junio de 2012;

Que, mediante Informe N° 011-2013-MML-GDU-SPHU-DCO, de fecha 09 de enero de 2013 (fs. 119 al 121), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifiesta que en la Resolución de Gerencia 1488-2012/GDUR-MDC de fecha 06 de diciembre de 2012, subsiste las observaciones contenidas en el Oficio N° 2120-2012-MML-GDU-SPHU de fecha 14 de noviembre de 2012, por lo que concluye que se comunique a la Municipalidad Distrital las observaciones planteadas a través del Oficio N° 039-2013
-MML-GDU-SPHU de fecha 18 de enero de 2013;

Que, con Documento Simple N° 39458-13 de fecha 27 de febrero de 2013 (fs. 123 al 134), la Municipalidad Distrital de Carabayllo nos remite el Oficio N° 009-2013-GDUR-MDC de fecha 26 de febrero de 2013, la cual contiene la Resolución de Gerencia N° 277-2013/GDUR-MDC de fecha 20 de febrero de 2013 (fs. 124 al 126), resolución que rectifica el artículo primero de la Resolución de Gerencia N° 1488-2012/GDUR-MDC de fecha 06 de diciembre de 2012, el Plano N° 073-2012/GDUR-MDC y su respectiva memoria descriptiva;

Que, con Informe N° 153-2013-MML-GDU-SPHU-DCO, de fecha 02 de abril de 2013 (fs. 135 al 137), la División de Control de Obras de esta Subgerencia concluye que de la evaluación efectuada a la Resolución de Gerencia N° 277-2013/GDUR-MDC de fecha 20 de febrero de 2013 se ha verificado que ha subsanado los errores materiales contenidas en la Resolución de Gerencia N° 714-2012/GDUR-MDC, de fecha 28 de junio de 2012 y Resolución de Gerencia N° 1488-2012/GDUR-MDC de fecha 06 de diciembre de 2012, asimismo se reitera lo expuesto en el Informe N° 386-2012-MML-GDU-SPHU-DCO, de fecha 14 de noviembre de 2012, que señala que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada cumple los planes urbanos respecto a zonificación, vías y aportes reglamentarios; por lo que se concluye en remitir los actuados al Área Legal para el pronunciamiento legal correspondiente;

Que, mediante Informe N° 107-2013-MML-GDU-SPHU-AL, de fecha 03 de abril de 2013 (fs. 138 al 140), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de los señores MÁXIMO ROJAS QUISPE Y ENMA LOLA ROJAS ALARCÓN, propietarios del terreno de 31,832.00 m², el mismo que consta inscrito en la Partida Electrónica N° PO1008554 del Registro Predial Urbano de Lima - Zona Registral N° IX (fs. 16 al 29); en virtud del cual vienen tramitando el presente procedimiento administrativo de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada ;

Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señalada en los Informes N° 386-2012-MML-GDU-SPHU-DCO y N° 011 y N° 153-2013-MML-GDU-SPHU-DCO, de fechas 14 de noviembre de 2012, 09 de enero y 02 de abril de 2013, respectivamente y N° 107-2013-MML-GDU-SPHU-AL, de fecha 03 de abril de 2013; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonificación, vías y a aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas N° 26878 y el Decreto de Alcaldía N° 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolución de Gerencia N° 714-2012/GDUR-MDC, de fecha 28 de junio de 2012 y sus rectificatorias Resolución de Gerencia N° 1488-2012/GDUR-MDC de fecha 06 de diciembre de 2012 y Resolución de Gerencia N° 277-2013/GDUR-MDC de fecha 20 de febrero de 2013, expedidas por la Municipalidad Distrital de Carabayllo;

Con el visto bueno de la División de Control de Obras y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y las Leyes N° 26878, Ley N° 27444, Reglamento Nacional de Edificaciones- RNE,
Ordenanzas Metropolitanas N° 1105-MML, N° 1191-MML,
N° 341-MML, N° 687-MML, N° 836-MML, Decreto de Alcaldía N° 082–96 y Resolución N° 33-2006-MML-GDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución de Gerencia N° 714-2012/GDUR-MDC, de fecha 28 de junio de 2012 y su rectificatorias Resolución de Gerencia N° 1488-2012/GDUR-MDC de fecha 06 de diciembre de 2012 y Resolución de Gerencia N° 277-2013/GDUR-MDC de fecha 20 de febrero de 2013, expedidas por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, que resuelve Aprobar la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada Tipo B-4, denominada Programa de Vivienda Residencial 'Los
Ángeles de Chillón', para Uso Residencial de Densidad Media – RDM, del terreno de 31,832.00 m2, constituido por la Parcela N° 102, con Código Catastral 01459, Proyecto Rural Caudivilla, Huacoy y Punchauca, Lima Norte Valle Chillón, ubicado en el distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad al Plano signado N° 073-2012/GDUR-MDC y la Memoria Descriptiva que forma parte de ésta, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a los MÁXIMO ROJAS QUISPE y ENMA LOLA ROJAS ALARCÓN y a la Municipalidad Distrital de Carabayllo, para su conocimiento y fines.

Artículo 3°.- DAR por agotada la vía administrativa.

Artículo 4°.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notificada la misma.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

YESENNIA SALAS TUPES
Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano

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