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Resolución 49-2013- MML-GDU-SPHU 59-2013/MDSMP, expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín
5/10/2013
Resolución 49-2013- MML-GDU-SPHU 59-2013/MDSMP, expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín
N° 59-2013/MDSMP, expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que aprueba regularización de habilitación urbana de inmueble MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA RESOLUCIÓN N° 49-2013- MML-GDU-SPHU Lima, 23 de abril de 2013 Establecen conformidad de la R.A. LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente N° 58604-2013, de fecha 26 de marzo de 2013, mediante el cual la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, remite los actuados administrativos,
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
RESOLUCIÓN N° 49-2013- MML-GDU-SPHU
Lima, 23 de abril de 2013
Establecen conformidad de la R.A.
LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y
HABILITACIONES URBANAS
VISTO, el Expediente N° 58604-2013, de fecha 26 de marzo de 2013, mediante el cual la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución de Alcaldía N° 59-2013/MDSMP, de fecha 14 de marzo de 2013, que aprueba la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada solicitada por la COOPERATIVA DE VIVIENDA SANTA APOLONIA LTDA.;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Expediente N° 58604-2013, de fecha 26 de marzo de 2013 (fs. 01 al 451), la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, remite copia certificada de la Resolución de Alcaldía N° 59-2013/MDSMP, de fecha 14 de marzo de 2013 (fs. 422 al 425), que resuelve aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para los Usos Residencial de Densidad Media 'R-3' y 'R-4',
Residencial de Densidad Alta 'R-5' y Comercio Vecinal
'C-2', del inmueble con un área de 109,500.00 m² , constituido por la Parcela 10234 del Fundo Santa Rosa, inscrito en la Ficha Registral N° 184967 y su continuación en la Partida Electrónica N° 43723448 del Registro de Propiedad Inmueble –SUNARP , sobre el cual se desarrolla la Cooperativa de Vivienda Santa Apolonia, distrito de San Martin de Porres, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad al Plano signado N° signado con el N° 013-201342-sgcyhu-gdu-mdsmp y memoria descriptiva, con el fin de obtener La Conformidad correspondiente;
Que, Informe N° 193-2013-MML-GDU-SPHU-DCO, de fecha 19 de abril de 2013 (fs. 452 al 455), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifiesta, que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para usos Residencial de Densidad Media 'R-3' y 'R-4',
Residencial de Densidad Alta 'R-5' y Comercio Vecinal 'C-2', del inmueble con un área de 109,500.00, aprobado por la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres, aprobado mediante Resolución de Alcaldía N° 59-2013/MDSMP, de fecha 14 de marzo de 2013, cumple los planes urbanos respecto a zonificación, por cuanto el predio materia de evaluación respeta las zonificaciones con las que se encuentra calificada Residencial de Densidad Media R-4 y R-3, Residencial de Densidad Alta R-5 y Comercio Vecinal C-2 de conformidad a lo establecido en la Resolución N° 387-91-MML-AM-SMDU del 29 de agosto de 1991; a vías, por cuanto el predio se encuentra afecto por una vía perteneciente al Sistema Vial Metropolitano, denominada Av.
Antúnez de Mayolo, calificada como Vía Colectora, de sección C-2, de 40.00 ml de ancho, que a la fecha se denomina Av.
Banchero, de sección C-62, manteniendo el ancho de 40.00 ml., con diferencia en los módulos de vereda y separador central, de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza N° 127-MML, del 29 de setiembre de 1997 y al Plano N° 668-96-MML/DMDU-OPDM/DPTN, que forma parte de la Resolución N° 409-89-MLM-AM-SMDU, del 09 de junio de 1989; para esta vía se propone la sección A’-A’, que respeta la sección de 40.00 ml. con los módulos normativos de la sección C-62, y la sección A- A con una sección de 39.30 ml., siendo que los módulos de la parte izquierda la citada vía en lo que respecta a vereda, estacionamiento y pista se encuentran ejecutados desde el año 1999, de acuerdo a lo señalado en el Informe N° 025-2013-GRND-SGCyHU-GDU-MDSMP, con respecto a la vía local designada Av. Alcides Vigo se propone la sección B-B de 34.00 ml. de ancho, para las Calles 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 y las Calles A, B, C, D, E F, G y H, se proponen secciones 12.00 m, 12.50 ml, 12.80 ml y 14.00 ml. de ancho, cumpliendo con lo establecido por el Reglamento Nacional de Construcciones, sin perjuicio de ello, las vías locales son de competencia distrital; y a aportes reglamentarios, correspondiendo su aplicación lo establecido en el Reglamento Nacional de Construcciones; para las tres Zonificaciones con las que se encuentra calificada el predio, con el incremento del 1.5 % por cada 0.1 de aumento de coeficiente de edificación para la zonificación R-5, asimismo, de acuerdo al quinto considerando de la presente Resolución, el déficit de aportes de Recreación Pública y Oros Fines se dan por cancelados a la Municipalidad Distrital conforme a la Resolución de Concejo N° 047-2002-MDSMP; los aportes correspondientes a SERPAR y al Ministerio de Educación serán redimidos antes de la Recepción de Obras y están garantizados en el Artículo Cuarto de la citada Resolución;
siendo la propuesta en su conjunto conforme; por lo que se concluye en remitir los actuados al Área Legal para el pronunciamiento legal correspondiente;
Que, mediante Informe N° 123-2013-MML-GDU-SPHU-AL, de fecha 22 de abril de 2013 (fs. 456 al 457), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de la COOPERA TIV A DE VIVIENDA SANT A APOLONIA LTDA., propietarios del terreno de 109,500.00 m², el mismo que consta inscrito en la Ficha N° 184967 que continua en la Partida Electrónica N° 43723448 del Registro Predios de Lima - Zona Registral N° IX (fs. 376 al 383); en virtud de lo cual viene tramitando el presente procedimiento administrativo de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada;
Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señalada en los Informes N° 193-2013-MML-GDU-SPHU-DCO y N° 123-2013-MML-GDU-SPHU-AL, de fechas 19 y 22 de abril de 2013; respectivamente, la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonificación, vías y a aportes reglamentarios;
por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas N° 26878 y el Decreto de Alcaldía N° 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolución de Alcaldía N° 59-2013/MDSMP, de fecha 14 de marzo de 2013, expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres;
Con el visto bueno de la División de Control de Obras y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y las Leyes N° 26878, Ley N° 27444, Resolución N° 387-91-MML-AM-SMDU del 29 de agosto de 1991, Ordenanza Metropolitana N ° 127-MML, Reglamento Nacional de Construcciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución de Alcaldía N° 59-2013/MDSMP, de fecha 14 de marzo de 2013, expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que resuelve aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para los Usos Residencial de Densidad Media 'R-3' y 'R-4', Residencial de Densidad Alta 'R-5' y Comercio Vecinal 'C-2', del inmueble con un área de 109,500.00 m² , constituido por la Parcela 10234 del Fundo Santa Rosa, inscrito en la Ficha Registral N° 184967 y su continuación en la Partida Electrónica N° 43723448 del Registro de Propiedad Inmueble –SUNARP , sobre el cual se desarrolla la Cooperativa de Vivienda Santa Apolonia, distrito de San Martin de Porres, provincia y departamento de Lima, de conformidad al Plano signado con el N° 013-201342-SGCyHU-GDU-MDSMP y memoria descriptiva, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- RECOMENDAR A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES que deberá efectuar la corrección del error material incurrido en el décimo considerando de la citada resolución, en el extremo referido a las normas legales que dan conformidad al presente procedimiento, a fin de no generar inconvenientes al administrado en la inscripción registral.
Artículo 3°.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la COOPERATIVA DE VIVIENDA SANTA APOLONIA LTDA y a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, para su conocimiento y fines.
Artículo 4°.- DAR por agotada la vía administrativa.
Artículo 5°.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notificada la misma.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
YESENNIA SALAS TUPES
Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano
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