5/31/2013

Resolución Administrativa 085-2013-CE-PJ Prorrogan funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y

Prorrogan funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 085-2013-CE-PJ Lima, 15 de mayo de 2013 VISTO: El O?cio N° 108-2013-JAV/SSCST/CS/PJ cursado por el Presidente de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. CONSIDERANDO: Primero. Que este Órgano de Gobierno mediante Resolución
Prorrogan funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 085-2013-CE-PJ


Lima, 15 de mayo de 2013
VISTO:

El O?cio N° 108-2013-JAV/SSCST/CS/PJ cursado por el Presidente de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República.

CONSIDERANDO:

Primero. Que este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa N° 013-2013-CE-PJ, de fecha 23 de enero de 2013, dispuso la creación de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de tres meses, contados a partir del 1 de marzo del año en curso, ante la urgente necesidad de adoptar medidas y acciones conducentes a resolver la elevada carga procesal existente en las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente y Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, y de esa forma coadyuvar a que dicha problemática encuentre los canales de solución adecuados para hacer más célere, e?ciente y e?caz el servicio de impartición de justicia.

Asimismo, mediante Resolución Administrativa N° 012-2013-P-CE-PJ, del 28 de febrero último, se dispuso que la entrada en funcionamiento del órgano jurisdiccional creado se di?era hasta el 11 de marzo del presente año.

Segundo. Que el Presidente de la referida Sala Suprema ha solicitado que se disponga la prórroga del funcionamiento del mencionado órgano jurisdiccional, por el término de ley, a ?n de continuar con la descarga procesal en bene?cio de los litigantes más vulnerables.

Tercero. Que, al respecto, del informe estadístico remitido se constata que la referida Sala ha cumplido e?ciente y e?cazmente con la labor encomendada, no obstante lo cual aparece que aún queda considerable número de expedientes pendientes de resolver, por lo que resulta necesario disponer la prórroga de su funcionamiento por el término de tres meses.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 348-2013 de la décima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Walde Jáuregui, Ticona Postigo, Meneses Gonzales, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Prorrogar por el término de tres meses, a partir del 11 de junio de 2013, el funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República.

Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidentes de las Salas Permanentes y Transitorias del Supremo Tribunal, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia, O?cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la República, Gerencia General del Poder Judicial y a la Procuraduría Pública del Poder Judicial, para su conocimiento y ?nes pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

S.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente

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