5/01/2013

Resolución Administrativa 448-2013-P-CSJLI-PJ Autorizan publicación de la Res Adm. 035-2013-J-ODECMA-CSJLI/PJ - Programa

Autorizan publicación de la Res Adm. N° 035-2013-J-ODECMA-CSJLI/PJ - Programa de Quejas Verbales Itinerantes CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 448-2013-P-CSJLI-PJ Lima, 30 de abril del 2013 VISTOS: El Oficio N° 0360 -2013-J-ODECMA-CSJLI/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio de vista, el Jefe de la Oficina Desconcentrada de control de la Magistratura-ODECMA-remite al despacho de la Presidencia la Resolución Administrativa
Autorizan publicación de la Res Adm. N° 035-2013-J-ODECMA-CSJLI/PJ - Programa de Quejas Verbales Itinerantes CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 448-2013-P-CSJLI-PJ


Lima, 30 de abril del 2013
VISTOS:

El Oficio N° 0360 -2013-J-ODECMA-CSJLI/PJ; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante el oficio de vista, el Jefe de la Oficina Desconcentrada de control de la Magistratura-ODECMA-remite al despacho de la Presidencia la Resolución Administrativa N° 035-2013-J-ODECMA-CSJLI/PJ, que establece el Primer Rol del Programa de Quejas Verbales Itinerantes de ODECMA, de Lima, para el presente año Judicial 2013.

El nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA establece en su artículo 13° numeral 3) que es función del Jefe de la ODECMA disponer y practicar operativos de control, siendo en este caso, la implementación de los módulos de atención de quejas verbales, una acción de control preventivo, que puede ser autorizada al amparo de las funciones de planificación, organización y dirección de la ODECMA establecidas en el artículo 13° numeral 1) del Reglamento precitado.

Que acorde al artículo 90.4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del Presidente de la Corte Superior cautelar la pronta administración de justicia, así como el cumplimiento de las obligaciones de los Magistrados del Distrito Judicial.

Que, bajo tales consideraciones, el Programa indicado resulta de vital importancia para la dirección de la política interna del distrito judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; resultando necesario la publicación del mencionado documento.

Que, por las razones expuestas y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR la publicación de la Resolución Administrativa N° 035-2013-J-ODECMA-CSJLI/PJ, de fecha 23 de abril del 2013 en el Diario Oficial El Peruano, la misma que forma parte integrante de la presente resolución.

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.

IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS
Presidente Corte Superior de Justicia de Lima Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura Jefatura RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 035-2013-J-ODECMA-CSJLI/PJ
«Programa de Quejas Verbales Itinerantes»
Lima, veintitrés de abril de dos mil trece.-
VISTA:

La propuesta del Plan de Quejas Itinerantes de la ODECMA de Lima para el presente año judicial 2013, de fecha veintidós de abril del año en curso, remitida por la Jefatura de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 026-2013-J-ODECMA-CSJLI/PJ y Resolución Administrativa N° 034-2013-J-ODECMA-CSJLI/PJ;

CONSIDERANDO:

Primero.- Que, mediante Resolución Administrativa N° 026-2013-J-ODECMA-CSJLI/PJ, de fecha dos de abril del presente año, se implementó el Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA de Lima, el cual consiste en instalar en forma temporal e itinerante módulos de atención para recibir y tramitar las quejas verbales, denuncias y/o reclamos de los ciudadanos en sedes judiciales periféricas, dependencias jurisdiccionales que se encuentren alejadas de la Sede Principal y tengan mayor afiuencia de usuarios y mayor recurrencia de quejas o aquellas en las que sea necesario habilitar dichos módulos de atención para garantizar un servicio de atención oportuno y eficaz a los reclamos.

Segundo.- Que, por Resolución Administrativa N° 034-2013-J-ODECMA-CSJLI/PJ, de fecha quince de abril del año en curso, se estableció el inicio de las funciones del Programa de Quejas Verbales Itinerantes desde el dieciséis del presente mes y año, fijándose un Rol de Magistrados quienes instalarán módulos u oficinas de Quejas Verbales Itinerantes en distintas Sedes Judiciales, fijándose un horario para el desarrollo de las funciones señaladas en el primer considerando de la presente resolución administrativa.

Tercero.- Que, estando a la Propuesta del Plan de Quejas Itinerantes de la ODECMA de Lima para el presente año 2013, cursado por la Jefatura de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial, se propone establecer un rol de Magistrados Contralores quienes estarán encargados de recabar y tramitar las quejas verbales, denuncias y/o reclamos de los ciudadanos en las distintas sedes judiciales periféricas y/o dependencias jurisdiccionales que se encuentren alejadas de la sede principal, estableciéndose días y fijándose un horario de atención.

Cuarto.- Que, la ODECMA de Lima, en armonía con los lineamientos trazados por la Jefatura Suprema de la OCMA, ha adoptado desde años anteriores una política de control preventivo antes que sancionatorio, en mérito del cual se han desplegado diferentes acciones de acercamiento a la sociedad y comunicación permanente con jueces y auxiliares coadyuvando eficazmente a un mejor servicio de impartición de justicia para los ciudadanos.

Quinto.- Que, como parte de la política de prevención y en cumplimiento de los objetivos estratégicos de nuestro Plan de Gestión 2013-2014, esta Jefatura considera necesario llevar adelante la instalación de módulos de quejas verbales itinerantes en las sedes jurisdiccionales con mayor recurrencia de quejas o aquellas que lo requieran acercando el Órgano de Control a los litigantes de las zonas más alejadas del Cercado de Lima, medida que por cierto la ODECMA de Lima ya ha ejecutado con resultados satisfactorios, siendo pertinente convertir dicha experiencia en un Programa institucional que tenga permanencia en el tiempo y que se incorpore a las actividades de control y prevención a desplegarse por esta Oficina Desconcentrada en el presente período 2013-2014.

Sexto.- El nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA establece en su artículo 55°
numerales 1) y 2) que son funciones de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial, el recibir y tramitar las quejas verbales por retardo de justicia y otras irregularidades que se formulen, desarrollando coordinaciones necesarias para su solución respectiva.

Asimismo, el Artículo 13° numeral 3) del mismo cuerpo normativo señala que es función del Jefe de la ODECMA disponer y practicar operativos de control, siendo en este caso, la implementación de los módulos de atención de quejas verbales, una acción de control preventivo, que puede ser autorizada al amparo de las funciones de planificación, organización y dirección de la ODECMA establecidas en el artículo 13° numeral 1) del Reglamento precitado.

Por tales consideraciones, en mérito a las facultades previstas y otorgadas por el inciso 1) del artículo 13° del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura;

SE RESUELVE:

Primero.- ESTABLECER el Primer Rol del Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA de Lima para el presente año judicial 2013, el cual podrá ser variado según las circunstancias, mediante el cual los Magistrados Contralores se instalarán en distintas Sedes Judiciales de la Corte de Lima, quienes estarán encargados de recabar y tramitar las quejas verbales, denuncias y/o reclamos de los ciudadanos propendiendo a dar solución inmediata, conforme al horario fijado señalado en el cuadro que se adjunta.

PROGRAMACIÓN DE INSTALACION DE MODULOS DE QUEJAS
VERBALES ITINERANTES DE LA ODECMA DE LIMA
PARA EL AÑO 2013
N° MAGISTRADO DIAS HORA SEDES JUDICIALES
1
Gisselle Yolanda Cuzma Cáceres Lunes 8am
- 1pm Juzgados de Paz Letrado de Lince y San Isidro 2
Gastón Alejandro Adrianzen García Lunes 8am
- 1pm Juzgados y Salas Comerciales 3
Elsa Zamira Romero Méndez Martes 8am
- 1pm Juzgados de Paz Letrado de Surco y San Borja 4
Carlos Charapaqui Poma Martes 8am
- 1pm Juzgados y Sala de Ate Vitarte 5
Alberto Eleodoro González Herrera Martes Sede
'Las Flores'
8am
- 1pm Juzgados y Sala de San Juan de Lurigancho)
7
Yanina Solano Jaime Miércoles Sede
'Las Flores'
8am
- 1pm 6
Elizabeth Lourdes Minaya Huayaney Miércoles 8am
- 1pm Juzgados de Paz Letrado de Chorrillos 8
Guillermo Vicente Solano Chumpitaz Jueves Av.

Aviación N° 2844
San Borja 8am
- 1pm Juzgados Transitorios Laborales Segundo.- ENCARGAR a la Juez Superior Jefa de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial, efectúe las coordinaciones que resulten necesarias para garantizar la eficiencia del presente programa, debiendo informar a la Jefatura de la ODECMA de Lima en forma mensual respecto de desarrollo de dicho programa, coordinando con la Jefatura de la Unidad de Investigaciones y Visitas a fin de desplegar acciones que no afecten el programa de visitas judiciales que lleva adelante dicha Unidad Desconcentrada.

Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Jefatura Suprema de la Oficina de Control de la Magistratura, Presidencia del Consejo Ejecutivo Distrital, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Unidades Desconcentradas y Magistrados de la ODECMA; oficiándose para su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Publíquese, regístrese, comuníquese y cúmplase.

JORGE ANTONIO PLASENCIA CRUZ
Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA

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