5/07/2013

Resolución de Alcaldía 123-2013-AL/MDP Conforman Equipo Técnico para el Proceso del Presupuesto Participativo

Conforman Equipo Técnico para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 123-2013-AL/MDP Pucusana, 17 de abril del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA VISTO: La Ordenanza Municipal N° 127-2013-MDP, que apertura el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014, en su Artículo Segundo'Autorizar al Alcalde, la emisión de los documentos
Conforman Equipo Técnico para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 123-2013-AL/MDP


Pucusana, 17 de abril del 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PUCUSANA
VISTO:

La Ordenanza Municipal N° 127-2013-MDP, que apertura el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014, en su Artículo Segundo'Autorizar al Alcalde, la emisión de los documentos complementarios a la presente Ordenanza Municipal, para la implementación y desarrollo del proceso, de conformidad con el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades'; el Informe N° 22-2013-OPP/MDP, de fecha 11 de Abril del 2013, que propone el Proyecto de Resolución de Alcaldía para la Conformación del Equipo Técnico responsable de conducir, desarrollar y consolidar el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014; y el Informe N° 411-2013-OAJ/GM/MDP de la Oficina de Asesoría Jurídica, de fecha 12 de Abril del 2013, que emite opinión favorable para la Conformación del Equipo Técnico.

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 197° y 199° de la Constitución Política de Perú, modificada mediante Ley N° 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la Participación Vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad conforme a ley;

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 27680 – Ley de Reforma Constitucional, y el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las municipalidades provinciales y distritales, son organos de gobierno local, que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; y que esta autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 20° de la Ley N° 27783 – Ley de Bases de Descentralización, dispone que los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados;

Que, los artículos 53°, 104° y 112° de la Ley N° 27972
– Ley Orgánica de Municipalidades, señalan 'Que las municipalidades se rigen por sus presupuestos participativos anuales como instrumento de administración y de gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados', 'Que la funcion del Consejo de Coordinación Local Distrital es coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo' y 'Los Gobiernos Locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión', respectivamente;

Que, de conformidad a la Ley N° 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, define al proceso del presupuesto participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;
especificando las acciones del proceso del presupuesto participativo mediante la Ley N° 29298, que modifica los artículos 4°, 5°, 6° y 7° de la mencionada Ley;

Que, de conformidad a la Ley N° 29298, en su Segunda Disposición, y al Decreto Supremo N° 097–2009–EF, se establecen los criterios de alcance y montos de ejecución que permitan delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Locales en sus respectivos presupuestos participativos;

Que, de conformidad al Decreto Supremo N° 142-2009-EF, que reglamenta la Ley N° 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, y el Decreto Supremo N° 131-2010-EF, que modifica el artículo 6° de la mencionada Ley, se precisan los lineamientos que permitan regular la participación de la sociedad civil en el proceso de presupuesto participativo;

Que, la Ley N° 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77° y 78° de la Constitución Política del Perú;

Que, mediante Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, se aprueba el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01,
'Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados' como instrumento orientador a fin de que los Gobiernos Regionales y Locales desarrollen articuladamente los procesos de planeamiento de desarrollo concertado y presupuesto participativo. Dicho proceso debe estar orientado a resultados con la finalidad de que los proyectos de inversión esten claramente articulados a productos y resultados específicos que la población necesite, particularmente de aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo local, evitando de este modo ineficiencias en la asignación de los recursos, es decir, que las intervenciones del Estado se constituyan en soluciones a problemas fundamentales de la población en el ámbito jurisdiccional;

Que, mediante Acuerdo del Concejo N° 022-13/MDP, de fecha 17 de Abril del 2013, se aprueba el Proyecto de Ordenanza Municipal que apertura el Proceso del Presupuesto Partcipativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014, en el distrito de Pucusana;

Que, el Artículo Primero de la Ordenanza Municipal N° 127-2013-MDP , de fecha 17 de Abril del 2013, que apertura el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014, dispone en su Artículo Segundo
'AUTORIZAR al Alcalde, la presentación y aprobación de los documentos complementarios a la presente Ordenanza Municipal, para el desarrollo del proceso participativo, mediante Decreto de Alcaldía y Resolución de Alcaldía, de conformidad con el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante Informe N° 22-2013-OPP/MDP, de fecha 11 de abril, se presenta el Proyecto de Resolución de Alcaldía para la Conformación del Equipo Técnico responsable de conducir, desarrollar y consolidar el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014;

Que, mediante Informe N° 411-2013-OAJ/MDP, de fecha 12 de Abril del 2013, previa revisión y consulta con respecto al Informe N° 22-2013-OPP/MDP que adjunta el Proyecto de Resolución de Alcaldía para la Conformación del Equipo Técnico responsable de conducir, desarrollar y consolidar el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014, este emite opinión favorable para su aprobación;

En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) Artículo 20° de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades,
RESUELVE:

Artículo Primero.- CONFORMAR el Equipo Técnico para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014, el mismo que está integrado por los siguientes Funcionarios:
- Funcionario de la Oficina de Planificación y Presupuesto: Presidente.
- Funcionario de la Dirección de Desarrollo Urbano
: Miembro.
- Funcionario de la Dirección de Desarrollo Económico y Social: Miembro.
- Funcionario de Gestión Ambiental y Servicio Público:

Miembro.
- Funcionario de la Oficina de Administración Tributaria:

Miembro.
- Funcionario de la Asesoría Jurídica: Miembro.

Artículo Segundo.- ESTABLECER como funciones del Equipo Técnico, las siguientes:
- Brindar apoyo para la organización y desarrollo del proceso.
- Preparar y presentar la información para la Audiencia de Rendición de Cuentas del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2013.
- Facilitar la información para el desarrollo de los Talleres de Trabajo.
- Facilitar el ordenamiento de los proyectos propuestos priorizados, de acuerdo a los criterios de priorización.
- Realizar la evaluación técnica de cada uno de los proyectos propuestos en los Talleres de Trabajo.
- Preparar y presentar la Lista de Proyectos que aprobaron la evaluación técnica.
- Preparar la propuesta de Acta de Formalización de Acuerdos y Compromisos.
- Resolver los aspectos no previstos durante el proceso participativo en concertación con los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital.
- Preparar y presentar el Documento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014.

Artículo Tercero.- ESTABLECER como funciones adicionales a la Oficina de Planificación y Presupuesto a su cargo, las siguientes:
- Preparar y proponer el Plan General de Trabajo, l Metodología y el Cronograma, articulado al Plan de Desarrollo Concertado.
- Preparar y proponer la proyección de montos para la asignación de recursos (techo presupuestal) a nivel distrital, para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014.
- Coordinar con los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital e instituciones públicas y privadas, el proceso de actualización del Plan de Desarrollo Concertado.
- Preparar y proponer el Presupuesto Institucional de Apertura, incorporando los Proyectos de Inversión Pública, establecidos en el Acta de Formalización de Acuerdos y Compromisos del proceso en curso.
- Monitorear y revisar las propuestas priorizadas por el Equipo Técnico y la evaluación de los perfiles y proyectos.
- Convocar, difundir y registrar a los representantes de las organizaciones de la sociedad civil de base territorial y temática, como Agentes Participantes en el respectivo Libro de Registro.
- Convocar a los Talleres de Trabajo a los Agentes Participantes del proceso.
- Llevar el Registro de Actas y otros documentos propios del proceso.

Artículo Cuarto.- ESTABLECER como funciones adicionales a la Dirección de Desarrollo Urbano, las siguientes:
- Facilitar y apoyar tecnicamente en los Talleres de Trabajo, con las unidades orgánicas a su cargo.
- Revisar las propuestas priorizadas del Eje de Desarrollo Urbano.
- Formular los Perfiles de Proyectos del Eje de Desarrollo Urbano.
- Programar la formulación de Estudios y Perfiles de Proyectos del Eje de Desarrollo Urbano.
- Programar la ejecución de los Proyectos priorizados del eje de Desarrollo Urbano.

Artículo Quinto.- ESTABLECER como funciones adicionales a la Dirección de Desarrollo Económico y Social, las siguientes:
- Facilitar y apoyar técnicamente en los Talleres de Trabajo, con las unidades orgánicas a su cargo.
- Revisar las propuestas priorizadas del Eje de Desarrollo Económico y Social.
- Formular los Per?les de Proyectos del Eje de Desarrollo Económico y Social.
- Programar la formulación de Estudios y Perfiles de Proyectos del Eje de Desarrollo Económico y Social .
- Programar la ejecución de los Proyectos priorizados del Eje de Desarrollo Económico y Social.

Artículo Sexto.- ESTABLECER como funciones adicionales a la Dirección de Gestión Ambiental y Servicio Público, las siguientes:
- Facilitar y apoyar tecnicamente en los Talleres de Trabajo, con las unidades orgánicas a su cargo.
- Revisar las propuestas priorizadas del Eje de Desarrollo Ambiental.
- Formular los Perfiles de Proyectos del Eje de Desarrollo Ambiental.
- Programar la formulación de Estudios y Perfiles de Proyectos del Eje de Desarrollo Ambiental.
- Programar la ejecución de los Proyectos priorizados del Eje de Desarrollo Ambiental.

Artículo Séptimo.- ESTABLECER como funciones adicionales a la Oficina de Administración Tributaria, las siguientes:
- Preparar y presentar información estadística en materia de recaudación tributaria por conceptos de servicios públicos locales y prediales en la jurisdicción.
- Facilitar y apoyar técnicamente en los Talleres de Trabajo.

Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Oficina Gerencia de Planificación y Presupuesto y al Equipo Técnico, la incorporación a título de invitados a los representantes de instituciones públicas y privadas y personas especialistas en la materia, para el apoyo y asistencia técnica para el mejor desarrollo de las actividades del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014.

Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Oficina de Administración, la atención prioritaria a los requerimientos logísticos, materiales y humanos que solicite el Equipo Técnico para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014.

Artículo Décimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Planificación y Presupuesto y al Equipo Técnico, el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía, bajo responsabilidad funcional.

Artículo Décimo Primero.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones internas que se opongan a la presente Resolución de Alcaldía.

Artículo Décimo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General y a la Unidad de informática, su publicación y difusión de la presente Resolucion de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana.

Articulo Décimo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General, la publicación, distribución y notificación de la presente Resolucion de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y/o medios de comunicación local de la jurisdicción.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

PEDRO PABLO FLORIAN HUARI
Alcalde

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