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Resolución de Consejo Directivo 060-2013-CD/OSIPTEL Amplían plazo para la presentación de comentarios al Proyecto de Modificación
5/10/2013
Resolución de Consejo Directivo 060-2013-CD/OSIPTEL Amplían plazo para la presentación de comentarios al Proyecto de Modificación
Amplían plazo para la presentación de comentarios al Proyecto de Modificación del Reglamento General de Tarifas ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 060-2013-CD/OSIPTEL Lima, 09 de mayo de 2013 MATERIA : Ampliación de plazo para comentarios al Proyec-to de Modificación del Reglamento General de Tarifas VISTOS: (i) Las solicitudes presentadas por diversos interesados, para que se amplíe el plazo para presentar comentarios
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 060-2013-CD/OSIPTEL
Lima, 09 de mayo de 2013
MATERIA :
Ampliación de plazo para comentarios al Proyec-to de Modificación del Reglamento General de Tarifas VISTOS:
(i) Las solicitudes presentadas por diversos interesados, para que se amplíe el plazo para presentar comentarios al Proyecto de Modificación del Reglamento General de T arifas, que fue publicado mediante Resolución N° 042-2013-CD/OSIPTEL;
(ii) El Informe N° 348-GPRC/2013 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, presentado por la Gerencia General, mediante el cual se recomienda la ampliación del plazo referido en el numeral anterior; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 044-2013-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 09 de abril de 2013, se sometió a consulta pública el Proyecto de Modificación del Reglamento General de Tarifas; y conforme a lo dispuesto, se efectuó la publicación del Proyecto Normativo, así como su Exposición de Motivos y el correspondiente Informe Sustentatorio en la página web institucional del OSIPTEL;
Que, en el Artículo 2° de la citada resolución se definió un plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación, para que los interesados puedan remitir por escrito sus comentarios respecto del referido Proyecto Normativo, plazo que vence el 09 de mayo de 2013 ;
Que, el 30 de abril de 2013, las empresas concesionarias América Móvil Perú SAC (carta DMR/CE-FM/N°531/13),
Telefónica del Perú SAA. (carta DR-107-C-597/CM-13),
Telefónica Móviles SA (carta TM-925-A-128-2013) y Telefónica Multimedia SAC (carta DR-107-C-598/CM-13), han presentado sendas solicitudes de ampliación del referido plazo de comentarios, alegando que, dada la complejidad y trascendencia de las modificaciones normativas planteadas en dicho Proyecto, la simultaneidad de diferentes proyectos normativos que el OSIPTEL ha publicado para comentarios, así como la necesidad de efectuar coordinaciones al interior de cada empresa, se requeriría de un plazo adicional de treinta (30) días calendario para asegurar el adecuado análisis y elaboración de comentarios al referido Proyecto Normativo;
Que, por otro lado, la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional (AFIN), mediante su carta N°064-2013 de fecha 02 de mayo de 2013, solicita también que se amplíe el referido plazo de comentarios en treinta (30) días calendario, de tal forma que se permita un mayor análisis de este importante proyecto;
Que, al respecto, debe resaltarse que este organismo ha valorado oportunamente la especial complejidad y trascendencia del Proyecto de Modificación del Reglamento General de Tarifas, por lo que consideró pertinente que en este caso se defina un plazo equivalente al doble del plazo mínimo exigible para la consulta pública de Proyectos Normativos, según lo previsto en el Artículo 27° del Reglamento General del OSIPTEL aprobado por Decreto Supremo N° 008-2001-PCM;
Que, no obstante, conforme a la política de transparencia con que actúa este organismo, y atendiendo parcialmente a las razones alegadas por los interesados, se considera razonable ampliar en veinte (20) días calendario el plazo para la presentación de comentarios al Proyecto de Modificación del Reglamento General de Tarifas, publicado mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 044-2013-CD/OSIPTEL;
En aplicación de las funciones señaladas en el inciso b) del Artículo 75° del Reglamento General de OSIPTEL, y estando a lo acordado en la Sesión N° 499;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Ampliar en veinte (20) días calendario, el plazo definido en el Artículo 2° de la Resolución de Consejo Directivo N° 044-2013-CD/OSIPTEL, para la presentación de comentarios al Proyecto de Modificación del Reglamento General de T arifas; de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Artículo 2°.- Disponer que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la página web institucional del OSIPTEL.
Regístrese y publíquese.
GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ
Presidente del Consejo Directivo
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