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Superintendencia del Mercado de Valores
Resolución de Intendencia General Smv 038-2013-SMV/11.1 Disponen inscripción de valores denominados 'Tercera Emisión de Certificados
5/01/2013
Resolución de Intendencia General Smv 038-2013-SMV/11.1 Disponen inscripción de valores denominados 'Tercera Emisión de Certificados
Disponen inscripción de valores denominados 'Tercera Emisión de Certificados de Depósito Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo SA' en el Registro Público del Mercado de Valores SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV N° 038-2013-SMV/11.1 Lima, 24 de abril de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE CONDUCTAS VISTOS: El Expediente N° 2013014037, así como el Informe Interno N° 417-2013-SMV/11.1 del 24 de abril de 2013,
SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV N° 038-2013-SMV/11.1
Lima, 24 de abril de 2013
EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE
CONDUCTAS
VISTOS:
El Expediente N° 2013014037, así como el Informe Interno N° 417-2013-SMV/11.1 del 24 de abril de 2013, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados;
CONSIDERANDO:
Que, el 17 de abril de 2013, Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo SA solicitó la inscripción de los valores denominados 'Tercera Emisión de Certificados de Depósito Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo SA', por un monto máximo en circulación de S/.
20`000,000.00 (Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles), y el registro del correspondiente Prospecto Marco Complementario en el Registro Público del Mercado de Valores;
Que, de la revisión de la documentación e información presentada como sustento de la solicitud a la que se refiere el considerando precedente, se ha verificado que por Acuerdo de Directorio N° 417-2010 del 13 de diciembre de 2010 se aprobó el 'Primer Programa de Bonos Corporativos y Certificados de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo SA', hasta por un monto de S/. 150`000,000.00 (Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles).
Que, asimismo, mediante Acuerdo de Directorio N° 149-2012 del 14 de junio de 2012 se delegaron facultades a los gerentes para que autoricen la emisión de valores y suscriban sin restricciones los contratos, adendas, correspondencia y documentos en general, públicos y privados que resulten necesarios para la celebración y ejecución de la estructuración del programa anteriormente señalado;
Que, el programa antes indicado cuenta con la aprobación previa de la Superintendencia de Banca,
Seguros y AFP, puesto que mediante Resolución SBS N° 8028-2011 de fecha 13 de junio de 2011 opinó favorablemente para la emisión del 'Primer Programa de Bonos Corporativos y Certificados de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo SA' hasta por un monto máximo en circulación de S/. 45´000,000.00 (Cuarenta y cinco Millones y 00/100
Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América, sin garantía de cartera crediticia;
Que, el 13 de abril de 2012, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Conductas N° 034-2012-SMV/11.1 se aprobó el trámite anticipado, se inscribió el 'Primer Programa de Bonos Corporativos y Certificados de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo SA' hasta por un monto máximo en circulación de S/. 45 000 000.00 (Cuarenta y Cinco Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América, y se dispuso el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores;
Que, de la evaluación de la documentación presentada, se ha determinado que Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo SA ha cumplido con presentar la información requerida por la Ley del Mercado de Valores,
Decreto Legislativo N° 861 y sus normas modificatorias, y el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV N° 141-1998-EF/94.10, y sus normas complementarias;
Que, el artículo 2°, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobadas por Resolución N° 073-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusión de éstos del Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y,
Estando a lo dispuesto por los artículos 53° y siguientes de la Ley del Mercado de Valores y sus normas modificatorias, así como a lo establecido por el artículo 46°, numerales 4 y 6, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a resolver las solicitudes formuladas por los administrados vinculadas a las ofertas públicas primarias, así como evaluar y/o resolver todo trámite vinculado a dichas ofertas y disponer la inscripción de valores en el Registro Público del Mercado de Valores.
RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la inscripción de los valores denominados 'Tercera Emisión de Certificados de Depósito Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo SA' correspondiente al 'Primer Programa de Bonos Corporativos y Certificados de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo SA', hasta por un monto máximo en circulación de S/. 20’000,000.00 (Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles), y el registro del correspondiente complemento del prospecto marco en el Registro Público del Mercado de Valores.
Artículo 2°.- Disponer la inscripción de los valores a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima.
Artículo 3°.- La oferta pública de los valores a cuya inscripción se contrae la presente Resolución, deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto por el artículo 25° y, de ser el caso, por el artículo 29° del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a la Superintendencia del Mercado de Valores la documentación e información a que se refieren los artículos 23° y 24° del mencionado Reglamento.
La colocación de dichos valores se podrá efectuar en un plazo que no excederá de nueve (9) meses, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores, siempre y cuando los plazos del programa y del trámite anticipado no hayan culminado. El plazo de colocación, a petición de parte, es prorrogable hasta por un período igual. Para tales efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación.
Artículo 4°.- La inscripción y el registro a los que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución no implican que la Superintendencia del Mercado de Valores recomiende la inversión en tales valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio.
Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores.
Artículo 5°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).
Artículo 6°.- Transcribir la presente Resolución a Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo SA; en su calidad de emisor; al Banco Internacional del Perú SAA.
– Interbank, en su calidad de entidad estructuradora; a Inteligo Sociedad Agente de Bolsa SA, en su calidad de agente colocador; a CAVALI SA ICLV, y a la Bolsa de Valores de Lima SA
Regístrese, comuníquese y publíquese,
ALIX GODOS
Intendente General Intendencia General de Supervisión de Conductas
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