5/19/2013

Resolución de Intendencia General Smv 040-2013-SMV/11.1 Disponen la inscripción de las acciones representativas del capital social

Disponen la inscripción de las acciones representativas del capital social de Rigel Perú SA Compañía de Seguros de Vida, en el Registro Público del Mercado de Valores SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV N° 040-2013-SMV/11.1 Lima, 29 de abril de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE CONDUCTAS VISTOS: El Expediente N° 2013012828, así como el Informe Interno N° 423-2013-SMV/11.1, del 24 de abril de 2013, de la Intendencia General de Supervisión
Disponen la inscripción de las acciones representativas del capital social de Rigel Perú SA Compañía de Seguros de Vida, en el Registro Público del Mercado de Valores

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV N° 040-2013-SMV/11.1


Lima, 29 de abril de 2013
EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE
CONDUCTAS
VISTOS:

El Expediente N° 2013012828, así como el Informe Interno N° 423-2013-SMV/11.1, del 24 de abril de 2013, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados;

CONSIDERANDO:

Que, al amparo del artículo 21° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros – Ley N° 26702 y mediante Resolución SBS N° 1749-2013 del 08 de marzo de 2013, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones autorizó la organización de RIGEL PERÚ SA Compañía de Seguros de Vida (en adelante, RIGEL) como empresa de seguros y aprobó la minuta de constitución así como el estatuto social presentado por los organizadores de la referida empresa;

Que, asimismo, en observancia del artículo 29° de la precitada Ley, las acciones representativas del capital social de RIGEL deben estar inscritas en una Bolsa de Valores de manera previa al inicio de operaciones con el público;

Que, en ese marco, con fecha 10 de abril de 2013,
RIGEL solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, a través del sistema de Ventanilla Única, la inscripción de las acciones representativas de su capital social en el Registro Público del Mercado de Valores de la SMV y en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima;

Que, en observancia del artículo 7°, numeral 7.3, del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución N° 031-2012-SMV/01 y sus normas modificatorias, la Bolsa de Valores de Lima, mediante carta N° GL-T-173/2013 del 12 de abril del 2013, remitió a la SMV las conclusiones de su evaluación a la documentación e información presentada para efectos del trámite;

Que, de la revisión de dicha documentación e información, se ha verificado que en la Junta General de Accionistas de RIGEL de fecha 26 de febrero de 2012 se acordó por unanimidad aprobar la inscripción de las acciones representativas del capital social de dicha compañía en el Registro Público del Mercado de Valores de la SMV y en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima;

Que, asimismo, se ha verificado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 8° del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa;

Que, el artículo 2°, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores aprobadas por Resolución N° 073-2004-EF-94.10 establecen que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios que pueden ser objeto de oferta pública primaria y secundaria, en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y,
Estando a lo dispuesto por los artículos 17° y siguientes de la Ley del Mercado de Valores; el artículo 8° del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa; así como el artículo 46°, numerales 6) y 7) del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a disponer la inscripción de valores mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores.

RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la inscripción de las acciones representativas del capital social de RIGEL PERÚ SA Compañía de Seguros de Vida, en el Registro Público del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores.

Artículo 2°.- Disponer la inscripción de los valores señalados en el artículo anterior en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima.

Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

Artículo 4°.- Transcribir la presente Resolución a RIGEL PERÚ SA Compañía de Seguros de Vida, en su calidad de Emisor; a la Bolsa de Valores de Lima SA, y a CAVALI SA ICLV.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALIX GODOS
Intendente General Intendencia General de Supervisión de Conductas

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