5/01/2013

Resolución de Presidencia de Consejo Superior 038-2013-SINEACE/P CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION ACREDITACION Y CERTIFICACION

CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA Delegan a la Secretaria Técnica y al Jefe de la Oficina de Administración del SINEACE diversas facultades y atribuciones durante el año fiscal AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO SUPERIOR N° 038-2013-SINEACE/P Lima, 23 de abril de 2013 2013. CONSIDERANDO: Que, el numeral 40.2 del artículo 40° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional
CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA Delegan a la Secretaria Técnica y al Jefe de la Oficina de Administración del SINEACE diversas facultades y atribuciones durante el año fiscal

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO SUPERIOR N° 038-2013-SINEACE/P


Lima, 23 de abril de 2013
2013.
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 40.2 del artículo 40° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público, prevé las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, aprobadas mediante Resolución del Titular a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad mediante disposición expresa, que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, establecen las disposiciones y lineamientos que deben observar las entidades indicadas en el artículo 3° de la citada Ley, a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras; y conforme a lo dispuesto en el artículo 5° de dicha Ley, el Titular puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la Ley de Contrataciones del Estado;

Que, el artículo 15° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, establece que el órgano encargado de los contratos administrativos de servicios es la Oficina de Recursos Humanos de cada entidad o la que haga sus veces;

Que, tomando en cuenta las disposiciones mencionadas precedentemente y con la finalidad de desconcentrar las facultades y agilizar la marcha administrativa del SINEACE, resulta conveniente delegar aquellas facultades que permitan emitir e implementar los actos o actuaciones que de acuerdo a la normativa, no sean privativas de la Titular de la entidad;

De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740 'Ley del Sistema de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa' y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018 -2007-ED; Ley N° 28411, 'Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto'; Ley de Contrataciones del Estado', aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF; Decreto Legislativo N° 1057 'Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios' y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; y Resolución Ministerial N° 0500-2012-ED.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Delegar en la Secretaria Técnica del SINEACE durante el año fiscal 2013, las siguientes facultades y atribuciones:

En materia presupuestaria:

Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático de la Unidad Ejecutora N° 001 del Pliego N° 117 – SINEACE.

En materia de Contrataciones del Estado:
- Aprobar las modificaciones del Plan Anual de Contrataciones – PAC, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013, así como la aprobación de normas internas que se requieran para la adecuada implementación de las contrataciones que se realicen en el SINEACE.
- Suscribir las comunicaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de selección que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE.
- Resolver los recursos impugnativos interpuestos por los postores en el desarrollo de los procesos de selección convocados por el SINEACE.

Artículo 2°.- Delegar en el Jefe de la Oficina de Administración del SINEACE durante el año fiscal 2013, las siguientes facultades y atribuciones:

En materia de Contrataciones del Estado, Recursos Humanos y Reconocimiento de Adeudos:
- Designar los Comités Especiales y Comités Especiales Permanentes encargados de llevar a cabo los procesos de selección de Contrataciones del Estado, así como modificar la conformación de los mismos.
- Suscribir, modificar y resolver los contratos relativos a la contratación de adquisición de bienes, servicios y consultorías.
- Suscribir, modificar y resolver contratos complementarios.
- Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales así como las reducciones para bienes y servicios.
- Aprobar el proceso de estandarización de bienes y servicios.
- Aprobar las ampliaciones de plazo de las contrataciones de bienes y servicios.
- Cancelar procesos de selección.
- Aprobar los Expedientes de Contratación y las Bases de los Procesos de Selección a ser convocados por el SINEACE.
- Suscribir contratos de Administración de Servicios CAS
- Suscribir las Resoluciones de autorización de encargos otorgados al personal del SINEACE y de los
Órganos Operadores.
- Suscribir las Resoluciones por mayor gasto en viáticos y pasajes derivados de comisiones de servicio.

Regístrese, publíquese y comuníquese.

PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta SINEACE

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