5/01/2013

Resolución de Presidencia del Consejo Superior 040-2013-SINEACE/P Oficializan prórroga de la vigencia del Diploma de Evaluador de Competencias

Oficializan prórroga de la vigencia del Diploma de Evaluador de Competencias de profesionales médicos comprendidos en la Res N° 040-2009-SINEACE/P AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR N° 040-2013-SINEACE/P Lima, 24 de abril de 2013 VISTO: El Oficio N° 0154-2013-MINEDU/COSUSINEACE-CONEAU del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU de fecha 01 de abril del 2013. CONSIDERANDO: Que,
Oficializan prórroga de la vigencia del Diploma de Evaluador de Competencias de profesionales médicos comprendidos en la Res N° 040-2009-SINEACE/P

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR N° 040-2013-SINEACE/P


Lima, 24 de abril de 2013
VISTO:

El Oficio N° 0154-2013-MINEDU/COSUSINEACE-CONEAU del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU de fecha 01 de abril del 2013.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 28740, se crea el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, el mismo que tiene por finalidad garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, recomendando para ello, recomienda acciones destinadas a superar debilidades y carencias identificadas en los resultados de las auto-evaluaciones y evaluaciones externas, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral;

Que, de acuerdo al literal b. del artículo 6° de la Ley N° 28740, el SINEACE tiene como función, proponer políticas, programas y estrategias para el mejoramiento de la calidad educativa y el buen funcionamiento de los órganos operadores, siendo función del Ente Rector, formular políticas para el funcionamiento del SINEACE y la articulación de los órganos operadores, conforme se establece en el artículo 9° de la acotada norma;

Que, de acuerdo al literal a) del artículo 58° del Reglamento de la Ley N° 28740, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2007-ED, entre las funciones del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – CONEAU, se encuentra la de aprobar las normas que regulan la autorización y funcionamiento de las entidades evaluadoras con fines de acreditación, y de las entidades certificadoras;

Que, mediante Resolución N° 040-2009-SINEACE/P, de fecha 20 de noviembre del 2009, se dispuso la expedición del correspondiente Diploma que acreditó como Evaluadores de Competencias Profesionales a cincuenta y un (51) profesionales que aprobaron satisfactoriamente el Curso de Especialización en Evaluación de Competencias Profesionales co-organizado con el Colegio Médico del Perú, teniendo como vigencia dichos Diplomas hasta el mes de octubre del 2012;

Que, en Sesión Ordinaria del 11 de marzo del 2013, el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – CONEAU, mediante Acuerdo N° 174-2013-CONEAU, acordó aprobar la solicitud de otorgar por única vez y hasta el mes de setiembre del 2013, la prórroga de la vigencia del diploma de Evaluador de Competencias de los profesionales médicos comprendidos en los alcances Resolución N° 040-2009-SINEACE/P y cuyas certificaciones vencieron en octubre del 2012;

Que, en Sesión Ordinaria N°049 del 08 de abril de 2013, el Consejo Superior del SINEACE, mediante Acuerdo N° 194-2013-SINEACE, acordó formalizar a través de Resolución la aprobación de la prórroga de la vigencia del Diploma de Evaluador de Competencias de los profesionales médicos antes referidos, contenida en el Acuerdo N° 174-2013-CONEAU;

De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740 'Ley del Sistema de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa' y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018 -2007-ED y la Resolución Ministerial N° 0500-2012-ED.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Oficializar la prórroga de la vigencia del Diploma de Evaluador de Competencias de los profesionales médicos comprendidos en la Resolución N° 040-2009-SINEACE/P y cuya relación se detalla en anexo adjunto, precisándose que la referida prórroga es otorgada por única vez y hasta el 30 de setiembre del 2013.

Artículo 2°.- Disponer la anotación de la prórroga antes referida, en el Registro de Especialistas en Evaluación de Competencias Profesionales del Consejo de Evaluación,
Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – CONEAU.

Artículo 3°.- El Sistema Nacional de Evaluación,
Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa publicará la presente Resolución en su portal institucional http://www.sineace.gob.pe/. Asimismo lo hará el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria en su página Web http://www.coneau.gob.pe/.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta SINEACE

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