5/24/2013

Resolución de Presidencia Ejecutiva 109-2013-02.00 Aceptan renuncia y designan Asesora Legal del SENCICO<!--id=s108y10920130200-->

Aceptan renuncia y designan Asesora Legal del SENCICO SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 109-2013-02.00 Lima, 17 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 147 se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, considerando a esta entidad, Institución Pública Descentralizada del Ministerio
Aceptan renuncia y designan Asesora Legal del SENCICO

SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 109-2013-02.00


Lima, 17 de mayo de 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 147 se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, considerando a esta entidad,
Institución Pública Descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con autonomía técnica, administrativa y económica, encargada de la formación, capacitación integral, calificación y certificación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos los niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fines;

Que, se encuentra vacante la plaza de Asesor Legal del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, cargo considerado de confianza del órgano de la Gerencia General, nivel D2;

Que, resulta necesario designar al titular del cargo de Asesor Legal;

Que, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, establece en su artículo 3° que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el Artículo 1° de tal Ley se, efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de Entidad correspondiente;

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del artículo 29° del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, es atribución del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, entre otras, la de designar, ratificar o remover al personal de confianza que específicamente lo califique en tal calidad el Reglamento de Organización y Funciones, así como fijar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a las que se sujeta el personal de la Institución y la disponibilidad presupuestal;

Que, de igual forma el literal a) del acotado artículo 29° establece como otra facultad del Consejo Directivo Nacional, la de delegar en la Presidencia Ejecutiva,
Órgano, Funcionario o Empleado que se designe, las atribuciones que a su juicio considere conveniente;

Que, mediante Acuerdo N° 1056-02 adoptado en la Sesión, de fecha 29 de agosto de 2012, el Consejo Directivo Nacional autorizó la prórroga por el plazo de un año computado desde el 22.09.2012 del Acuerdo N° 1037-05 de fecha 21 de setiembre de 2011, por el cual se delegó al Presidente Ejecutivo del SENCICO, la facultad prevista en el inciso d) del artículo 29° del Estatuto antes acotado;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, el Decreto Legislativo N° 147 Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO y los literales c), y j) del artículo 33° del Estatuto de SENCICO, aprobado por Decreto Supremos N° 032-2001-MTC, modificado por Decreto Supremo N° 004-2006-VIVIENDA;

Con las visaciones del Jefe del Departamento de Recursos Humanos (e), del Gerente de la Oficina de Administración y Finanzas, de la Gerente de Planificación y Presupuesto, de la Asesora Legal, del Jefe de la Oficina de Secretaría General (e), y del Gerente General;

SE RESUELVE:

Artículo Único: Designar a partir del 20 de mayo de 2013, a la abogada Dora Nélida Aliaga Gárate en el cargo de confianza de Asesora Legal del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción
– SENCICO, nivel D-2.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS MIGUEL IMAÑA RAMÍREZ ALZAMORA
Presidente Ejecutivo

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