5/07/2013

Resolución de Secretaría de Descentralización 019-2013-PCM/SD 64 de la Ley 27867, en materia de Artesanía

64 de la Ley N° 27867, en materia de Artesanía PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 019-2013-PCM/SD Lima, 27 de marzo de 2013 Acreditan a la Municipalidad Metropolitana de Lima para la transferencia de funciones del Art. VISTOS: El Informe N° 001-2013-PCM/SD-ALM y el Informe de Concordancia N° 001-2013-PCM/SD-OTME, elaborado según lo dispuesto en la Directiva N° 007-2007-PCM/SD que dicta normas para la ejecución de la transferencia de funciones
64 de la Ley N° 27867, en materia de Artesanía

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 019-2013-PCM/SD


Lima, 27 de marzo de 2013
Acreditan a la Municipalidad Metropolitana de Lima para la transferencia de funciones del Art.
VISTOS:

El Informe N° 001-2013-PCM/SD-ALM y el Informe de Concordancia N° 001-2013-PCM/SD-OTME, elaborado según lo dispuesto en la Directiva N° 007-2007-PCM/SD que dicta normas para la ejecución de la transferencia de funciones sectoriales al Régimen Especial de Lima Metropolitana, comprendidas en los planes anuales de transferencia.

CONSIDERANDO:

Que, según lo dispuesto por el Art. 33° de la Ley N° 27783,
Ley de Bases de Descentralización; el Art. 65° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y, el Art.
151° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, sobre el Régimen Especial de Lima Metropolitana, en el ámbito de la provincia de Lima las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima;

Que, mediante Decretos Supremos N° 038-2004-PCM,
N° 052-2005-PCM, N° 021-2006-PCM y N° 076-2006-PCM se aprobaron los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2004, 2005 y 2006, los cuales incluyeron las funciones del Art. 64° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Artesanía;

Que, por Resolución Presidencial N° 006-CND-P-2006 emitida por el Consejo Nacional de Descentralización, se constituyó la Comisión Bipartita de Transferencia para el Régimen Especial de Lima Metropolitana, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

Que, la Comisión Bipartita de Transferencia se instaló el 31 de mayo de 2007, al amparo de lo dispuesto en el Art. 69° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de la Resolución Ministerial N° 138-2007-PCM modificada por Resolución Ministerial N° 001-2013-PCM y de la Resolución de Alcaldía N° 760-2007 modificadas por Resolución de Alcaldía N° 163-2011, Resolución de Alcaldía N° 455-2011 y Resolución de Alcaldía N° 073-2012; con el objeto de realizar las transferencias de funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima;

Que, la Directiva N° 007-2007-PCM/SD 'Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia', aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 032-2007-PCM/SD y modificada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 399-2011-PCM/SD, establece que la transferencia de funciones se ejecutará de acuerdo al Plan de Acción que cada sector deberá formular en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), el que será aprobado por la Comisión Bipartita de Transferencia;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 022-2008-PCM/SD, se aprobó el Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima y se consideró, en el Grupo I de Transferencia, las funciones específicas en materia de Artesanía;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 046-2007-PCM/SD, se aprobaron los Requisitos Específicos Mínimos propuestos por los Sectores, para su aplicación en la etapa de certificación de las funciones específicas sectoriales a ser transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima, comprendidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007; dentro de las cuales se encuentra el Art. 64° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

Que, el Informe de Concordancia N° 001-2013-PCM/SD-OTME concluye que la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra apta para que le sean acreditadas las funciones del Art. 64° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Artesanía;

Que, mediante Decreto Supremo N° 103-2011-PCM se establecieron medidas para continuar las transferencias pendientes de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos a los Gobiernos Regionales y Locales, programados hasta el año 2010;

De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización;

Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, y Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 103-2011-PCM que establece medidas para continuar las transferencias pendientes, programadas hasta el año 2010 hasta su formalización, y en uso de las atribuciones contenidas en el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Acreditación de las funciones del Art.
64° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Artesanía, a la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Certificar que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Municipalidad Metropolitana de Lima, han presentado sus respectivos informes situacionales de aptitud y cumplimiento de requisitos específicos para la transferencia de las funciones del Art. 64° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Artesanía; declarando, en ambos casos, que la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra apta para la transferencia de dichas funciones, lo que ha sido verificado por el Informe de Concordancia N° 001-2013-PCM/SD-OTME elaborado por la Secretaría de Descentralización de acuerdo a lo establecido en la Directiva N° 007-2007-PCM/SD aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 032-2007-PCM/SD; y, en tal razón, se le acredita para la transferencia de las funciones a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k) y l) del Art. 64° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Artículo 2.- Notificación de la Acreditación Notificar la presente Resolución al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, así como a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la cual ha sido acreditada para la transferencia de funciones del Art. 64° de la Ley N° 27867,
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Artesanía; para que procedan con la suscripción del Acta de Entrega y Recepción correspondiente, prevista en la etapa de efectivización del proceso de transferencia de funciones sectoriales, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva N° 007-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 032-2007-PCM/SD.

Artículo 3.- Publicación La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial 'El Peruano' y, el Informe de Concordancia N° 001-2013-PCM/SD-OTME referido en el Art. 1°, deberá ser publicado en la página Web de la Secretaría de Descentralización de la PCM: www.pcm.gob.pe/sd.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA FLORIÁN CEDRÓN
Secretaria de Descentralización

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