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Resolución de Subgerencia 3523-2013-MML/GTU-SRT Autorizan implementación de paraderos de transporte regular en los distritos
5/17/2013
Resolución de Subgerencia 3523-2013-MML/GTU-SRT Autorizan implementación de paraderos de transporte regular en los distritos
Autorizan implementación de paraderos de transporte regular en los distritos de San Juan de Lurigancho y Santiago de Surco MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA N° 3523-2013-MML/GTU-SRT Lima, 22 de abril del 2013 VISTOS: El Documento Simple N° 37088-2013 de fecha 22 de febrero de 2013, y el Informe N° 316-2013-MML/GTU-SETT de fecha 08 de abril de 2013 emitido por la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte, respecto a la implementación
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA N° 3523-2013-MML/GTU-SRT
Lima, 22 de abril del 2013
VISTOS:
El Documento Simple N° 37088-2013 de fecha 22 de febrero de 2013, y el Informe N° 316-2013-MML/GTU-SETT de fecha 08 de abril de 2013 emitido por la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte, respecto a la implementación de Paraderos de Transporte Público en la Av. Los Próceres en el distrito de Santiago de Surco; y CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al acápite 7.1 del inciso 7 del artículo 161° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de Lima goza de un régimen especial, de conformidad al Artículo 198° de la Constitución, teniendo en materia de transportes y comunicaciones funciones especiales, entre las que se encuentra '7.1) Planificar, regular y gestionar el transporte público';
Que. la Ordenanza N° 341-MML, en su artículo 7°
establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la ejecución, mantenimiento, remodelación, señalización horizontal y vertical, semaforización, ornato, publicidad y mobiliario urbano de las vías expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vías del Cercado de Lima;
Que, el artículo 100° de la Ordenanza N° 812-MML -Reglamento de Organizaciones y Funciones, establece que: 'La Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte es el órgano responsable de la formulación de estudios, proyectos, programas y planes estratégicos en materia de transporte, tránsito y viabilidad en la provincia de Lima;
Que, el inciso 4 del artículo 103° de la Ordenanza N° 812-MML, establece que:'Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Regulación de Transporte las siguientes: 4) Otorgar licencias, autorizaciones o permisos para el servicio de transporte público regular y no regular, pesado y de carga, dentro del ámbito de la provincia de Lima';
Que, el numeral 41 del artículo 5° de la Ordenanza N° 1599-MML define al Paradero de Transporte Regular como 'el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o señalización, localizado en las vías que forman parte del recorrido autorizado de una ruta y que es utilizado para el embarque y desembarque de personas';
Que, mediante el Documento Simple N° 37088-2013 de fecha 22 de febrero de 2013, la Gerencia de Tránsito y Seguridad Vial de la Municipalidad de Santiago de Surco solicita la autorización e instalación de dos (02)
Paraderos de Transporte Público en la Av. Los Próceres a la altura del AA.HH. San Lorenzo en el distrito de Santiago de Surco;
Que, mediante el Informe N° 316-2013-MML/GTU-SETT de fecha 08 de abril de 2013, la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte considera conveniente la implementación de paraderos de transporte público por los siguientes fundamentos: a) Que, de acuerdo a la Ordenanza N° 341 –MML que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima, señala que la Av. Los Próceres (C-206) tiene la categoría de Vía Colectora, b) Que, de acuerdo a la base de datos TransCAD (Geographic Information Software), la Gerencia de Transporte Urbano actualmente no tiene autorizados Paraderos de Transporte Regular en Av.
Los Próceres (Tramo: Av. Tomas Marsano – Jr. Luis Dextre) en el distrito de Santiago de Surco, c) Que, de acuerdo al Sistema Integrado de Transporte Urbano
– SITU, la Gerencia de Transporte Urbano actualmente tiene autorizadas 22 rutas por Av. Los Próceres (Tramo: Av. Tomas Marsano – Jr. Luis Dextre) en el distrito de Santiago de Surco, d) Que, de acuerdo a la Resolución Directoral Municipal N° 180-2004-MML/DMTU se determinaron las distancias entre paraderos de transporte (Distancia mínima 250 m., distancia ideal 300 m. y distancia máxima 500 m.), encontrándose estas distancias dentro del rango establecido para paraderos de zonas urbanas (Entre 300 m. y 500 m.) por el Manual de Planeación y Diseño para la Administración del Tránsito, y e) Que, de acuerdo a la verificación de campo realizada en la vía evaluada (Av.
Los Próceres), se procedió a ubicar los puntos (GPS) con mayor demanda de embarque y desembarque de pasajeros, determinándose de manera inicial las posibles ubicaciones de paraderos, considerando los parámetros de distancia, condiciones operativas e infraestructura;
Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el Numeral 1.1 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27181 -Ley General Transporte y Tránsito Terrestre, la Ordenanza N° 1599-MML y el Informe N° 316-2013-MML/GTU-SETT de fecha 08 de abril de 2013;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la implementación de paraderos de transporte regular en la Av. Los Próceres (Tramo: Av.
Tomas Marsano – Jr. Luis Dextre), tal y como se detalla a continuación:
EJE UBICACIÓN
SENTIDO
E-O O-E
AC DC AC DC
Av. Los Próceres (Tramo: Av. Tomas Marsano - Jr. Luis Dextre)
Jr. Pascual Saco Oliveros 1
Jr. Josè María Corbacho 1
Psj. Chocavento 1
Jr. Javier Mariátegui y Tellería 1
Av. Paseo de la República 1 1
Jr. Vista Bella 1
Ca. Clorinda Matto Turner 1
Jr. Walter Rosales León 1
Jr. Alcides Vigo Hurtado 1 1
Jr. Luis Dextre 1
Artículo 2°.- Los Paraderos Autorizados serán de tipo universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte público en esas vías.
Artículo 3°.- Los Paraderos Autorizados podrán ser identificados mediante la señalización horizontal y/o vertical respectiva, en cada una de las vías señaladas en la presente resolución.
Artículo 4°.- La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variación que la autoridad administrativa considere técnicamente necesaria, para la implementación del nuevo Sistema Metropolitano de Transporte.
Artículo 5°.- Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Público Regular de Pasajeros, deberán informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizará en los respectivos paraderos autorizados.
Artículo 6°.- Encargar a la Subgerencia de Ingeniería de Tránsito los trabajos de mantenimiento y señalización de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia.
Artículo 7°.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalización del Transporte, la supervisión, fiscalización y cumplimiento de la presente Resolución; de ser el caso, deberá coordinar con la Policía Nacional del Perú encargada del control del tránsito, para que de acuerdo a su competencia y facultades, garantice el cumplimiento y respeto a los Paraderos Autorizados, una vez que éstos sean debidamente señalizados.
Artículo 8°.- Dejar sin efecto cualquier disposición que se contraponga a la presente Resolución.
Artículo 9°.- Disponer la publicación de la presente resolución en la página Web de la Gerencia de Transporte Urbano y en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 10°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
HUGO RAMIREZ SOTOMAYOR
Subgerente Subgerencia de Regulación del Transporte Gerencia de Transporte Urbano
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