5/15/2013

Resolución Jefatural 146-2013/JNAC/RENIEC Crean la Jefatura Regional Amazonas

Crean la Jefatura Regional Amazonas REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 146-2013/JNAC/RENIEC Lima, 14 de mayo de 2013 VISTOS: Los Informes N° 000090-2012/GOR/RENIEC, N° 000023-2013/GOR/RENIEC y N° 000112-2013/GOR/RENIEC (23AGO2012, 17ENE2013 y 10MAY2013, respectivamente), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando N° 001140-2013/GPP/RENIEC (09MAY2013), emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, los Informes N° 000894-2013/GPP/SGP/RENIEC,
Crean la Jefatura Regional Amazonas

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 146-2013/JNAC/RENIEC


Lima, 14 de mayo de 2013
VISTOS: Los Informes N° 000090-2012/GOR/RENIEC, N° 000023-2013/GOR/RENIEC y N° 000112-2013/GOR/RENIEC (23AGO2012, 17ENE2013 y 10MAY2013, respectivamente), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando N° 001140-2013/GPP/RENIEC (09MAY2013), emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, los Informes N° 000894-2013/GPP/SGP/RENIEC, N° 000970-2013/GPP/RENIEC
(30ABR2013 y 09MAY2013, respectivamente), emitidos por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto y el Informe N° 000848-2011/GAJ/RENIEC (10MAY2013), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como un organismo constitucionalmente autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, tØcnica, administrativa, económica y financiera, encargada de organizar y mantener el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura OrgÆnica del RENIEC, en su Art. 91° dispone que la Gerencia de Operaciones Registrales es el órgano de línea, encargado de planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro de trÆmites de identificación de las personas, así como las inscripciones de los hechos vitales y modificatorios del estado civil;

Que en la actualidad, la organización operativa de las provincias de Bagua, BongarÆ, Chachapoyas,
Condorcanqui, Luya, Rodríguez de Mendoza, Utcubamba del departamento de Amazonas; JaØn y San Ignacio del departamento de Cajamarca, se encuentran bajo la jurisdicción de la Jefatura Regional 1 – Piura y Jefatura Regional 3 – Tarapoto, respectivamente;

Que mediante los documentos de vistos la Gerencia de Operaciones Registrales, propone la creación de una nueva Jefatura Regional con sede en el departamento de Amazonas, la misma que reduciría el Æmbito jurisdiccional/poblacional de la Jefatura Regional de Piura en un 37.33% / 14.07% y de la Jefatura Regional de Tarapoto en 10.6% / 15.71% respectivamente, situación que permitirÆ
desarrollar un mejor tramo de control respecto de las tres (03) jefaturas regionales seæaladas; así como, mejorar la calidad de atención para la población;

Que la propuesta de creación de la Jefatura Regional Amazonas resulta necesaria en relación al Æmbito de su cobertura o atención de los departamentos de Amazonas y Cajamarca, respectivamente; lo que permitirÆ reforzar la gestión institucional en el Æmbito de dicha Jefatura Regional de acuerdo a los objetivos de la Jefatura Nacional;

Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto mediante los documentos de vistos, emite opinión favorable respecto de la creación de la Jefatura Regional Amazonas, seæalando que el financiamiento para la creación de la misma, serÆ cubierto con cargo a los recursos presupuestarios con los que cuenta la Institución en el presupuesto autorizado y su atención según corresponda serÆ en la medida que se formulen los requerimientos respectivos;

Que como consecuencia de ello, resulta necesaria la modificación del cuadro para Asignación de Personal y del Manual de Organización y Funciones por la creación de plazas para dicha unidad orgÆnica;

Que en ese sentido, resulta conveniente la creación de la Jefatura Regional Amazonas, que tendrÆ jurisdicción sobre las provincias de Bagua, BongarÆ, Chachapoyas,
Condorcanqui, Luya, Rodríguez de Mendoza, Utcubamba del departamento de Amazonas; JaØn y San Ignacio del departamento de Cajamarca;

Que es necesario hacer de conocimiento de los ciudadanos lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural; y,
Estando a lo opinado favorablemente por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley OrgÆnica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura OrgÆnica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009);

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- CrØase la Jefatura Regional Amazonas, que tendrÆ su sede en el Jr. Triunfo N° 903 del distrito de Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, con jurisdicción sobre el departamento de Amazonas y Cajamarca respectivamente.

Artículo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Administración y de Planificación y Presupuesto, adoptar las acciones necesarias para la implementación en un plazo mÆximo de 60 días calendarios del órgano creado en el artículo anterior.

Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto, la modificación del Cuadro para Asignación de Personal y del Manual de Organización y Funciones como consecuencia de la creación de la Jefatura Regional Amazonas.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Regístrales la implementación y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional

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