5/18/2013

Resolución Ministerial 0122-2013-JUS Conforman Grupo de Trabajo encargado de elaborar el Plan Anticorrupción

Conforman Grupo de Trabajo encargado de elaborar el Plan Anticorrupción del Sector Justicia y Derechos Humanos JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0122-2013-JUS Lima, 16 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción y las expectativas que representa compromete a todos los peruanos y peruanas, organizaciones públicas y privadas, a una sinergia de esfuerzos que contribuya a luchar de manera real, firme y decidida contra la corrupción; Que,
Conforman Grupo de Trabajo encargado de elaborar el Plan Anticorrupción del Sector Justicia y Derechos Humanos

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0122-2013-JUS


Lima, 16 de mayo de 2013
CONSIDERANDO:

Que, el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción y las expectativas que representa compromete a todos los peruanos y peruanas, organizaciones públicas y privadas, a una sinergia de esfuerzos que contribuya a luchar de manera real, firme y decidida contra la corrupción;

Que, la Vigésima Sexta Política de Estado del Acuerdo Nacional, referida a la promoción de la ética, la transparencia y erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando en todas sus formas, establece entre sus objetivos el compromiso de velar por el desempeño responsable y transparente de la función pública, promoviendo una cultura de respeto a la ley, de solidaridad y de anticorrupción, que elimine las prácticas violatorias del orden jurídico, incluyendo el tráfico de infiuencias, el nepotismo, el narcotráfico, el contrabando, la evasión tributaria y el lavado de dinero, y regular la función pública para evitar su ejercicio en función de intereses particulares;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0011-2009-JUS, de fecha 22 de enero de 2009, se aprobó el Plan Sectorial del Ministerio de Justicia para la Promoción de la Ética, Transparencia y Lucha contra la Corrupción, teniendo como objetivo general formar un Sector Justicia eficiente, transparente, con promoción de la ética y la erradicación de la corrupción, sin recortar el acceso a la justicia, el acceso a la información y, con plena vigencia de la Constitución y respeto a los Derechos Humanos;

Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece como finalidad fundamental del proceso de modernización, la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar, entre otros, un Estado transparente en su gestión, con trabajadores y servidores que brinden al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo, lo que implica el desempeño responsable y transparente de la función pública, con mecanismo de control efectivo;

Que, el numeral 11 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y sus modificatorias, define y establece entre las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimento para las entidades del Gobierno Nacional, la Política Anticorrupción, en mérito de la cual el Estado busca fortalecer la lucha contra la corrupción en las licitaciones, las adquisiciones y la fijación de los precios referenciales, eliminando los cobros ilegales y excesivos; garantizar la transparencia y la rendición de cuentas;
promover, a través de sus acciones y comunicaciones la Ética Pública; y fomentar la participación ciudadana en la vigilancia y control de la gestión pública;

Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 119-2012-PCM, de fecha 08 de diciembre de 2012, aprueba el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016, el mismo que establece los siguientes Objetivos:
i) Articulación y coordinación interinstitucional para la lucha contra la corrupción; ii) Prevención eficaz de la corrupción; iii) investigación y sanción oportuna y eficaz de la corrupción en el ámbito administrativo y judicial; iv)
Promoción y articulación de la participación activa de la ciudadanía, sociedad civil y sector empresarial en la lucha contra la corrupción y; v) Posicionamiento del Perú en espacios internacionales de lucha contra la corrupción;

Que, el Decreto Supremo N° 046-2013-PCM, se aprueba la Estrategia Anticorrupción del Poder Ejecutivo, la cual contiene las acciones operativas que se implementarán en este ámbito, en el marco del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016, así como de conformidad a la acción 2.20. del artículo 2° del dispositivo en mención, se elaborarán planes anticorrupción en las entidades del Poder Ejecutivo que contengan medidas de prevención y sanción de la corrupción, teniendo en cuenta los procesos de mayor vulnerabilidad a la corrupción y los casos de corrupción que afecta a cada uno de ellos;

Que, en este sentido resulta necesario conformar el Grupo de Trabajo que se encargue de la elaboración del Plan Anticorrupción del Sector Justicia y Derechos Humanos;

Que, el artículo 10° de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece que el Ministro de Justicia y Derechos Humanos es la más alta autoridad política y la más alta autoridad ejecutiva del Ministerio;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29809,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Conformar el Grupo de Trabajo encargado de elaborar el Plan Anticorrupción del Sector Justicia y Derechos Humanos; cuyo plazo de funcionamiento será de treinta (30) días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución.

Artículo 2°.- El Grupo de Trabajo creado en el artículo precedente estará conformado por los siguientes miembros:
- Ministro de Justicia y Derechos Humanos, quien presidirá.
- Viceministro de Justicia.
- Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia.
- Secretario General.
- Jefe de Gabinete.
- Procurador de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción.
- Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado.
- Jefe de la Oficina General de Administración.
- Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
- Director General de la Dirección General de Justicia y Cultos.
- Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia.
- Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico.
- Director General de la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria.
- Director General de la Dirección General de Derechos Humanos
- Director General de la Dirección General de Protección de Datos Personales.
- Secretaria Técnica del Consejo de Reparaciones.
- Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel Encargada del Seguimiento de las Acciones y Políticas del Estado en los Ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional-CMAN.
- Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, quien actuará como Secretaria Técnica.

Artículo 3°.- El Grupo de Trabajo podrá solicitar a las unidades orgánicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la coordinación, apoyo y facilidades requeridas para el cumplimiento de los fines previstos en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4°.- El Grupo de Trabajo deberá instalarse indefectiblemente, en un plazo no mayor de siete (7) días hábiles contados desde la publicación de la presente Resolución Ministerial.

En un plazo no mayor de sesenta (60) días, desde su instalación el Grupo de Trabajo aprobará el Plan Anticorrupción del Sector Justicia y Derechos Humanos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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