5/16/2013

Resolución Ministerial 0501/RE-2013 Crean la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores

Crean la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores con sede en la ciudad de Cajamarca, departamento de Cajamarca, y jurisdicción ampliada al departamento de Amazonas RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0501/RE-2013 Lima, 14 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 14 de la Ley N° 29778 - Ley Marco para el Desarrollo e Integración Fronteriza establece que el Ministerio de Relaciones Exteriores es el órgano rector del Sistema Nacional de Desarrollo de Fronteras
Crean la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores con sede en la ciudad de Cajamarca, departamento de Cajamarca, y jurisdicción ampliada al departamento de Amazonas

RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0501/RE-2013


Lima, 14 de mayo de 2013
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14 de la Ley N° 29778 - Ley Marco para el Desarrollo e Integración Fronteriza establece que el Ministerio de Relaciones Exteriores es el órgano rector del Sistema Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración Fronteriza, encargado de determinar las normas y procedimientos relacionados con la finalidad del Sistema;

Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 020-2002-RE, que crea las Oficinas Descentralizadas (actualmente Oficinas Desconcentradas) del Ministerio de Relaciones Exteriores, y en el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, las Oficinas Desconcentradas se crean con el fin de impulsar la ejecución de la Estrategia Nacional de Desarrollo Fronterizo del país, la inserción de las capacidades locales en la economía regional y mundial y el aprovechamiento eficiente, en las zonas concernidas, de los acuerdos binacionales y regionales de integración y cooperación en los que participa el Perú, apoyando el proceso de descentralización del país;

Que, la difusión en el exterior del patrimonio natural, cultural, histórico y arqueológico del departamento de Cajamarca coadyuvará a la captación de nuevas fuentes de cooperación internacional que conlleve al desarrollo sostenido del potencial turístico de mismo;

Que, la creación de una Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores con sede en la ciudad de Cajamarca y con jurisdicción ampliada al departamento de Amazonas, permitirá atender la demanda de servicios de legalización de documentos nacionales, así como los expedidos por las Oficinas Consulares del Perú en el exterior;

Que, por sus características geográficas, la ciudad de Cajamarca en el departamento de Cajamarca, con jurisdicción ampliada al departamento de Amazonas, se convierte en un eje importante de articulación entre la zona norte y oriental del norte del Perú, haciendo necesaria la presencia institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, en ese sentido, es necesario reforzar la labor del Ministerio de Relaciones Exteriores en el norte del país mediante la creación de una Oficina Desconcentrada en la ciudad de Cajamarca;

Que, el inciso 15) del artículo 6 de la Ley N° 29357
- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores establece como una de sus funciones específicas formular, promover, supervisar y evaluar el cumplimiento de la Política Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración Fronterizos con los demás sectores competentes y con los gobiernos regionales y locales correspondientes;

Que, la creación de la Oficina Desconcentrada en la región Cajamarca forma parte del Plan Multianual de Desarrollo de Órganos del Servicio Exterior y Oficinas Desconcentradas, aprobado mediante Resolución Suprema N° 215-2012-RE, que ha previsto la creación de cuatro Oficinas Desconcentradas en el lapso comprendido entre los años 2013 y 2016;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Supremo N° 020-2002-RE, las Oficinas Descentralizadas (ahora Oficinas Desconcentradas) podrán instalarse progresivamente en otras ciudades del país, mediante autorización por resolución ministerial;

Que, mediante Memorándum (OPP) N°
OPP0040/2013, de 8 de enero de 2013, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informó que se han previsto los recursos presupuestales para financiar la creación y funcionamiento de la Oficina Desconcentrada en la ciudad de Cajamarca;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27658
- Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización; la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N° 29778 - Ley Marco para el Desarrollo e Integración Fronteriza; el Decreto Supremo N° 020-2002-RE, y la Resolución Suprema N° 215-2012-RE;

Con los visados de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asuntos Legales, y de la Secretaría General;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Crear la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores con sede en la ciudad de Cajamarca, departamento de Cajamarca - ODE Cajamarca, con jurisdicción ampliada al departamento de Amazonas.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Administración, en coordinación con la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, la implementación de la referida Oficina Desconcentrada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO
Ministro de Relaciones Exteriores

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