5/15/2013

Resolución Ministerial 094-2013-TR Aprueban el Plan Operativo Informático - POI 2013 del Ministerio

Aprueban el Plan Operativo Informático - POI 2013 del Ministerio TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 094-2013-TR Lima, 14 de mayo de 2013 VISTOS: El Oficio N° 120-2013-MTPE/4/13 del Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el Memorándum N° 377-2013/MTPE/4/9 del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, el Plan Operativo Informático
Aprueban el Plan Operativo Informático - POI 2013 del Ministerio

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 094-2013-TR


Lima, 14 de mayo de 2013
VISTOS: El Oficio N° 120-2013-MTPE/4/13 del Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el Memorándum N° 377-2013/MTPE/4/9 del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Plan Operativo Informático – POI es un instrumento de gestión de corto plazo que permite definir las actividades informáticas de las entidades de la Administración Pública integrantes del Sistema Nacional de Informática en sus diferentes niveles;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 19-2011-PCM se aprueba la 'Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático – POI de las entidades de la Administración Pública y su Guía de Evaluación';

Que, asimismo, el artículo 4° de la resolución citada en el considerando precedente señala que las entidades deben registrar en la página web del Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe/poi), el Plan Operativo Informático – POI;

Que, el artículo 17° del Decreto Legislativo N° 604,
Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, establece que las Oficinas Sectoriales de Estadística e Informática están encargadas de la producción y del servicio estadístico e informático en su sector, así como de coordinar, planear y supervisar las actividades que realizan los demás órganos estadísticos e informáticos del sector;

Que, mediante documento de vistos, la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, propone para su aprobación, el Plan Operativo Informático – POI 2013, el cual cuenta con la opinión técnica favorable de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, conforme lo señala el Informe Técnico N° 014-2013-MTPE/4/9.1, de acuerdo con el inciso e) del artículo 28° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR;

Que, por lo expuesto resulta pertinente aprobar el Plan Operativo Informático – POI 2013, para los fines correspondientes;

Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Viceministra de Trabajo, del Secretario General, del Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; de los responsables del Programa Nacional de Empleo Juvenil 'Jóvenes a la Obra', del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo'
Trabaja Perú', y del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales ' Vamos Perú'; y;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11° de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el PLAN OPERATIVO INFORMÁTICO – POI 2013 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el mismo que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- La Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, dirigirá sus esfuerzos para el logro de las metas previstas en el Plan Operativo Informático –POI 2013, siendo responsable del seguimiento y evaluación permanente del cumplimiento de los objetivos y metas consideradas en la programación del Plan, informándose de sus resultados a la Titular del Sector.

Artículo 3°.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI), el Plan Operativo Informático – POI
2013 para los fines correspondientes.

Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente resolución y anexo a que hace referencia el artículo 1°, en la página web del Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www.trabajo.gob.pe y en la página web del Portal del Estado Peruano www. peru.gob.pe/poi, en la misma fecha en que se publique la presente resolución, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NANCY LAOS CÁCERES
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

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