Inicio
Poder Ejecutivo
Trabajo y Promocion del Empleo
Resolución Ministerial 095-2013-TR Dan carácter oficial al evento 'VII Cumbre de Descentralización del Sector
5/15/2013
Resolución Ministerial 095-2013-TR Dan carácter oficial al evento 'VII Cumbre de Descentralización del Sector
Dan carácter oficial al evento 'VII Cumbre de Descentralización del Sector Trabajo y Promoción del Empleo', a realizarse en la ciudad de Iquitos TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 095-2013-TR Lima, 14 de mayo de 2013 VISTOS: El Memorando N°058-2013-MTPE/2 de la Viceministra de Trabajo y Presidenta de la Comisión Sectorial de Transferencias del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Acta de la VI Cumbre de la Comisión Intergubernamental del Sector Trabajo Promoción del
TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 095-2013-TR
Lima, 14 de mayo de 2013
VISTOS: El Memorando N°058-2013-MTPE/2 de la Viceministra de Trabajo y Presidenta de la Comisión Sectorial de Transferencias del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Acta de la VI Cumbre de la Comisión Intergubernamental del Sector Trabajo Promoción del Empleo, los Oficios N°s 113 y 133-2013/MTPE/4/9.4 del Jefe de la Oficina de Descentralización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Oficio N° 345-2013-MTPE/4/9 del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000000334, emitido por el Jefe de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al artículo 5° de la Ley N° 29381,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, corresponde al sector, como competencias exclusiva y excluyente, entre otras, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de promoción del empleo, intermediación laboral, formación profesional y capacitación para el trabajo, normalización y certificación de competencias laborales, autoempleo, migración laboral y reconversión laboral, realizando seguimiento, monitoreo y evaluación respecto al desempeño y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, así como adoptar las medidas correctivas;
Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 047-2009-PCM y la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 051-2009-PCM/SD, se reconoce a la Comisión Intergubernamental del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, como la encargada del desarrollo de los componentes de la gestión descentralizada de los servicios públicos al ciudadano para que ejerzan plenamente las funciones transferidas a los Gobiernos Regionales;
Que, según acuerdo 3° del Acta de la VI Cumbre de la Comisión Intergubernamental del Sector Trabajo y Promoción del Empleo de fecha 12 de diciembre de 2012, se elige como sede de la VII Cumbre de Descentralizada del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Iquitos, departamento de Loreto, a llevarse a cabo los días 30 y 31 de mayo de 2013; sin embargo, efectuada la coordinación para la realización del referido evento, el Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Loreto, en su calidad de anfitrión de la VII Cumbre, mediante Oficio N° 169-2013-GRL/31 de fecha 19 de marzo de 2013, propone la variación de las fechas señaladas inicialmente por motivos de agenda para los días 22, 23 y 24 de mayo de 2013;
Que, en ese contexto, mediante memorando de vistos, la Viceministra de Trabajo y Presidenta de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en coordinación con la Oficina de Descentralización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, solicitan la oficialización del evento denominado 'VII Cumbre de Descentralización del Sector Trabajo y Promoción del Empleo', a realizarse en la ciudad de Iquitos, departamento de Loreto, los días 22,
23 y 24 de mayo de 2013; el mismo que contará con la participación de los representantes de los veinticinco (25)
Gobiernos Regionales;
Que, la referida cumbre es un espacio de articulación y coordinación del ejercicio de las funciones compartidas entre los tres niveles de gobierno, teniendo por objetivo ejecutar temas de interés, evaluar el desarrollo de ejecución de los acuerdos de la Comisión Intergubernamental, el avance de la implementación de los planes pilotos de experiencia demostrativos para la delegación de la competencia de promoción del empleo de los Gobiernos Regionales a los Gobiernos Locales y avances y propuestas de la gestión descentralizada en los tres niveles de gobierno;
Que, en atención a las consideraciones expuestas, corresponde emitir el acto de administración interna que oficialice el evento a que se contrae el cuarto considerando de la presente resolución;
Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo y Presidenta de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de los Jefes de las Oficinas Generales de Administración, de Planificación y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dar carácter oficial al evento denominado
'VII Cumbre de Descentralización del Sector Trabajo y Promoción del Empleo', organizado por la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en coordinación con la Oficina de Descentralización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a realizarse en la ciudad de Iquitos, departamento de Loreto, los días 22, 23 y 24 de mayo de 2013.
Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www.trabajo.gob.pe, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para su puesta en conocimiento a nivel nacional.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NANCY LAOS CÁCERES
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)