5/17/2013

Resolución Ministerial 123-2013-PCM Crean Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de estudiar, analizar y

Crean Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de estudiar, analizar y formular la propuesta de reforma de la Ley de Extranjería peruana PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 123-2013-PCM Lima , 15 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano es una república democrática, social, independiente y soberana, siendo sus deberes primordiales, conforme lo establece el artículo 44 de la Constitución Política, los de defender la soberanía nacional; garantizar la plena
Crean Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de estudiar, analizar y formular la propuesta de reforma de la Ley de Extranjería peruana

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 123-2013-PCM


Lima , 15 de mayo de 2013
CONSIDERANDO:

Que, el Estado Peruano es una república democrática, social, independiente y soberana, siendo sus deberes primordiales, conforme lo establece el artículo 44 de la Constitución Política, los de defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;

Que, por Decreto Legislativo N° 703, del 14 de noviembre de año 1991, se promulgó la Ley de Extranjería peruana, con el propósito de establecer regulaciones referidas para el ingreso, permanencia, residencia, salida, reingreso y control de extranjeros en el territorio de la República, así como regular su situación jurídica, establecer disposiciones que garanticen los derechos, permanencia en el país y participación de los extranjeros en la vida nacional o cuando se hallen en situación de tránsito, entre otros aspectos;

Que, la referida norma se dictó en un contexto de la realidad nacional que a la actualidad ha sido ampliamente superado, y urge una inmediata actualización a fin de adecuar y regular los aspectos migratorios y de extranjería según las actuales necesidades del país;

Que, el Perú reconoce la coexistencia pacífica y plural de ciudadanos nacionales y extranjeros, debiendo velar porque las condiciones en las que se desarrolle aquélla sea preservando el orden público, la seguridad nacional, el respeto a los principios democráticos que inspiran al Estado Peruano así como las relaciones internacionales que se mantiene con otros Estados y con los organismos internacionales; todo ello orientado al bienestar común;

Que, resulta necesario conformar un Grupo de Trabajo que se encargue de revisar y evaluar la legislación en materia de extranjería, con la finalidad de estudiar, analizar y formular las propuestas de reforma y actualización de la normatividad migratoria y de extranjería vigente, en especial la referida a la propuesta de sustitución del Decreto Legislativo N° 703, en adecuación a la vigente Constitución Política del Estado, el Decreto Legislativo N° 1130 y las demás disposiciones que conforman el sistema normativo migratorio; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N°063-2007-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Constitución y objeto Constitúyase el Grupo de Trabajo Multisectorial que tiene por objeto estudiar, analizar y formular las propuestas de reforma de la Ley de Extranjería, aprobada por el Decreto Legislativo N° 703, en adecuación a la vigente Constitución Política del Estado, el Decreto Legislativo N° 1130 y las demás disposiciones que conforman el sistema normativo migratorio.

Artículo 2°.- Conformación de la Comisión Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial estará conformado por los representantes de:
- Presidencia del Consejo de Ministros, que la presidirá,
- Ministerio de Relaciones Exteriores,
- Ministerio del Interior, a través de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES.
- Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
- Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

Artículo 3°.- Designación de representantes.

Los Ministros designarán a sus representantes titular y alterno, mediante Resolución Ministerial, dentro del plazo de cinco (05) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4°.- Apoyo Técnico Legal.

Asimismo, el Grupo de Trabajo está facultado para invitar a participar a profesionales, especialistas, entidades e instituciones nacionales e internacionales, públicas o privadas, a fin de consultar aspectos técnico – legales relacionados con su objeto.

Artículo 5°.- Secretaría Técnica La Superintendencia Nacional de Migraciones -MIGRACIONES, ejercerá las funciones de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial, y como tal se encargará del asesoramiento, organización de la información y mejor cumplimiento de su objeto.

Artículo 6°.- Instalación El Grupo de Trabajo Multisectorial se instalará dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo para la acreditación de sus representantes.

Artículo 7°.- Plazo El Grupo de Trabajo Multisectorial culminará sus funciones en un plazo que no deberá exceder de noventa (90) días calendarios, contados a partir de su instalación.

Artículo 8°.- Informe Final El Grupo de Trabajo Multisectorial deberá elaborar y presentar ante el Presidente del Consejo de Ministros un informe final que contendrá el proyecto de nueva Ley de Extranjería, dentro del plazo a que se refiere el artículo precedente. Con la entrega de este documento culminará la labor de la Comisión.

Artículo 9°.- Gastos El cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo Multisectorial no demandará recursos adicionales al Tesoro Público.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros

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