5/05/2013

Resolución Ministerial 165-2013-MEM/DM Reconocen servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes

Reconocen servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada a favor de concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur SAA., ubicada en el departamento de Lima ENERGIA Y MINAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 165-2013-MEM/DM Lima, 29 de abril de 2013 VISTO: El Expediente N° 31218811, presentado por Luz del Sur SAA., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre
Reconocen servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada a favor de concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur SAA., ubicada en el departamento de Lima

ENERGIA Y MINAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 165-2013-MEM/DM


Lima, 29 de abril de 2013
VISTO: El Expediente N° 31218811, presentado por Luz del Sur SAA., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la Subestación Eléctrica de Distribución compacta de pedestal subterránea N° 6165;

CONSIDERANDO:

Que, Luz del Sur SAA., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema N° 107-96-EM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de noviembre de 1996, solicitó el reconocimiento de la servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la Subestación Eléctrica de Distribución compacta de pedestal subterránea N° 6165, ubicada en la calle N° 11, lote 14, manzana L-1, urbanización Casuarinas Sur I y II Etapa, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente;

Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada, para la Subestación Eléctrica de Distribución compacta de pedestal subterránea N° 6165, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 28 de agosto de 2009, cuya copia obra en el Expediente;

Que, el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes;

Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, emitió el Informe N° 115-2013-DGE-DCE;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur SAA., la servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada para la instalación de la Subestación Eléctrica de Distribución compacta de pedestal subterránea N° 6165, ubicada en la calle N° 11, lote 14, manzana L-1, urbanización Casuarinas Sur I y II Etapa, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupación y de Tránsito, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 28 de agosto de 2009, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

Expediente Descripción de la servidumbre Área de Servidumbre Propietario Tipo de terreno 31218811
Subestación Eléctrica de Distribución N° 6165
Ubicación: distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima
Área N° 1: servidumbre de ocupación Coordenadas UTM (PSAD 56):

Vértice Norte Este A 8 658 699,302 285 961,336
B 8 658 697,218 285 959,178
C 8 658 695,348 285 960,985
D 8 658 697,433 285 963,142
Área N° 2: servidumbre de tránsito Coordenadas UTM (PSAD 56):

Vértice Norte Este A 8 658 699,302 285 961,336
B 8 658 697,218 285 959,178
C 8 658 695,348 285 960,985
D 8 658 697,433 285 963,142
Suelo: 7,80 m²
(nivel subterráneo)
Suelo: 7,80 m² y sus aires.

Privado Privado Urbano Urbano Artículo 2°.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM y en las normas técnicas pertinentes.

Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas

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