5/02/2013

Resolución Ministerial 228-2013/MINSA Aprueban modificación del artículo 7° del Reglamento de Organización y

Aprueban modificación del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Nacional 'Dos de Mayo' SALUD RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 228-2013/MINSA Lima, 30 de abril del 2013 VISTO, el Expediente N° 12-056606-001, que contiene el Informe N° 0212-2012-OGPP-OO/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 70° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto
Aprueban modificación del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Nacional 'Dos de Mayo'

SALUD
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 228-2013/MINSA


Lima, 30 de abril del 2013
VISTO, el Expediente N° 12-056606-001, que contiene el Informe N° 0212-2012-OGPP-OO/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 70° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo N° 023-2005-SA y sus modificatorias, dispone que las Direcciones de Salud tienen a su cargo, como órganos desconcentrados, a las Direcciones de Red de Salud y a los Hospitales III que brindan atención de salud de alta complejidad;

Que, el Hospital Nacional Dos de Mayo es un Órgano Desconcentrado de la Dirección de Salud V – Lima Ciudad, con categoría III-1 (Alta Complejidad);

Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, se aprobaron los 'Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF por parte de las entidades de la Administración Pública';

Que, mediante Resolución Ministerial N° 603-2006/MINSA, se aprobó la Directiva Administrativa N° 007-MINSA/OGPP-V.02, Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional del Ministerio de Salud;

Que, el literal e) del numeral 5.2.5 de la mencionada Directiva Administrativa establece que en el caso de los Hospitales la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones se efectuará mediante Resolución Ministerial, teniendo en cuenta los lineamientos y criterios establecidos por el Ministerio de Salud y contando con opinión previa de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud;

Que, el numeral 5.8 de la citada Directiva Administrativa establece que la modificación del Reglamento de Organización y Funciones procede por la aprobación o modificación de un dispositivo legal que afecte directa o indirectamente la naturaleza, estructura orgánica, las funciones, ámbitos jurisdiccionales, atribuciones, servicios que brinda la entidad y otros;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 696-2008-MINSA, de fecha 07 de octubre de 2008, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Nacional 'Dos de Mayo';

Que, mediante Resolución de Contraloría N° 220-2011-CG, se modifica el Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría N° 459-2008-CG;

Que, mediante Oficio N° 5837-2012-DG-OEPE-DISA V-L.C, la Dirección de Salud V Lima Ciudad, remitió el proyecto de modificación del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Nacional
'Dos de Mayo', adjuntando las opiniones favorables de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico;

Que, mediante Informe N° 0212-2012-OGPP-OO/MINSA, la Oficina de Organización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud emitió opinión técnica favorable sobre el proyecto de modificación del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Nacional 'Dos de Mayo';

Que, en tal sentido resulta necesario aprobar la modificación del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Nacional 'Dos de Mayo', con la finalidad de adecuar las funciones asignadas al Órgano de Control Institucional a lo dispuesto en el artículo 20° del Reglamento de los Órganos de Control Institucional;

Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la ·Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,
De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la modificación del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Nacional 'Dos de Mayo', cuyo texto en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2°.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y el texto del anexo, aprobado por el articulo 1° de la presente norma, sean publicados en el portal institucional del Ministerio de Salud (http://www.minsa.gob.
pe/transparencia/dge_normas.asp), el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el portal institucional del Hospital Nacional 'Dos de Mayo'( www.hdosdemayo.gob.
pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficinal
'El Peruano'.

Artículo 3°.- Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud

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