5/02/2013

Resolución Ministerial 229-2013/MINSA Modifican la R.M. 394-2012/MINSA, en lo relativo a designación del Responsable

Modifican la R.M. N° 394-2012/MINSA, en lo relativo a designación del Responsable Técnico del Programa Presupuestal 'Prevención y Control del Cáncer' SALUD RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 229-2013/MINSA Lima, 30 de abril del 2013 Vistos, los Expedientes N° 12-124966-001 y N° 12-124966-003, que contienen el Informe N° 002-2012-DRVO/DSS/DGSP/MINSA de la Dirección de Servicios de Salud de la Dirección General de Salud de las Personas y los Memorándums N° 0125-2013-OGPP-OPGI/MINSA y N° 0456-2013-OGPP-OPGI/MINSA
Modifican la R.M. N° 394-2012/MINSA, en lo relativo a designación del Responsable Técnico del Programa Presupuestal 'Prevención y Control del Cáncer'

SALUD
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 229-2013/MINSA


Lima, 30 de abril del 2013
Vistos, los Expedientes N° 12-124966-001 y N° 12-124966-003, que contienen el Informe N° 002-2012-DRVO/DSS/DGSP/MINSA de la Dirección de Servicios de Salud de la Dirección General de Salud de las Personas y los Memorándums N° 0125-2013-OGPP-OPGI/MINSA y N° 0456-2013-OGPP-OPGI/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el responsable de los Programas Presupuestales es el titular de la entidad, que tiene a su cargo su implementación, y debe dar cuenta sobre el diseño, uso de los recursos públicos asignados y el logro de los resultados esperados;

Que, mediante Resolución Directoral N° 004-2012-EF-50.01, se aprobó la Directiva N° 002-2012-EF/50.01,
'Directiva para los Programas Presupuestales en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013';

Que, conforme se desprende del artículo 1° de la precitada Directiva, ésta tiene como objeto establecer las disposiciones para la identificación, diseño, revisión, modificación y registro de los Programas Presupuestales, los cuales conforman la unidad básica de programación del presupuesto del sector público;

Que, el literal d) del artículo 3° de la citada Directiva, define al Programa Presupuestal como la categoría que constituye un instrumento del Presupuesto por Resultados, y que es una unidad de programación de las acciones de las entidades públicas, las que integradas y articuladas se orientan a proveer productos para lograr un resultado específico en la población y así contribuir al logro de un resultado final asociado a un objetivo de política pública;

Que, asimismo, el artículo 8° de la mencionada Directiva establece que, para el proceso de diseño de los Programas Presupuestales se requiere que las entidades definan adecuadamente actores, roles y responsabilidades, con la finalidad de asegurar un adecuado y eficiente trabajo de diseño de los Programas Presupuestales;

Que, conforme a lo dispuesto en el precitado artículo los actores del proceso de diseño presupuestal son, entre otros, el Responsable Técnico del Programa Presupuestal, el cual es designado por el titular de la entidad y lidera el equipo de diseño de Programas Presupuestales, conforme a lo señalado en el literal d) del mencionado artículo;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 394-2012/MINSA, se designó, entre otros, al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas como Responsable Técnico Titular del Programa Presupuestal 'Prevención y Control del Cáncer';

Que, mediante Informe N° 002-2012-DRVO/DSS/DGSP/MINSA, la Dirección de Servicios de Salud de la Dirección General de Salud de las Personas propone modificar la Resolución Ministerial N° 394-2012/MINSA, para designar a la Dirección General de Salud de las Personas como responsable técnico del Programa Presupuestal de 'Prevención y Control del Cáncer', toda vez que el presupuesto para las actividades del Plan Esperanza se encuentra inmerso en el referido Programa Presupuestal;

Que, mediante Memorándums N° 0125-2013-OGPP-OPGI/MINSA y N° 0456-2013-OGPP-OPGI/MINSA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de órgano responsable de los sistemas de planeamiento, presupuesto, racionalización e inversión en el Sector Salud, informa que resulta viable la propuesta formulada por la Dirección General de Salud de las Personas para modificar al responsable técnico del Programa Presupuestal de 'Prevención y Control del Cáncer';

Que, el numeral 7.1 del articulo 7° de la Ley N° 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que los actos de administración interna se orientan a la eficacia y eficiencia de los servicios y a los fines permanentes de las entidades;

Que, estando a lo informado por la Dirección General de Salud de las Personas y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud;

De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 394-2012/MINSA, en lo que respecta a la designación del Responsable Técnico del Programa Presupuestal 'Prevención y Control del Cáncer', según el siguiente detalle:

PROGRAMA PRESUPUESTAL RESPONSABLE TÉCNICO
• Prevención y Control del Cáncer Director (a) General de la Dirección General de Salud de las Personas (Titular)
Artículo 2°.- Dejar subsistente todos los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 394-2012/MINSA.

Artículo 3°- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dge_normas.asp.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud

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