5/03/2013

Resolución Suprema 004-2013-TR Otorgan Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de Oficial

Otorgan Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de Oficial TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO RESOLUCIÓN SUPREMA N° 004-2013-TR Lima, 2 de mayo de 2013 VISTO: Con fecha 17 de abril de 2013, el Consejo de la Orden del Trabajo, integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación del señor Petrus Adrianus Maria Heijster para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el grado de Oficial;
Otorgan Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de Oficial

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 004-2013-TR


Lima, 2 de mayo de 2013
VISTO: Con fecha 17 de abril de 2013, el Consejo de la Orden del Trabajo, integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación del señor Petrus Adrianus Maria Heijster para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el grado de Oficial; y,
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 3° y 21° del Reglamento de la 'Orden del Trabajo', aprobado por Decreto Supremo N° 003-74-TR, la Orden del Trabajo tiene cuatro grados y su Condecoración se otorga por la realización de acciones distinguidas o servicios meritorios;

Que, asimismo, el artículo 22° del referido Decreto Supremo prescribe que constituyen acciones distinguidas, los actos o servicios prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinterés, austeridad, abnegación y sacrificios superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demás personas; y que constituyen servicios meritorios: (i) Todo acto personal que contribuya a enaltecer el prestigio de las Instituciones del Sector Trabajo, tanto en el país como en el extranjero;
(ii) Haber contribuido en forma notable al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; (iii) La inspiración, el esfuerzo o la responsabilidad directiva para crear o perfeccionar entidades de alta significación para el progreso del Sector Trabajo; (iv) La producción de trabajo o investigación original relacionada con el Sector Trabajo y cuya aplicación contribuye significativamente al mejoramiento del Sector; y, (v) El desempeño eficiente en comisión de excepcional importancia o beneficio de las relaciones de trabajo o de la Seguridad Social;

Que, de acuerdo a los términos de la propuesta, el señor Petrus Adrianus Maria Heijster es un empresario de nacionalidad holandesa, destacado en el ámbito regional, no solo por la responsabilidad demostrada en el cumplimiento de las obligaciones que como empleador le corresponde, sino también por la labor social que desempeña en Cajamarca, toda vez que, promueve la empleabilidad del sector de personas con discapacidad (a quienes tiene dentro de su capital humano) y además; a través de la Asociación Civil Holanda, que preside desde el año 2011, busca mejorar la inserción laboral de personas que presentan discapacidad auditiva, a través de alianzas estratégicas con diferentes empresas de la región;

Que, destaca el programa educativo que forma parte de las actividades de la asociación que preside, pues a través de ella capacita y fortalece los conocimientos, habilidades y la autoconfianza de las personas con discapacidad auditiva, para que alcancen un nivel de comunicación que les permita desempeñar sus actividades de manera óptima, y sin mayores dificultades cuando tengan que afrontar no solo situaciones reales de trabajo, sino también aquellas que formen parte de su vida diaria. El programa educativo también está orientado a los empleadores que finalmente incluyen dentro de su personal a este sector de la población, y aquellos que tiene interés en ello;

Que, a través de sus diferentes acciones y de la labor constante de coordinación y concientización que desarrolla, que forman parte de sus actividades y objetivos al proponer y motivar la inclusión social de personal con discapacidad en Cajamarca, hacen que cuente con las cualidades que ameritan un reconocimiento especial, que motiven al sector empresarial y a la sociedad en general, para continuar con el desarrollo de buenas prácticas laborales a favor de personas con discapacidad;

Que, su connotada labor orientada a promover la buena práctica laboral de inclusión a personas con discapacidad dentro del mercado laboral, ha merecido el reconocimiento de importantes instituciones como el Gobierno Regional de Cajamarca, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 100-2013-GR-CAJ/P; y del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad- CONADIS, a través del premio Soy Capaz;

Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto Ley N° 20585; el artículo 4° del Reglamento de la 'Orden del Trabajo', aprobado por Decreto Supremo N° 003-74-TR; y el numeral 4 del artículo 11° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de 'Oficial' al señor PETRUS ADRIANUS MARIA HEIJSTER, extendiéndose el Diploma correspondiente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República TERESA NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

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