5/03/2013

Resolución Suprema 006-2013-TR Otorgan Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de 'Comendador'

Otorgan Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de 'Comendador' TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO RESOLUCIÓN SUPREMA N° 006-2013-TR Lima, 2 de mayo de 2013 VISTO: Con fecha 17 de abril de 2013, el Consejo de la Orden del Trabajo, integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación del señor Juan Francisco Chacaltana Janampa para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo, promoviéndolo al
Otorgan Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de 'Comendador'

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 006-2013-TR


Lima, 2 de mayo de 2013
VISTO: Con fecha 17 de abril de 2013, el Consejo de la Orden del Trabajo, integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación del señor Juan Francisco Chacaltana Janampa para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo, promoviéndolo al grado de Comendador;
y,
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 3° y 21° del Reglamento de la 'Orden del Trabajo', aprobado por Decreto Supremo N° 003-74-TR, la Orden del Trabajo tiene cuatro grados y su Condecoración se otorga por la realización de acciones distinguidas o servicios meritorios;

Que, asimismo, el artículo 22° del referido Decreto Supremo prescribe que constituyen acciones distinguidas, los actos o servicios prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinterés, austeridad, abnegación y sacrificios superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demás personas; y que constituyen servicios meritorios: (i) Todo acto personal que contribuya a enaltecer el prestigio de las Instituciones del Sector Trabajo, tanto en el país como en el extranjero;
(ii) Haber contribuido en forma notable al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; (iii) La inspiración, el esfuerzo o la responsabilidad directiva para crear o perfeccionar entidades de alta significación para el progreso del Sector Trabajo; (iv) La producción de trabajo o investigación original relacionada con el Sector Trabajo y cuya aplicación contribuye significativamente al mejoramiento del Sector; y, (v) El desempeño eficiente en comisión de excepcional importancia o beneficio de las relaciones de trabajo o de la Seguridad Social;

Que, de acuerdo a los términos de la propuesta, el señor Juan Francisco Chacaltana Janampa ostenta una trayectoria como investigador en temas de empleo, juventud y economía laboral, así como temas relacionados con la pobreza, formalización empresarial y laboral;

Que, su experiencia profesional le ha permitido desempeñarse como Coordinador del Programa Interagencial de Naciones Unidas sobre Juventud, Empleo y Migración, función durante la cual, en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, impulsó diversas iniciativas innovadoras para la promoción del empleo; las que han servido para revitalizar las políticas públicas, institucionalizando diversos instrumentos que se brindan a través de la Ventanilla Única de Promoción del Empleo al servicio del ciudadano;

Que, a lo largo de su connotada trayectoria, ha sido Coordinador del Programa de Estadísticas y Estudios Laborales en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (1996-1998), dándole un mayor impulso a las estadísticas laborales; ampliando la cobertura temática y geográfica de las encuestas a empresas y a hogares (Encuesta Nacional de Variación Mensual del Empleo,
Encuesta de Sueldos y Salarios; y la Encuesta a Hogares Especializada en Niveles de Empleo); y propiciando la difusión de información con artículos especializados en los documentos, Boletín de Economía Laboral (BEL) y el Informe Estadístico Mensual (IEM);

Que, su preocupación por mejorar la difícil situación del empleo en el país lo ha llevado a una participación activa, brindando asistencia técnica para la elaboración de las Políticas Nacionales de Empleo, Plan Sectorial de Empleo Juvenil, implementación del Portal Perú Infomigra, del Programa de Capacitación Laboral Juvenil Projoven (Hoy Jóvenes a la Obra), del Programa Femenino de Consolidación del Empleo (Profece), que se dirigió a mujeres de bajos recursos y del Programa A Trabajar Urbano (Hoy Trabaja Perú), así como, el diseño de los instrumentos del Programa Certijoven, entre otros;

Que, por su contribución al desarrollo de las instituciones promotoras de empleo, en el año 2007, recibió la Condecoración de la Orden del Trabajo en grado de 'Oficial', correspondiéndole la promoción en un grado superior al conferido en su oportunidad;

Que, las referencias expuestas constituyen servicios meritorios; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto Ley N° 20585; el artículo 4° del Reglamento de la 'Orden del Trabajo', aprobado por Decreto Supremo N° 003-74-TR; y el numeral 4 del artículo 11° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de 'Comendador' al señor JUAN FRANCISCO CHACALTANA JANAMPA, extendiéndose el Diploma correspondiente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República TERESA NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

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