5/01/2013

Resolución Suprema 024-2013-EF Ratifican acuerdos de PROINVERSIÓN que aprueban el Plan de Promoción del

Ratifican acuerdos de PROINVERSIÓN que aprueban el Plan de Promoción del Proyecto: 'Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro' ECONOMIA Y FINANZAS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 024-2013-EF Lima, 30 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Plan Nacional para el Desarrollo de la Banda Ancha en el Perú elaborado en el año 2010, recomendó a las instituciones competentes del Estado, impulsar la construcción de una Red Dorsal de fibra
Ratifican acuerdos de PROINVERSIÓN que aprueban el Plan de Promoción del Proyecto: 'Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro'

ECONOMIA Y FINANZAS
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 024-2013-EF


Lima, 30 de abril de 2013
CONSIDERANDO:

Que, el Plan Nacional para el Desarrollo de la Banda Ancha en el Perú elaborado en el año 2010, recomendó a las instituciones competentes del Estado, impulsar la construcción de una Red Dorsal de fibra óptica, con la participación del sector privado a través de asociaciones público – privadas;

Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN N° 402-02-2011 de fecha 27 de enero de 2011, se asignó al Comité Especial en Proyectos de Energía e Hidrocarburos - PRO CONECTIVIDAD-, la conducción del proceso de promoción de la inversión privada de los proyectos denominados 'Cobertura Universal Sur', 'Cobertura Universal Norte' y 'Cobertura Universal Centro';

Que, mediante Decreto Supremo N° 066-2011-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 27 de julio de 2011, se aprobó el 'Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana 2.0', en el cual se plantea como estrategia la instalación de una Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica;

Que, el artículo 3° de la Ley N° 29904, Ley de Promoción de la Banda Ancha y Construcción de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica, declaró de necesidad pública e interés nacional, la construcción de una Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica que integre a todas las capitales de las provincias del país y el despliegue de redes de alta capacidad que integren a todos los distritos, a fin de hacer posible la conectividad de Banda Ancha fija y/o móvil y su masificación en todo el territorio nacional, en condiciones de competencia, estableciéndose mediante su artículo 8°, que la entidad encargada de conducir el proceso de concesión será la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN;

Que, mediante Oficio N° 057-2013-MTC/01 de fecha 13 de marzo de 2013, el Ministro de Transportes y Comunicaciones remitió a PROINVERSIÓN los proyectos
'Cobertura Universal Sur', 'Cobertura Universal Norte' y 'Cobertura Universal Centro', incluyendo sus respectivas Declaratorias de Viabilidad a Nivel de Factibilidad; y solicitó a esta entidad el inicio del Proceso de Promoción de la Inversión Privada;

Que, por Oficio N° 085-2013-MTC/03 de fecha 02 de abril de 2013, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones informó a PROINVERSIÓN que debido a las coordinaciones realizadas con la Dirección General de Política de Inversiones y la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas para la incorporación de los citados proyectos en el presupuesto del Pliego, se determinó la necesidad de modificar el nombre de los proyectos a 'Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica - Cobertura Universal Norte',
'Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica - Cobertura Universal Sur' y 'Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica -Cobertura Universal Centro';

Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN N° 517-2-2013-CPC, adoptado en la sesión de fecha 25 de abril de 2013, se acordó aprobar la modificación de la denominación de los proyectos así como el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del proyecto 'Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro'; asimismo, se acordó ratificar la incorporación del referido Proyecto, al Proceso de Promoción de la Inversión Privada a cargo de PROINVERSIÓN;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 5.2 del artículo 5° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1012 que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público –
Privadas para la generación del empleo productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada, aprobado por Decreto Supremo N° 146-2008-EF, y en los artículos 2° y 11° del Reglamento del Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al Sector Privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 060-96-PCM, los Acuerdos del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN referidos a la aprobación del Plan de Promoción y a la incorporación del Proyecto al Proceso de Promoción de la Inversión Privada a cargo de PROINVERSIÓN, deben ser ratificados por Resolución Suprema;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias, así como en el Decreto Supremo N° 060-96-PCM, y;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Ratificar los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 25 de abril de 2013, en virtud de los cuales:
i. Se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del proyecto 'Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro'.
ii. Se ratificó la incorporación del referido proyecto al Proceso de Promoción de la Inversión Privada a cargo de PROINVERSIÓN.

Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Transportes y Comunicaciones

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