5/09/2013

Resolución Suprema 114-2013-RE Autorizan a los Ministerios de Cultura, de Justicia y Derechos Humanos,

Autorizan a los Ministerios de Cultura, de Justicia y Derechos Humanos, del Ambiente y de Trabajo y Promoción del Empleo efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN SUPREMA N° 114-2013-RE Lima, 8 de mayo de 2013 VISTO: El oficio N° 234-2013-SG/MC de fecha 4 de abril de 2013, del Ministerio de Cultura, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el primer pago por concepto de
Autorizan a los Ministerios de Cultura, de Justicia y Derechos Humanos, del Ambiente y de Trabajo y Promoción del Empleo efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales

RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 114-2013-RE


Lima, 8 de mayo de 2013
VISTO:

El oficio N° 234-2013-SG/MC de fecha 4 de abril de 2013, del Ministerio de Cultura, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el primer pago por concepto de cuotas internacionales correspondientes al año 2013, a diversos organismos internacionales de los cuales el Perú es país miembro;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2013, establece en el Anexo B las Cuotas Internacionales para el Año Fiscal 2013, correspondientes a cada Pliego Presupuestario;

Que, el numeral 67.3 del artículo 67° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno Peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro;

Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación técnica y asistencia técnica internacional;

Que, mediante el oficio señalado, el Ministerio de Cultura solicita se autorice el primer pago de las cuotas internacionales correspondientes al año 2013, a diversos organismos internacionales de los cuales el Perú es país miembro, con cargo al presupuesto del Pliego 003:

Ministerio de Cultura;

De conformidad con lo establecido en el artículo 67°, numeral 67.3, de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y en la Ley N° 29951,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar al Ministerio de Cultura a efectuar el primer pago por concepto de cuotas internacionales correspondientes al año 2013, a los siguientes organismos internacionales por los montos que a continuación se indican:

ORGANISMO PROGRAMA MONEDA IMPORTE
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura -UNESCO Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial US$ 3,820.00
Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural US$ 3,820.00
Secretaría General Iberoamericana - SEGIB Programa IBERESCENA US$ 75,000.00
Programa IBER – RUTAS EUR 10,000.00
Programa IBERMUSICA US$ 50,000.00
Programa IBERMUSEOS US$ 30,000.00
Programa IBERARCHIVOS
– Programa ADAI
EUR 8,500.00
Secretaría Ejecutiva de la Cinematografía Iberoamericana - SECI Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica
- CACI
US$ 12,214.02
Asociación Latinoamericana de Archivos – ALA Asociación Latinoamericana de Archivos – ALA US$ 300.00
International Federations of Library Associations – IFLA International Federations of Library Associations – IFLA EUR 1,403.19
Artículo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Pliego 003: Ministerio de Cultura.

Artículo 3°.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.

Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores

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