6/01/2013

Decreto Supremo 009-2013-MIDIS Aprueban el mecanismo de asignación por resultados 'Identidad e Inclusión

Aprueban el mecanismo de asignación por resultados 'Identidad e Inclusión Social' DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL DECRETO SUPREMO N° 009-2013-MIDIS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cuya nalidad es mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector
Aprueban el mecanismo de asignación por resultados 'Identidad e Inclusión Social'

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
DECRETO SUPREMO N° 009-2013-MIDIS


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cuya nalidad es mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil;

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 001-2012, se trans rió al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH, el que comprende la base de datos socioeconómica única (Padrón General de Hogares);

Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2012-EF, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 40 408 777.00 (Cuarenta millones cuatrocientos ocho mil setecientos setenta y siete y 00/100 Nuevos Soles), a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, para desarrollar acciones de levantamiento de información del Sistema de Focalización de Hogares - SISFOH, para la elegibilidad de los bene ciarios del Programa Nacional de Asistencia Solidaria 'Pensión 65', de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 081-2011-PCM;

Que, asimismo, de acuerdo con el numeral 8.2 del artículo 8 del Decreto de Urgencia N° 016-2012, se autorizó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a realizar una Transferencia de Partidas a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, hasta por la suma de S/. 8 500 000.00 (Ocho millones quinientos mil y 00/100
Nuevos Soles), para el empadronamiento complementario de hogares, en el marco de la implementación del Padrón General de Hogares, que compone el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH);

Que, como consecuencia de los procesos de empadronamiento complementario de hogares realizados en dieciséis (16) regiones del Perú, conforme a las normas señaladas en los considerandos precedentes, se ha tomado conocimiento de la existencia de un grupo poblacional en situación de pobreza extrema que carece de Documento Nacional de Identidad, lo que imposibilita la identi cación precisa de su titular y el ejercicio de los derechos civiles y políticos previstos en la Constitución Política del Perú;

Que, la carencia del Documento Nacional de Identidad en el caso de las poblaciones en situación de extrema pobreza es particularmente preocupante pues no permite el acceso a los servicios, prestaciones y oportunidades que ofrecen los programas sociales y de subsidios administrados por el Estado;

Que, a efectos de contrarrestar la situación advertida, conforme al artículo 24 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, en el marco del Programa Presupuestal 'Acceso de la Población a la Identidad', se autorizó la realización de modi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil – RENIEC, hasta por el monto de S/. 28 000 000.00 (Veintiocho millones y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a los recursos a los que hace referencia el artículo 44 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, con la nalidad de nanciar las acciones necesarias para el cierre de brechas de identi cación en zonas de extrema pobreza, a favor de las poblaciones que determine el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

Que, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo 24 de la Ley N° 29951, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de esta última, se aprueban, de ser necesarias, las disposiciones complementarias para la mejor aplicación de dicha disposición;

Que, en concordancia con lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, compete a la Dirección General de Gestión de Usuarios del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, dictar las políticas para la gestión de información sobre los usuarios de los programas sociales; así como diseñar e implementar el sistema de identi cación, selección y registro de usuarios, y el sistema de seguimiento de usuarios, con el n de orientar las acciones del Estado hacia la mayor efectividad de las intervenciones de alivio y superación de la pobreza;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N° 29951, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través de la Dirección General de Gestión de Usuarios, ha propuesto disposiciones complementarias orientadas al cierre de brechas de identi cación en zonas de pobreza extrema, a través del mecanismo de asignación por resultados de los recursos cuya transferencia ha sido autorizada a favor del Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil – RENIEC, por el citado dispositivo legal;

Que, en dicho sentido, es necesario aprobar disposiciones complementarias orientadas a promover el acceso de la población de zonas de extrema pobreza, incluida en el Registro de Indocumentados administrado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a una oferta de programas y servicios integrales a cargo del Estado, brindándoles de manera gratuita, por primera vez, el Documento Nacional de Identidad, o renovando su vigencia, lo cual les permitirá incorporarse como nuevos usuarios de los programas sociales y de subsidios que administra el Estado;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación del mecanismo de asignación por resultados 'Identidad e Inclusión Social'
Apruébense los compromisos y metas para el cierre de brechas de identi cación en zonas de pobreza extrema, a través del mecanismo de asignación por resultados de los recursos cuya transferencia ha sido autorizada a favor del Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil
– RENIEC, por el artículo 24 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, denominado 'Identidad e Inclusión Social'.

Artículo 2.- Objeto de 'Identidad e Inclusión Social'
'Identidad e Inclusión Social' es el mecanismo de asignación por resultados orientado al cierre de brechas de identi cación a n de promover el acceso de la población de zonas de extrema pobreza, incluida en el Registro de Indocumentados administrado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a una oferta de programas y servicios integrales a cargo del Estado, a través de la emisión, de manera gratuita, por primera vez, del Documento Nacional de Identidad; la renovación de su vigencia; o la asistencia registral.

Artículo 3.- Ámbito de aplicación La presente norma es de aplicación por el Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil – RENIEC, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y los Gobiernos Locales y sectores del Poder Ejecutivo involucrados con la población objetivo de 'Identidad e Inclusión Social'.

Artículo 4.- Registro de Indocumentados 4.1. A efectos de lo dispuesto en la presente norma, el Registro de Indocumentados es un registro nominal de personas que no cuentan con Documento Nacional de Identidad o cuyo Documento Nacional de Identidad ha perdido vigencia, elaborado y administrado por la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sobre la base de:
a) La información de indocumentados provista por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, como consecuencia del empadronamiento de hogares realizado por encargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, o por las Unidades Locales de Focalización – ULF del Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH.
b) La validación de las bases de datos generadas a partir del empadronamiento referido en el literal precedente, a través de la contrastación de tales bases de datos con el Registro Único de Identi cación de las Personas Naturales, según la información remitida por el Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil
– RENIEC.
4.2. Aquellas personas que no hayan obtenido el Documento Nacional de Identidad, o cuyo Documento Nacional de Identidad haya perdido vigencia, que no se encuentren en el Registro de Indocumentados, podrán ser inscritas en este registro previa aplicación de la Ficha Socioeconómica Única – FSU, conforme a los procedimientos establecidos al efecto por la Unidad Central de Focalización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
4.3. La Dirección General de Gestión del Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, se encarga de mantener actualizado el Registro de Indocumentados y de garantizar la calidad de la información contenida en él, contrastando periódicamente dicho registro con el Registro Único de Identi cación de las Personas Naturales, según la información remitida por el Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil – RENIEC.

Artículo 5.- Población objetivo de 'Identidad e Inclusión Social'
5.1. La población objetivo de 'Identidad e Inclusión Social' comprende a:
5.1.1. Las personas que no hayan obtenido el Documento Nacional de Identidad, o cuyo Documento Nacional de Identidad ha perdido vigencia, y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Se encuentren inscritos en el Registro de Indocumentados administrado por la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
b) Hayan sido clasi cados como pobres extremos por el Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH.
5.1.2. Los menores de veinticuatro (24) meses que no cuenten con el Documento Nacional de Identidad, siempre y cuando su padre, madre o tutor haya sido clasi cado como pobre extremo por el Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH.
5.1.3. Todas las personas que no hayan obtenido el Documento Nacional de Identidad, o cuyo Documento Nacional de Identidad haya perdido vigencia, siempre que residan en los distritos priorizados por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social que se indican en el Anexo 3.
5.2. La Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social entregará al Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil
– RENIEC el listado de la población objetivo incluida en el Registro de Indocumentados, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de publicado el presente decreto supremo. Dicho listado se complementará cada vez que se actualice el Registro de Indocumentados.

Artículo 6.- Financiamiento y ejecución de metas de identi cación 6.1. 'Identidad e Inclusión Social' permitirá el nanciamiento del cierre de brechas de identi cación de no menos de 220 000 personas, hasta por el monto de S/. 28 000 000.00 (Veintiocho millones y 00/100 Nuevos Soles) con cargo a los recursos a los que hace referencia el artículo 24 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013.
6.2. La meta de identi cación señalada en el numeral anterior comprende tanto la emisión del Documento Nacional de Identidad (nuevos y renovados por caducidad), como las actividades de asistencia registral a cargo del Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil – RENIEC, las que no deberán exceder del seis por ciento (6%) de la meta indicada.

Artículo 7.- Compromisos y metas a cumplir por el Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil
– RENIEC para la asignación de recursos La asignación al Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil – RENIEC, de los recursos a que hace referencia el artículo 6 de la presente norma, durante el ejercicio 2013, se realiza en dos (2) tramos, previo cumplimiento de los dos (2) primeros compromisos (entregables) señalados en el Anexo 1 del presente decreto supremo. La veri cación del cumplimiento de los referidos compromisos para la respectiva asignación de recursos, está a cargo de la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

Artículo 8.- Asignación de recursos al Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil – RENIEC
8.1. A efectos de la transferencia de recursos a favor del Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil –
RENIEC, la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobará, luego de la veri cación del cumplimiento de los compromisos y metas establecidas en el Anexo 1 de la presente norma, el informe de validación de las acciones realizadas por el Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil
– RENIEC en cada tramo, y lo remitirá al Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley N° 29951.
8.2. La validación de acciones a cargo de la Dirección General de Gestión de Usuarios, a efectos de la transferencia de recursos del tramo 2, indicado en el Anexo 1 de la presente norma, tomará en cuenta tanto los documentos nacionales de identidad emitidos como las asistencias registrales brindadas por el Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil – RENIEC, conforme al Plan de Implementación que dicho organismo elaborará en base al Anexo 2, Contenidos Mínimos del Plan de Implementación, de la presente norma.
8.3. En caso el Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil – RENIEC no alcance en la fecha establecida, el porcentaje de ejecución previsto para el tramo 2, según lo indicado en el Anexo 1 de la presente norma, los recursos serán asignados en forma proporcional al nivel de cumplimiento del compromiso de dicho tramo.

Artículo 9.- Calidad de la información El Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil
– RENIEC es responsable de la veracidad y con abilidad de la información remitida al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

Artículo 10.- Del uso de los recursos Los recursos transferidos al Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil – RENIEC según el mecanismo de asignación previsto en la presente norma, se destinan exclusivamente al cierre de brechas de identi cación, conforme a lo establecido en el Anexo 1 del presente decreto supremo.

El titular del Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil – RENIEC supervisará, bajo responsabilidad, que los recursos asignados efectivamente se orienten al cumplimiento del referido Plan de Implementación presentado ante el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

Artículo 11.- Acciones para la convocatoria y organización de la población objetivo, y difusión de los alcances de 'Identidad e Inclusión Social'
11.1. Los gobiernos locales donde reside la población objetivo, participarán activamente, en coordinación con el Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil –
RENIEC, en las actividades necesarias para convocar y organizar a dicha población y a las personas que no se encuentren inscritas en el Registro de Indocumentados que administra el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, así como en la difusión, en sus respectivos ámbitos y jurisdicciones, de los alcances del servicio que brindará el Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil – RENIEC en el marco de 'Identidad e Inclusión Social'.

Los sectores, a través de sus programas y proyectos, podrán colaborar en las referidas actividades de difusión, conforme a sus competencias y ámbito de intervención.
11.2. El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través de la Dirección General de Gestión de Usuarios, adoptará las medidas necesarias para difundir en los gobiernos locales donde reside la población objetivo, el Registro de Indocumentados y el Plan de Implementación presentado por el Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil – RENIEC. Asimismo, difundirá a dicha población, los mecanismos de incorporación al Registro de Indocumentados del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
11.3. A efectos de lo dispuesto en el presente artículo, podrán establecerse relaciones de coordinación con la Asociación de Municipalidades del Perú – AMPE, la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales – REMURPE u otros órganos representativos constituidos al amparo del artículo 125 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
1 1.4. Las entidades públicas bajo el ámbito de aplicación del presente decreto supremo podrán promover, en el marco de sus competencias, la participación del sector privado en las actividades de difusión y convocatoria de la población objetivo.

Artículo 12.- Vigencia La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

Artículo 13.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
Primera.- El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobará las reglas y procedimientos para el mantenimiento y actualización del Registro de Indocumentados, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles a partir de la publicación del presente decreto supremo.

Segunda.- El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social evaluará el impacto del mecanismo 'Identidad e Inclusión Social' en el marco de las políticas de desarrollo e inclusión social, a n de proponer su implementación como política pública, de ser el caso.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintaiún días del mes de mayo del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social ANEXO 1
COMPROMISOS Y METAS A SER CUMPLIDAS PARA LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS
Tramo Compromisos a cumplir (entregables)
Plazo máximo de cumplimiento por el RENIEC Plazo máximo para veri cación del cumplimiento del compromiso y comunicación de resultados (A cargo de la DGGU del MIDIS) (A)
Plazo máximo para formulación de observaciones (por parte del RENIEC)
Plazo máximo para evaluación de observaciones y noti cación de resultados nales del proceso de veri cación (A cargo de la DGGU del MIDIS) (B)
Plazo máximo para la presentación al MEF del informe de validación de las acciones del RENIEC
(A cargo de la DGGU del MIDIS)
Recursos a asignar por cada tramo (En Nuevos Soles)
1
Presentación del Plan de Implementación, el que debe contener necesariamente la información señalada en el Anexo 2.

Hasta 7 días calendario desde el día siguiente de la publicación del decreto supremo 5 días calendario desde la presentación del Plan de Implementación 5 días calendario de comunicados al RENIEC los resultados de la veri cación 5 días calendario desde la presentación de las observaciones 5 días calendario desde la conformidad otorgada por la DGGU del MIDIS al Plan de Implementación (A o B, según corresponda)
14 000 000.00
2
Presentación del informe de ejecución del 50% de la meta referida en el artículo 6 del decreto supremo.

Hasta el 15 de setiembre de 2013
5 días calendario desde la presentación del informe de ejecución 5 días calendario de comunicados al RENIEC los resultados de la veri cación 5 días calendario desde la presentación de las observaciones 5 días calendario desde la conformidad otorgada por la DGGU del MIDIS al informe de ejecución (A o B, según corresponda)
14 000 000.00
3
Presentación del informe de ejecución del 100% de la meta referida en el artículo 6 del decreto supremo, y del balance operativo y nanciero de las actividades realizadas en el marco de 'Identidad e Inclusión Social'.

Hasta el 15 de diciembre de 2013
No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica ANEXO N° 2
CONTENIDOS MÍNIMOS DEL PLAN DE
IMPLEMENTACIÓN
'IDENTIDAD E INCLUSIÓN SOCIAL'
El presente formato señala los contenidos mínimos que deberá tener el Plan de Implementación que el Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil –
RENIEC deberá presentar al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social como primer compromiso a cumplir en el marco del mecanismo de asignación 'Identidad e Inclusión Social'.

Los objetivos que debe cumplir el plan son los siguientes:
i). Promover la e ciencia en la entrega de DNI, plani cando los productos de modo que se logren los menores costos.
ii) Priorizar la atención de los distritos donde la carencia de DNI haya afectado la cobertura de los programas sociales.

I. INFORMACIÓN GENERAL
1.1 Entidad Responsable Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil – RENIEC
1.2 Unidad Orgánica Responsable Coordinadoras:
• Gerencia General
• Gerencia de Plani cación y Presupuesto Responsables:
• Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social. - GRIAS
• Gerencia de Operaciones Registrales. - GOR
• Gerencia de Registros de Identidad. - GRI
1.3 Funcionario Responsable Coordinadores:
• Gerente General
• Gerente de Plani cación y Presupuesto Responsables:
• Gerente de Restitución de la Identidad y Apoyo Social. - GRIAS
• Gerente de Operaciones Registrales. - GOR
• Gerente de Registros de Identidad. - GRI
II. DISEÑO DEL PROYECTO 'Identidad e Inclusión Social'
2.1. Principales productos
'Identidad e Inclusión Social' contempla tres productos, el primero constituido por los DNI emitidos por primera vez; el segundo producto, constituido por los DNI emitidos para el mantenimiento de la vigencia de la identidad; y el tercero, referido a la asistencia registral.

Tabla N° 1: Diseño del Producto 1 - DNI emitidos por primera vez Denominación del producto 1
DNI emitido por primera vez.

Descripción breve del producto Emisión de DNI a personas que nunca lo obtuvieron.

Población Objetivo Población comprendida en el artículo 5 del Decreto Supremo que no haya obtenido Documento Nacional de Identidad.

Responsable de la entrega del producto Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social
– GRIAS.

Unidad de medida del indicador de producción física Número de DNI emitidos por primera vez, en el marco de 'Identidad e Inclusión Social'.

Tabla N° 2: Diseño del Producto 2 – DNI emitido para el mantenimiento de la Vigencia de Identidad Denominación del producto 2
DNI emitido para el mantenimiento de la vigencia de Identidad.

Descripción breve del producto Emisión de DNI a ciudadanos que cuentan con dicho documento pero que no se encuentra vigente.

Población objetivo Población comprendida en el artículo 5 del Decreto Supremo cuyo Documento Nacional de Identidad requiera renovación.

Responsable de la entrega del producto Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social – GRIAS.

Unidad de medida del indicador de producción física Número de DNI emitidos, cuya vigencia ha sido renovada.

Tabla N° 3: Diseño del Producto 3 – Asistencia Registral Denominación del producto 3
Asistencia Registral.

Descripción breve del producto Brindar atención a los ciudadanos que lo requieran ante problemas que presenta su partida de nacimiento y que les impiden realizar trámites para la obtención del DNI.

Población objetivo Población comprendida en el artículo 5 del Decreto Supremo y que presenten problemas con su partida de nacimiento, lo que no les permite obtener el Documento Nacional de Identidad.

Responsable de la entrega del producto Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social – GRIAS.

Unidad de medida del indicador de producción física Número de atenciones de asistencia registral, realizadas a personas con problemas en su partida de nacimiento.
2.2. Estructura de costos: Actividades, tareas e insumos Tabla N° 4: Estructura de costos de las actividades correspondientes al Producto 1 - DNI emitidos por primera vez Denominación de la actividad 1.1
Describa brevemente la actividad Denominación de la actividad 1.2
Describa brevemente la actividad Denominación de la actividad 1.3
Describa brevemente la actividad Tabla N° 5: Actividades correspondientes al Producto 2-Mantenimiento de la Vigencia de Identidad Denominación de la actividad 2.1
Describa brevemente la actividad Denominación de la actividad 2.2
Describa brevemente la actividad Tabla N° 6: Actividades correspondientes al Producto 3
- Asistencia Registral Denominación de la actividad 3.1
Describa brevemente la actividad Denominación de la actividad 3.2
Describa brevemente la actividad Denominación de la actividad 3.3
Describa brevemente la actividad III. PROGRAMACION FISICA Y FINANCIERA
3.1. Programación de producción y presupuesto Tabla N° 7: Programación de la producción y de los recursos presupuestales del 'Identidad e Inclusión Social'
PRODUCTO / ACTIVIDAD Unidad de Producción (Unidad de Medida)
Meta de Producción Física (Meta Física)
Recursos Financieros (S/.)
Producto 1: DNI emitidos por primera vez Número de DNI emitidos por primera vez Producto 2: Mantenimiento de la Vigencia de Identidad Número de personas a las que se ha renovado la vigencia de la identidad Producto 3: Asistencia Registral Número de personas a las que se ha brindado asistencia registral 3.2 Programación mensual Tabla N° 8: Programación mensual de las metas físicas de 'Identidad e Inclusión Social'
PRODUCTO / ACTIVIDAD Unidad de Producción (Unidad de Medida)
Meta de Producción Física (Meta Física)
Mayo 2013
Junio 2013
Julio 2013
Agosto 2013
Setiembre 2013
Octubre 2013
Noviembre 2013
Diciembre 2013
Anual Producto 1: DNI emitidos por primera vez Producto 2: Mantenimiento de la Vigencia de Identidad Productor 3: Asistencia Registral TOTAL Tabla N° 10: Estimación de costos unitarios por región de los productos de 'Identidad e Inclusión Social'
En este sección se debe colocar la estimación de costos unitarios para cada producto (emisión de nuevos DNI y mantenimiento de la vigencia de a identidad) por departamento y, de ser conveniente, por región natural.

PRODUCTO / REGIÓN Unidad de Producción (Unidad de Medida)
Meta propuesta Presupuesto Total por región Estimación de costos unitarios Producto 1: DNI emitidos por primera vez Número de DNI emitidos por primera vez.

Región 1
Región 2
Región 3
Región 4
Región 5
Región 6
Región 7
Región 8
Región 9
Región 10
Región 11
Región 12
Región 13
Producto 2: Mantenimiento de la Vigencia de Identidad Número de DNI emitidos, cuya vigencia ha sido renovada.

Región 1
Región 2
Región 3
Región 4
Región 5
Región 6
Región 7
Región 8
Región 9
Región 10
Región 11
Región 12
Región 13
Producto 3: Asistencia Registral Número de atenciones de asistencia registral, realizadas a personas con problemas en su partida de nacimiento.

Región 1
Región 2
Región 3
Región 4
Región 5
Región 6
Región 7
Región 8
Región 9
Región 10
Región 11
PRODUCTO / REGIÓN Unidad de Producción (Unidad de Medida)
Meta propuesta Presupuesto Total por región Estimación de costos unitarios Región 12
Región 13
ANEXO 3
Distritos seleccionados para focalización geográ ca Ubigeo Departamento Provincia Distrito 010312 AMAZONAS BONGARA YAMBRASBAMBA
010502 AMAZONAS LUYA CAMPORREDONDO
010514 AMAZONAS LUYA PISUQUIA
010703 AMAZONAS UTCUBAMBA CUMBA
020106 ANCASH HUARAZ JANGAS
020110 ANCASH HUARAZ PARIACOTO
020111 ANCASH HUARAZ PIRA
020112 ANCASH HUARAZ TARICA
020301 ANCASH ANTONIO RAYMONDI LLAMELLIN
020305 ANCASH ANTONIO RAYMONDI MIRGAS
020401 ANCASH ASUNCION CHACAS
020402 ANCASH ASUNCION ACOCHACA
020501 ANCASH BOLOGNESI CHIQUIAN
020504 ANCASH BOLOGNESI AQUIA
020508 ANCASH BOLOGNESI HUALLANCA
020509 ANCASH BOLOGNESI HUASTA
020601 ANCASH CARHUAZ CARHUAZ
020606 ANCASH CARHUAZ MARCARA
020701ANCASH CARLOS FERMIN
FITZCARRALD
SAN LUIS
020702ANCASH CARLOS FERMIN
FITZCARRALD
SAN NICOLAS
020703ANCASH CARLOS FERMIN
FITZCARRALD
YAUYA
020801 ANCASH CASMA CASMA
021001 ANCASH HUARI HUARI
021004 ANCASH HUARI CHAVIN DE HUANTAR
021007 ANCASH HUARI HUACHIS
021008 ANCASH HUARI HUANTAR
021014 ANCASH HUARI SAN MARCOS
021201 ANCASH HUAYLAS CARAZ
021206 ANCASH HUAYLAS PAMPAROMAS
021207 ANCASH HUAYLAS PUEBLO LIBRE
021208 ANCASH HUAYLAS SANTA CRUZ
021301 ANCASH MARISCAL LUZURIAGA PISCOBAMBA
021304 ANCASH MARISCAL LUZURIAGA FIDEL OLIVAS ESCUDERO
021306 ANCASH MARISCAL LUZURIAGA LLUMPA
021307 ANCASH MARISCAL LUZURIAGA LUCMA
021501 ANCASH PALLASCA CABANA
021503 ANCASH PALLASCA CONCHUCOS
021509 ANCASH PALLASCA PAMPAS
021511 ANCASH PALLASCA TAUCA
021601 ANCASH POMABAMBA POMABAMBA
021603 ANCASH POMABAMBA PAROBAMBA
021604 ANCASH POMABAMBA QUINUABAMBA
021701 ANCASH RECUAY RECUAY
021702 ANCASH RECUAY CATAC
021802 ANCASH SANTA CACERES DEL PERU
021804 ANCASH SANTA MACATE
021805 ANCASH SANTA MORO
021901 ANCASH SIHUAS SIHUAS
021904 ANCASH SIHUAS CASHAPAMPA
Tabla N° 9: Programación mensual de las metas nancieras de 'Identidad e Inclusión Social'
PRODUCTO / ACTIVIDAD Meta de Ejecución Financiera (Meta Financiera)
Mayo 2013 Junio 2013 Julio 2013 Agosto 2013
Setiembre 2013
Octubre 2013
Noviembre 2013
Diciembre 2013
Anual Producto 1: DNI emitidos por primera vez Producto 2: Mantenimiento de la Vigencia de Identidad Producto 3: Asistencia Registral TOTAL Ubigeo Departamento Provincia Distrito 021906 ANCASH SIHUAS HUAYLLABAMBA
021908 ANCASH SIHUAS RAGASH
021909 ANCASH SIHUAS SAN JUAN
022001 ANCASH YUNGAY YUNGAY
022003 ANCASH YUNGAY MANCOS
022005 ANCASH YUNGAY QUILLO
022008 ANCASH YUNGAY YANAMA
060102 CAJAMARCA CAJAMARCA ASUNCION
060103 CAJAMARCA CAJAMARCA CHETILLA
060104 CAJAMARCA CAJAMARCA COSPAN
060105 CAJAMARCA CAJAMARCA ENCAÑADA
060106 CAJAMARCA CAJAMARCA JESUS
060107 CAJAMARCA CAJAMARCA LLACANORA
060108 CAJAMARCA CAJAMARCA LOS BAÑOS DEL INCA
060109 CAJAMARCA CAJAMARCA MAGDALENA
060111 CAJAMARCA CAJAMARCA NAMORA
060112 CAJAMARCA CAJAMARCA SAN JUAN
060201 CAJAMARCA CAJABAMBA CAJABAMBA
060202 CAJAMARCA CAJABAMBA CACHACHI
060203 CAJAMARCA CAJABAMBA CONDEBAMBA
060204 CAJAMARCA CAJABAMBA SITACOCHA
060301 CAJAMARCA CELENDIN CELENDIN
060302 CAJAMARCA CELENDIN CHUMUCH
060303 CAJAMARCA CELENDIN CORTEGANA
060304 CAJAMARCA CELENDIN HUASMIN
060306 CAJAMARCA CELENDIN JOSE GALVEZ
060307 CAJAMARCA CELENDIN MIGUEL IGLESIAS
060308 CAJAMARCA CELENDIN OXAMARCA
060309 CAJAMARCA CELENDIN SOROCHUCO
060310 CAJAMARCA CELENDIN SUCRE
060312 CAJAMARCA CELENDIN LA LIBERTAD DE PALLAN
060401 CAJAMARCA CHOTA CHOTA
060403 CAJAMARCA CHOTA CHADIN
060404 CAJAMARCA CHOTA CHIGUIRIP
060405 CAJAMARCA CHOTA CHIMBAN
060406 CAJAMARCA CHOTA CHOROPAMPA
060407 CAJAMARCA CHOTA COCHABAMBA
060408 CAJAMARCA CHOTA CONCHAN
060409 CAJAMARCA CHOTA HUAMBOS
060410 CAJAMARCA CHOTA LAJAS
060411 CAJAMARCA CHOTA LLAMA
060412 CAJAMARCA CHOTA MIRACOSTA
060413 CAJAMARCA CHOTA PACCHA
060415 CAJAMARCA CHOTA QUEROCOTO
060417 CAJAMARCA CHOTA TACABAMBA
060419 CAJAMARCA CHOTA CHALAMARCA
060501 CAJAMARCA CONTUMAZA CONTUMAZA
060505 CAJAMARCA CONTUMAZA SAN BENITO
060601 CAJAMARCA CUTERVO CUTERVO
060602 CAJAMARCA CUTERVO CALLAYUC
060603 CAJAMARCA CUTERVO CHOROS
060606 CAJAMARCA CUTERVO PIMPINGOS
060607 CAJAMARCA CUTERVO QUEROCOTILLO
060608 CAJAMARCA CUTERVO SAN ANDRES DE CUTERVO
060612 CAJAMARCA CUTERVO SANTO DOMINGO DE LA
CAPILLA
060613 CAJAMARCA CUTERVO SANTO TOMAS
060614 CAJAMARCA CUTERVO SOCOTA
060701 CAJAMARCA HUALGAYOC BAMBAMARCA
060703 CAJAMARCA HUALGAYOC HUALGAYOC
060801 CAJAMARCA JAEN JAEN
060802 CAJAMARCA JAEN BELLAVISTA
060803 CAJAMARCA JAEN CHONTALI
060804 CAJAMARCA JAEN COLASAY
060805 CAJAMARCA JAEN HUABAL
060806 CAJAMARCA JAEN LAS PIRIAS
060807 CAJAMARCA JAEN POMAHUACA
060808 CAJAMARCA JAEN PUCARA
060809 CAJAMARCA JAEN SALLIQUE
060810 CAJAMARCA JAEN SAN FELIPE
060811 CAJAMARCA JAEN SAN JOSE DEL ALTO
060812 CAJAMARCA JAEN SANTA ROSA
060901 CAJAMARCA SAN IGNACIO SAN IGNACIO
060902 CAJAMARCA SAN IGNACIO CHIRINOS
060903 CAJAMARCA SAN IGNACIO HUARANGO
060905 CAJAMARCA SAN IGNACIO NAMBALLE
060906 CAJAMARCA SAN IGNACIO SAN JOSE DE LOURDES
060907 CAJAMARCA SAN IGNACIO TABACONAS
061001 CAJAMARCA SAN MARCOS PEDRO GALVEZ
Ubigeo Departamento Provincia Distrito 061002 CAJAMARCA SAN MARCOS CHANCAY
061003 CAJAMARCA SAN MARCOS EDUARDO VILLANUEVA
061004 CAJAMARCA SAN MARCOS GREGORIO PITA
061006 CAJAMARCA SAN MARCOS JOSE MANUEL QUIROZ
061007 CAJAMARCA SAN MARCOS JOSE SABOGAL
061101 CAJAMARCA SAN MIGUEL SAN MIGUEL
061104 CAJAMARCA SAN MIGUEL CATILLUC
061105 CAJAMARCA SAN MIGUEL EL PRADO
061107 CAJAMARCA SAN MIGUEL LLAPA
061109 CAJAMARCA SAN MIGUEL NIEPOS
061111 CAJAMARCA SAN MIGUEL SAN SILVESTRE DE COCHAN
061112 CAJAMARCA SAN MIGUEL TONGOD
061113 CAJAMARCA SAN MIGUEL UNION AGUA BLANCA
061201 CAJAMARCA SAN PABLO SAN PABLO
061202 CAJAMARCA SAN PABLO SAN BERNARDINO
061204 CAJAMARCA SAN PABLO TUMBADEN
061301 CAJAMARCA SANTA CRUZ SANTA CRUZ
061302 CAJAMARCA SANTA CRUZ ANDABAMBA
061304 CAJAMARCA SANTA CRUZ CHANCAYBAÑOS
061305 CAJAMARCA SANTA CRUZ LA ESPERANZA
061306 CAJAMARCA SANTA CRUZ NINABAMBA
061307 CAJAMARCA SANTA CRUZ PULAN
061310 CAJAMARCA SANTA CRUZ UTICYACU
061311 CAJAMARCA SANTA CRUZ YAUYUCAN
080207 CUSCO ACOMAYO SANGARARA
080404 CUSCO CALCA LARES
080406 CUSCO CALCA SAN SALVADOR
080605 CUSCO CANCHIS PITUMARCA
080702 CUSCO CHUMBIVILCAS CAPACMARCA
080706 CUSCO CHUMBIVILCAS LLUSCO
081003 CUSCO PARURO CCAPI
081006 CUSCO PARURO OMACHA
081101 CUSCO PAUCARTAMBO PAUCARTAMBO
081103 CUSCO PAUCARTAMBO CHALLABAMBA
100104 HUANUCO HUANUCO CHURUBAMBA
100105 HUANUCO HUANUCO MARGOS
100109 HUANUCO HUANUCO SANTA MARIA DEL VALLE
100307 HUANUCO DOS DE MAYO CHUQUIS
100311 HUANUCO DOS DE MAYO MARIAS
100401 HUANUCO HUACAYBAMBA HUACAYBAMBA
100503 HUANUCO HUAMALIES CHAVIN DE PARIARCA
100801 HUANUCO PACHITEA PANAO
100803 HUANUCO PACHITEA MOLINO
100804 HUANUCO PACHITEA UMARI
101007 HUANUCO LAURICOCHA SAN MIGUEL DE CAURI
101101 HUANUCO YAROWILCA CHAVINILLO
110108 ICA ICA SALAS
120119 JUNIN HUANCAYO HUANCAN
120213 JUNIN CONCEPCION ORCOTUNA
120402 JUNIN JAUJA ACOLLA
120708 JUNIN TARMA SAN PEDRO DE CAJAS
120903 JUNIN CHUPACA CHONGOS BAJO
130102 LA LIBERTAD TRUJILLO EL PORVENIR
130104 LA LIBERTAD TRUJILLO HUANCHACO
130205 LA LIBERTAD ASCOPE PAIJAN
130301 LA LIBERTAD BOLIVAR BOLIVAR
130302 LA LIBERTAD BOLIVAR BAMBAMARCA
130303 LA LIBERTAD BOLIVAR CONDORMARCA
130304 LA LIBERTAD BOLIVAR LONGOTEA
130305 LA LIBERTAD BOLIVAR UCHUMARCA
130402 LA LIBERTAD CHEPEN PACANGA
130501 LA LIBERTAD JULCAN JULCAN
130502 LA LIBERTAD JULCAN CALAMARCA
130503 LA LIBERTAD JULCAN CARABAMBA
130504 LA LIBERTAD JULCAN HUASO
130601 LA LIBERTAD OTUZCO OTUZCO
130602 LA LIBERTAD OTUZCO AGALLPAMPA
130604 LA LIBERTAD OTUZCO CHARAT
130605 LA LIBERTAD OTUZCO HUARANCHAL
130611 LA LIBERTAD OTUZCO SALPO
130613 LA LIBERTAD OTUZCO SINSICAP
130614 LA LIBERTAD OTUZCO USQUIL
130702 LA LIBERTAD PACASMAYO GUADALUPE
130705 LA LIBERTAD PACASMAYO SAN JOSE
130801 LA LIBERTAD PATAZ TAYABAMBA
130802 LA LIBERTAD PATAZ BULDIBUYO
130803 LA LIBERTAD PATAZ CHILLIA
Ubigeo Departamento Provincia Distrito 130804 LA LIBERTAD PATAZ HUANCASPATA
130806 LA LIBERTAD PATAZ HUAYO
130807 LA LIBERTAD PATAZ ONGON
130808 LA LIBERTAD PATAZ PARCOY
130813 LA LIBERTAD PATAZ URPAY
130901 LA LIBERTAD SANCHEZ CARRION HUAMACHUCO
130902 LA LIBERTAD SANCHEZ CARRION CHUGAY
130903 LA LIBERTAD SANCHEZ CARRION COCHORCO
130904 LA LIBERTAD SANCHEZ CARRION CURGOS
130905 LA LIBERTAD SANCHEZ CARRION MARCABAL
130906 LA LIBERTAD SANCHEZ CARRION SANAGORAN
130907 LA LIBERTAD SANCHEZ CARRION SARIN
130908 LA LIBERTAD SANCHEZ CARRION SARTIMBAMBA
131001 LA LIBERTAD SANTIAGO DE CHUCO SANTIAGO DE CHUCO
131002 LA LIBERTAD SANTIAGO DE CHUCO ANGASMARCA
131003 LA LIBERTAD SANTIAGO DE CHUCO CACHICADAN
131004 LA LIBERTAD SANTIAGO DE CHUCO MOLLEBAMBA
131007 LA LIBERTAD SANTIAGO DE CHUCO SANTA CRUZ DE CHUCA
131008 LA LIBERTAD SANTIAGO DE CHUCO SITABAMBA
131101 LA LIBERTAD GRAN CHIMU CASCAS
131102 LA LIBERTAD GRAN CHIMU LUCMA
131103 LA LIBERTAD GRAN CHIMU MARMOT
131104 LA LIBERTAD GRAN CHIMU SAYAPULLO
131201 LA LIBERTAD VIRU VIRU
131202 LA LIBERTAD VIRU CHAO
131203 LA LIBERTAD VIRU GUADALUPITO
160108 LORETO MAYNAS PUNCHANA
160113 LORETO MAYNAS SAN JUAN BAUTISTA
160201 LORETO ALTO AMAZONAS YURIMAGUAS
160202 LORETO ALTO AMAZONAS BALSAPUERTO
160205 LORETO ALTO AMAZONAS JEBEROS
160501 LORETO REQUENA REQUENA
160701 LORETO DATEM DEL MARAÑON BARRANCA
160706 LORETO DATEM DEL MARAÑON ANDOAS
190102 PASCO PASCO HUACHON
190105 PASCO PASCO NINACACA
190107 PASCO PASCO PAUCARTAMBO
190109 PASCO PASCO SIMON BOLIVAR
190110 PASCO PASCO TICLACAYAN
190112 PASCO PASCO VICCO
190201 PASCO DANIEL ALCIDES CARRION YANAHUANCA
190202 PASCO DANIEL ALCIDES CARRION CHACAYAN
190204 PASCO DANIEL ALCIDES CARRION PAUCAR
190206 PASCO DANIEL ALCIDES CARRION SANTA ANA DE TUSI
190208 PASCO DANIEL ALCIDES CARRION VILCABAMBA
210105 PUNO PUNO CAPACHICA
210209 PUNO AZANGARO POTONI
210304 PUNO CARABAYA COASA
210306 PUNO CARABAYA CRUCERO
210310 PUNO CARABAYA USICAYOS
210806 PUNO MELGAR NUÑOA
211001 PUNO SAN ANTONIO DE PUTINA PUTINA
211002 PUNO SAN ANTONIO DE PUTINA ANANEA
230201 TACNA CANDARAVE CANDARAVE
230401 TACNA TARATA TARATA
250105 UCAYALI CORONEL PORTILLO YARINACOCHA
250201 UCAYALI ATALAYA RAYMONDI

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