6/30/2013

Ordenanza Municipal 010-2013 Disponen la expedición de la Licencia Municipal de Funcionamiento conjuntamente

Disponen la expedición de la Licencia Municipal de Funcionamiento conjuntamente con la Autorización de Anuncio Simple Adosado a la fachada y/o toldo INTERIOR ORDENANZA MUNICIPAL N° 010-2013 Callao, 26 de junio de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades
Disponen la expedición de la Licencia Municipal de Funcionamiento conjuntamente con la Autorización de Anuncio Simple Adosado a la fachada y/o toldo

INTERIOR
ORDENANZA MUNICIPAL N° 010-2013


Callao, 26 de junio de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
POR CUANTO:

El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal N° 000034-2004 le confieren; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en el artículo 9 numeral 9 establece que es atribución del Concejo Municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley;

Que, la Ley Marco de Licencia Municipal de Funcionamiento, Ley N° 28976 indica en su artículo 10 que las municipalidades podrán autorizar la instalación de toldos y/o anuncios conjuntamente con la expedición de la licencia de funcionamiento, debiendo aprobar las disposiciones correspondientes;

Que, la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, a través del Informe N° 057-2013-MPC/GGDELC, es de opinión favorable a la expedición de la presente Ordenanza, indicando que resulta necesario establecer mecanismos y se genere mayor beneficio para los administrados recurrentes, incentivando la formalización de sus establecimientos y anuncios mediante la unificación de la solicitud de los procedimientos de Licencia Municipal de Funcionamiento conjuntamente con la Autorización de Anuncio Simple Adosado a la fachada y/o toldo;

Que, asimismo, opina favorablemente la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, mediante Memorando N° 826-2013-MPC/GGPPR e Informe N° 088-2013-MPC/GGPPR-GR, así como la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, a través del Memorando N° 321-2013-MPC-GGAJC;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial del Callao ha dado la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE DISPONE LA
EXPEDICIÓN DE LA LICENCIA MUNICIPAL DE
FUNCIONAMIENTO CONJUNTAMENTE CON LA
AUTORIZACIÓN DE ANUNCIO SIMPLE ADOSADO A
LA FACHADA Y/O TOLDO
Artículo 1. Expídase las autorizaciones de licencia municipal de funcionamiento conjuntamente con la autorización de anuncio simple adosado a la fachada y/o toldo a solicitud del administrado, conforme a las disposiciones que se señalan en la presente Ordenanza, adecuándose dicha solicitud a lo establecido en el artículo 10 de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento - Ley N° 28976 y al Decreto Supremo N° 002-2013-EF, que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del plan de incentivos a la mejora de la gestión y modernización municipal del año 2013.

Artículo 2. El cese, revocatoria y/o vencimiento de la licencia de funcionamiento acarreará la pérdida de la vigencia de la autorización para la instalación de anuncio simple adosado a fachada y/o toldo o se modifique las características y/o condiciones de dichas autorizaciones.

Artículo 3. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, apruébese los siguientes formatos adecuados a la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento
- Ley N° 28976 y al Decreto Supremo N° 002-2013-EF:
- Formulario Único de Trámite de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización con carácter de solicitud y Declaración Jurada, en el que se consigna los datos necesarios para la iniciación del trámite correspondiente de solicitud de licencia de funcionamiento de vigencia indeterminada, licencia de funcionamiento indeterminada + autorización de anuncio (adosado a la fachada) y/o toldo, licencia de funcionamiento de vigencia temporal, licencia de funcionamiento temporal +
autorización de anuncio (adosado a la fachada) y/o toldo, adecuados a la Ley N° 28976.
- Declaración jurada de observancia de condiciones de seguridad.

Artículo 4. El monto de la tasa para obtener licencia municipal de funcionamiento conjuntamente con la autorización de anuncio simple adosado a la fachada y/o toldo, serán las que se ya se encuentran establecidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobada mediante Ordenanza Municipal N° 012-2012-MPC, siempre y cuando los anuncios y/o toldos, materia de solicitud, cumplan con las siguientes características:
- Anuncios simples: 30 cm. por 60 cm. adosado a la fachada del establecimiento.
- Toldo: atura mínima de 2.30 m. ocupando sólo el ancho de la puerta o el vano que cubre, sin leyenda, sin parante.

Artículo 5. Inclúyase en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, correspondiente a la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, el procedimiento unificado de licencia municipal de funcionamiento con la autorización de anuncio simple (adosado a la fachada) y/o toldo y modifícase los siguientes procedimientos administrativos de la Gerencia de Licencias y Autorizaciones:

El ítem 1, referido a licencia de funcionamiento municipal; modif. case a: Licencia de funcionamiento municipal incluido anuncio simple adosado a la fachada y/o toldo,
El ítem 4, referido a licencia de funcionamiento municipal para cesionarios; modifícase a: Licencia de funcionamiento municipal para cesionarios incluido anuncio simple adosado a la fachada y/o toldo y El ítem 5, referido a licencia de funcionamiento de vigencia temporal de parte; modifícase a: Licencia de funcionamiento de vigencia temporal de parte incluido anuncio simple adosado a la fachada y/o toldo.

Artículo 6. Publícase la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y encárguese a la Gerencia de Informática la publicación del Texto
Único de Procedimientos Administrativos en el Portal Institucional www.municallao.gob.pe, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe y el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe, de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley N° 29091.

Articulo 7. Facúltase al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas y disposiciones para la correcta aplicación de la presente Ordenanza.

Artículo 8. La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

JUAN SOTOMAYOR GARCÍA
Alcalde

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