6/01/2013

Resolución 271-2013-CONAFU ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES

ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Aprueban Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA RESOLUCIÓN N° 271-2013-CONAFU Lima, 25 de abril de 2013 VISTOS: La Ley N°29658, la Resolución N°420-2012-CONAFU de fecha 17 de agosto de 2012, el O cio N°013-2013-CONAFU-JABR recibido con fecha 10 de abril de 2013, el O
ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Aprueban Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU)

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
RESOLUCIÓN N° 271-2013-CONAFU


Lima, 25 de abril de 2013
VISTOS: La Ley N°29658, la Resolución N°420-2012-CONAFU de fecha 17 de agosto de 2012, el O cio N°013-2013-CONAFU-JABR recibido con fecha 10 de abril de 2013, el O cio N°0394-2013-CONAFU-CDAA de fecha 18 de abril de 2013, y el Acuerdo N°325-2013-CONAFU de la Sesión Ordinaria del Pleno del CONAFU llevada a cabo el día 25 de abril de 2013, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Ley N° 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional.

Que, en el artículo 10° del referido Estatuto, se establece: 'Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades:… inciso c) Aprobar o denegar los proyectos de desarrollo institucional de las nuevas universidades; y en el inciso t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU';

Que, en el artículo 9° del Reglamento del CONAFU, aprobado mediante Resolución N° 387-2009 de fecha 12 de agosto de 2009, (en adelante Reglamento), se establece: 'El Proyecto de Desarrollo Institucional consolida los resultados del estudio en los aspectos técnicos, económicos, nancieros, administrativos, con el n de instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad, con previsiones económicas para sus diez (10) primeros años de funcionamiento. La elaboración del Proyecto de Desarrollo Institucional de una universidad responde a una sucesión lógica de etapas que buscan la coherencia entre la misión, visión, los objetivos del proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los recursos que son necesarios para ello. Las Tablas para su cali cación, establecen las pautas para la elaboración de los proyectos. Los proyectos se presentaran con un mínimo de tres (03) Carreras Profesionales y un máximo de cinco (05) carreras profesionales';

Que, el artículo 10° del Reglamento establece: 'El procedimiento para la Autorización de funcionamiento de una universidad, una vez admitida a trámite, tiene cuatro (4) Fases: 1. Evaluación para la aprobación del Proyecto de Desarrollo Institucional; 2. Implementación Inicial del Proyecto de Desarrollo Institucional Aprobado,
3. Veri cación de la Implementación Inicial, 4. Autorización del funcionamiento provisional de la universidad, (el subrayado y sombreado es nuestro);

Que, el artículo 12° del referido Reglamento, establece:
'Con la solicitud de Autorización de Funcionamiento Provisional, el administrado deberá presentar el Proyecto de Desarrollo Institucional…';

Que, el artículo 19° del Reglamento, establece :' …
Admitida a trámite la solicitud para Autorización Provisional de Funcionamiento, el Pleno del CONAFU designará la Comisión encargada de la cali cación del Proyecto de Desarrollo Institucional, la misma que será presidida por un consejero e integradas por dos (02) docentes principales o asociados debidamente capacitados en Evaluación de Instituciones Educativas';

Que, mediante Ley N°29658 se crea la Universidad Nacional Autónoma de Huanta.

Que, mediante Resolución N°420-2012-CONAFU de fecha 17 de agosto de 2012, se resuelve: 'ARTÍCULO PRIMERO: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud de Autorización de Funcionamiento Provisional de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta, presentada por la Secretaria General del Ministerio de Educación,
Dra. Ursula Desilú León Chempén, en nombre de la Promotora, Ministerio de Educación; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Biotecnología,
2) Administración de Turismo Sostenible y Hotelería,
3) Ingeniería de Negocios Agronómicos y Forestales,
4) Ingeniería y Gestión Ambiental y 5) Zootecnia, cada una con treinta (30) vacantes por ciclo académico.

ARTICULO SEGUNDO: DESIGNAR a los miembros de la Comisión Cali cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta, la cual estará integrada por los siguientes profesionales: Dr. Jorge Arturo Benites Robles,
Presidente; Mg. Ludovina Gutiérrez Castro, Secretario y Lic. María Inés Valdivia Cornejo, Vocal'.

Que, con O cio N°013-2013-CONAFU-JABR recibido con fecha 10 de abril de 2013, el Presidente de la Comisión Cali cadora del PDI, presenta al Presidente del CONAFU, el Informe Final de dicha Comisión, encargada de evaluar el PDI de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta, en el cual se concluye lo siguiente: En relación a la evaluación del PDI, el puntaje obtenido en la cali cación del PDI es de 104.75 puntos que equivale al 82.97%. Respecto a la evaluación realizada a las carreras profesionales que presentan en el PDI:
1) Biotecnología (85%), 2) Administración de Turismo Sostenible y Hotelería (85%), 3) Ingeniería de Negocios Agronómicos y Forestales (85%), 4) Ingeniería y Gestión Ambiental (85%) y 5) Zootecnia (85%) y recomienda al Pleno del CONAFU: 'APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta, presentado por la Promotora Ministerio de Educación, al haber alcanzado el puntaje requerido por el artículo 27° del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento Provisional de nuevas Universidades.'
Que, el artículo 29° inciso a) del Reglamento, establece: 'Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU, se ajustarán a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado por la Promotora con todas las carreras propuestas, b) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional con las carreras profesionales que hayan alcanzado puntaje aprobatorio...';

Que, mediante O cio N°0394-2013-CONAFU-CDAA de fecha 18 de abril de 2013, la Comisión Académica da a conocer al Presidente del CONAFU, que con O cio N°013-2013-CONAFU-JABR de fecha 10 de abril de 2013, el Presidente de la Comisión Cali cadora, nombrada mediante Resolución N°202-2012-CONAFU, encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta, presenta el Informe Final al respecto. Luego de revisado el expediente, la Comisión Académica informa que se deberá tener en cuenta que el puntaje obtenido en la cali cación del PDI es de 104.75 puntos que equivale al 82.97% y es como sigue: Biotecnología:
32 puntos, 85%; Administración de Turismo Sostenible y Hotelería: 32 puntos, 85%; Ingeniería de Negocios Agronómicos y Forestales: 32 puntos, 85%; Ingeniería y Gestión Ambiental: 32 puntos, 85%; Zootecnia: 32 puntos, 85%. Revisado y analizado el expediente, la Comisión Académica sugiere: 'Se apruebe el informe de la Comisión Cali cadora que evaluó el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta, cuya recomendación es la siguiente: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) de la Universidad Nacional de Huanta, presentado por la Promotora Ministerio de Educación, al haber alcanzado el puntaje requerido por el artículo 27° del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento Provisional de Nuevas Universidades.'
Que, el artículo 30° del Reglamento, establece:
'Presentado el Informe Final por la comisión cali cadora acompañado con la segunda versión completa del PDI
evaluado, éste a través de la presidencia será puesto a conocimiento del Pleno. El Pleno del CONAFU, analizando, el Informe Final de la Comisión Cali cadora, se pronunciará con respecto al Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando o desaprobando el proyecto de la universidad';

Que, en Sesión Ordinaria de fecha 25 de abril de 2013, el Pleno del CONAFU después de deliberar, y mediante Acuerdo N°325-2013-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta; bajo el régimen de la Ley Universitaria N°23733,
Ley de Creación N°29658 de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta y Ley de Creación del CONAFU
– Ley N°26439.

En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18° del Estatuto del CONAFU que establece: 'El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones' y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38° incisos d) y e) del referido Estatuto;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta; bajo el régimen de la Ley Universitaria N°23733, Ley N°29658 - Ley de Creación de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta y Ley N°26439 - Ley de Creación del CONAFU.

Artículo Segundo.- HACER de conocimiento de la Promotora de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta que para la continuación de la evaluación del referido proyecto universitario se aplicará el Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades bajo la competencia de CONAFU, aprobado por Resolución N° 387-2009-CONAFU y, toda la normatividad vigente del CONAFU.

Artículo Tercero.- REQUERIR a la Promotora, el cumplimiento de los artículos 31° al 34° del Reglamento aprobado por Resolución N° 387-2009-CONAFU.

Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

WILSON ROLANDO REÁTEGUI CHÁVEZ
Presidente MARGARITA ISABEL LA TORRE ARELLANO Secretaria General

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