6/19/2013

Resolución Administrativa 063-2013-CE-PJ Crean Juzgados de Paz en Centros Poblados de los Distritos Judiciales de

Crean Juzgados de Paz en Centros Poblados de los Distritos Judiciales de Ancash, Piura y Huancavelica CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 063-2013-CE-PJ Lima, 10 de abril de 2013 VISTOS: El Oficio N° 4530-2012-P-CSJAN/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash; y el Informe N° 036-2013-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior
Crean Juzgados de Paz en Centros Poblados de los Distritos Judiciales de Ancash, Piura y Huancavelica

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 063-2013-CE-PJ


Lima, 10 de abril de 2013
VISTOS:

El Oficio N° 4530-2012-P-CSJAN/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash; y el Informe N° 036-2013-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash remite propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Recuayhuanca,
Distrito de Marcará, Provincia de Carhuaz, Departamento de Ancash, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripción.

Segundo. Que la solicitud se fundamenta en que la mencionada localidad tiene población aproximada de 989 habitantes, según la estadística elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática conforme a los Censos Nacionales XI de Población y VI de Vivienda de 2007. Así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el órgano jurisdiccional más próximo se encuentra ubicado en el Distrito de Marcará, a 6 kilómetros de distancia; con el consiguiente perjuicio económico y de tiempo, por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia.

Tercero. Que el Informe N° 036-2013-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General de Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Recuayhuanca, Distrito de Marcará, Provincia de Carhuaz, Departamento y Distrito Judicial de Ancash; consignándose su competencia territorial.

Cuarto. Que por el número de habitantes que beneficiaría el órgano jurisdiccional, entre los que se presentan confiictos de naturaleza civil, penal, familiar;
así como asuntos notariales; y encontrándose dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden el acceso al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rápida y eficaz, resulta procedente la petición que se formula.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 212-2013 de la décimo tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Walde Jáuregui, Ticona Postigo, Meneses Gonzáles, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Recuayhuanca, Distrito de Marcará,
Provincia de Carhuaz, Departamento y Distrito Judicial de Ancash.

Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial,
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

S.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente

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