6/06/2013

Resolución Administrativa 078-2013-CE-PJ Reubican y modifican denominación de órgano jurisdiccional como 10° Juzgado

Reubican y modifican denominación de órgano jurisdiccional como 10° Juzgado de Paz Letrado Permanente de Trujillo CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 078-2013-CE-PJ Lima, 8 de mayo de 2013 VISTO: El Oficio N° 085-2013-P-CNDP-CE-PJ e Informe N° 15 -2013-GO-CNDP-CE/PJ, remitidos por el Presidente y Gerente Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal; y el Oficio N° 0391-2013-P-CSJLL-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La
Reubican y modifican denominación de órgano jurisdiccional como 10° Juzgado de Paz Letrado Permanente de Trujillo

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 078-2013-CE-PJ


Lima, 8 de mayo de 2013
VISTO:

El Oficio N° 085-2013-P-CNDP-CE-PJ e Informe N° 15 -2013-GO-CNDP-CE/PJ, remitidos por el Presidente y Gerente Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal; y el Oficio N° 0391-2013-P-CSJLL-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad.

CONSIDERANDO:

Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad solicita la conversión y reubicación del Juzgado de Paz Letrado de Chugay, del referido Distrito Judicial, como Juzgado de Paz Letrado con Especialidad Civil y Comercial en la Provincia de Trujillo, fundamentando su pedido en razones de carga procesal.

Precisa que su petición no afectará el acceso al servicio de administración de justicia de la población de Chugay, por cuanto en el mencionado distrito funcionan el Primer y Segundo Juzgado de Paz de Primera Nominación.

Asimismo, refiere que el Distrito de Chungay colinda con los Distritos de Huamachuco y Sartimbamba, en los que funcionan dos Juzgados de Paz Letrado.

Segundo. Que, al respecto, el Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal ha elaborado el Informe N° 015-2013-GO-CNDP-CE/PJ, el cual concluye que resulta conveniente la propuesta presentada por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, por cuanto permitirá dotar de un órgano jurisdiccional a la ciudad de Trujillo, coadyuvando a la labor de descarga procesal en marcha.

Tercero. Que, el artículo 82°, numerales 24), 25) y 26), del T exto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modificación de sus ámbitos de competencia territorial. Asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 306-2013 de la décimo quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Walde Jáuregui, Ticona Postigo, Meneses Gonzáles, Palacios Dextre y Chaparro Guerra. Por unanimidad.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Reubicar el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Chugay, Provincia de Sánchez Carrión, Departamento y Distrito Judicial de La Libertad, al Distrito de Trujillo, de la mencionada Corte Superior.

El órgano jurisdiccional materia de reubicación se denominará 10° Juzgado de Paz Letrado Permanente de Trujillo.

Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de las Corte Superior de Justicia de la Libertad; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Tercero.- El Presidente de la Comisión Distrital de Descarga Procesal de la Corte Superior de Justicia de La Libertad ejecutará las acciones pertinentes para una adecuada difusión, entre los pobladores del Distrito de Chugay, sobre la impartición del servicio de administración de justicia entre los Juzgados de Paz existentes y los Juzgados de Paz Letrado de los Distritos de Huamachuco y Sartimbamba, Provincia de Sánchez Carrión.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de La Libertad, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

S.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente

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