6/20/2013

Resolución Administrativa 655-2013-P-CSJLI/PJ Dictan disposiciones para la redistribución de medidas cautelares y expedientes

Dictan disposiciones para la redistribución de medidas cautelares y expedientes tramitados ante órganos jurisdiccionales convertidos en juzgados de tránsito y seguridad vial, a que se refiere la Res Adm. N° 101-2013-CE-PJ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 655-2013-P-CSJLI/PJ Lima, 18 de Junio del 2013 VISTA: La Resolución Administrativa N° 101-2013-CE-PJ de fecha 12 de junio del año en curso y la Resolución Administrativa N° 651-2013-P-CSJLI/PJ
Dictan disposiciones para la redistribución de medidas cautelares y expedientes tramitados ante órganos jurisdiccionales convertidos en juzgados de tránsito y seguridad vial, a que se refiere la Res Adm. N° 101-2013-CE-PJ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 655-2013-P-CSJLI/PJ


Lima, 18 de Junio del 2013
VISTA:

La Resolución Administrativa N° 101-2013-CE-PJ de fecha 12 de junio del año en curso y la Resolución Administrativa N° 651-2013-P-CSJLI/PJ de fecha 17 de junio del presente año; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución AdministrativaN° 101-2013-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la conversión y reubicación del 59° Juzgado Especializado en lo Penal Permanente de Lima en el 1°
Juzgado de Tránsito y Seguridad Vial Permanente; el 13°
Juzgado Especializado en lo Civil Permanente en el 2°
Juzgado de Tránsito y Seguridad Vial Permanente; el 2°
Juzgado de Paz Letrado de Lima en el 1° Juzgado de Paz Letrado de Tránsito y Seguridad Vial Permanente y; el 5°
Juzgado de Paz Letrado de Lima en el 2° Juzgado de Paz Letrado de Tránsito y Seguridad Vial Permanente.

Que, mediante la Resolución Administrativa N° 651-2013-P-CSJLI/PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima ha dispuesto diversas medidas administrativas con la finalidad de coadyuvar en la implementación de los Juzgados de Tránsito y Seguridad Vial, las cuales deben ser complementadas con la finalidad de atender las situaciones especiales y urgentes que se dan en las Mesas de Partes que participan en la redistribución de los expedientes de los Juzgados convertidos.

Que, por las razones expuestas, el Presidente de la Corte como máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial de Lima y en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa N° 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre del 2012;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DISPONER que las medidas cautelares dentro del proceso que se presenten a partir del día 18 de junio de los corrientes a la Mesa de Partes correspondientes al 59° Juzgado Especializado en lo Penal Permanente de Lima, el 13° Juzgado Especializado en lo Civil Permanente, el 2° Juzgado de Paz Letrado de Lima y el 5° Juzgado de Paz Letrado de Lima; cada jefe de los Centros de Distribución General solicitarán al Magistrado que conoce la causa principal la remisión inmediata del mismo para su redistribución aleatoria para su atención urgente y prioritaria.

Similar atención urgente y prioritaria será brindada a los expedientes con reos en cárcel así como para sus cuadernos incidentales así como la entrega de los depósitos judiciales.

La custodia de los depósitos judiciales estará a cargo de los Administradores de las Sedes Judiciales respectivas.

Artículo Segundo.- DISPONER que los expedientes de causas constitucionales que se tramitaban en el 13°
Juzgado Especializado en lo Civil Permanente, deberán ser redistribuidos aleatoria y equitativamente entre los demás Juzgados Especializados en lo Constitucional.

Artículo Tercero.- DISPONER que para el plazo de redistribución de expedientes debe prevalecer la fecha de recepción de la Mesa de Partes para continuar con la remisión total de dichos expedientes hacia los Juzgados destinatarios.

Artículo Cuarto.- DISPONER que la redistribución comprende también los cuadernos de incidentes o cautelares de los expedientes principales que por cualquier razón se hallen al momento de la redistribución fuera del Despacho Judicial, en este caso, al retorno de los mencionados expedientes, serán remitidos a los Juzgados correspondientes donde fueron redistribuidos sus cuadernos incidentales.

Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura
- OCMA, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Unidad de Planeamiento y Desarrollo y Gerencia de Administración Distrital, para los fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.

IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS
Presidente

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