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Resolución de Consejo Directivo 013-2013-SUNASS-CD Precisan porcentajes de la meta de gestión 'Conexiones activas de Agua
6/02/2013
Resolución de Consejo Directivo 013-2013-SUNASS-CD Precisan porcentajes de la meta de gestión 'Conexiones activas de Agua
Precisan porcentajes de la meta de gestión 'Conexiones activas de Agua Potable' de EPS Chavín SA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 013-2013-SUNASS-CD Lima, 31 de mayo de 2013 VISTOS: La Resolución de Consejo Directivo N° 011-2012-SUNASS-CD (1) Publicada el 19 de marzo de 2012 en el diario oficial 'El Peruano'. y el Informe N° 026-2013-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria; y, CONSIDERANDO: Que,
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 013-2013-SUNASS-CD
Lima, 31 de mayo de 2013
VISTOS:
La Resolución de Consejo Directivo N° 011-2012-SUNASS-CD
(1) Publicada el 19 de marzo de 2012 en el diario oficial 'El Peruano'. y el Informe N° 026-2013-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 012-2008-SUNASS-CD se aprobaron las metas de gestión de EPS CHAVÍN SA para el quinquenio regulatorio 2008-2012, determinándose que el porcentaje a alcanzar en el cuarto y quinto años regulatorios es 92% para la meta de gestión
'Conexiones activas de Agua Potable';
Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 011-2012-SUNASS-CD se separaron las metas de gestión de EPS CHAVÍN SA, sin embargo en el apartado A del numeral 1 del Anexo N° 1 se consignó 93% como porcentaje a alcanzar para la meta 'Conexiones activas de Agua Potable';
Que, con el informe de visto el cual se declara parte integrante de la presente resolución, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley N° 27444, se ha acreditado que al emitirse la Resolución de Consejo Directivo N° 011-2012-SUNASS-CD se ha incurrido en un error material dado que la meta de gestión 'Conexiones activas de Agua Potable' para el cuarto y quinto años regulatorios es 92% conforme lo establece la Resolución de Consejo Directivo N° 012-2008-SUNASS-CD;
Que, el artículo 201 de la Ley N° 27444 dispone que los actos administrativos pueden ser sujetos a rectificaciones de oficio en cualquier momento, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, debiendo adoptar la rectificación las formas y modalidades de comunicación o publicación que correspondan para el acto original;
Que en el presente caso, formular la precisión recomendada en el informe de vistos no importa una alteración sustancial del contenido de la Resolución de Consejo Directivo N° 011-2012-SUNASS-CD, ni modifica el sentido de la decisión adoptada;
De conformidad con lo establecido en el artículo 201 de la Ley N° 27444, Ley de Procedimientos Administrativos General y en atención a lo recomendado en el Informe N° 026-2013-SUNASS-110 del 22 de mayo de 2013;
El Consejo Directivo en su sesión del 27 de mayo de 2013;
HA RESUELTO:
Artículo 1°.- PRECISAR que los porcentajes de la meta de gestión 'Conexiones activas de Agua Potable' de EPS CHAVÍN SA, previstos en el apartado A del numeral 1 del Anexo N° 1 de la Resolución de Consejo Directivo N° 011-2012-SUNASS-CD son los siguientes:
METAS DE GESTIÓN DE EPS CHAVÍN SA
PARA EL CUARTO Y QUINTO AÑOS REGULATORIOS
Meta de Gestión Unidad de Medida Año 4 Año 5
Conexiones activas de Agua Potable
% 92% 92%
Artículo 2°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial 'El Peruano'. El Informe N° 026-2013-SUNASS-110 será publicado en la página web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe.
Con el voto aprobatorio de los señores consejeros Fernando Momiy Hada, Jorge Luis Olivarez Vega y Julio Baltazar Durand Carrión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO MOMIY HADA
Presidente Consejo Directivo
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