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Resolución de Secretaría General 030-2013-SG-MC Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) 2013 del Ministerio de Cultura
6/18/2013
Resolución de Secretaría General 030-2013-SG-MC Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) 2013 del Ministerio de Cultura
Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) 2013 del Ministerio de Cultura CULTURA RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 030-2013-SG-MC Lima, 13 de junio de 2013 VISTO, el Informe N° 207-2013-OGPP-SG/MC de fecha 11 de junio de 2013, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, asimismo, el numeral 1 del Artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso
CULTURA
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 030-2013-SG-MC
Lima, 13 de junio de 2013
VISTO, el Informe N° 207-2013-OGPP-SG/MC de fecha 11 de junio de 2013, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, asimismo, el numeral 1 del Artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de Planeamiento Estratégico, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, así también el numeral 71.1 del Artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, en adelante el TUO de la Ley, establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM);
Que, el numeral 71.2 del Artículo 71° del TUO de la Ley, dispone que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico Institucional, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la entidad, conforme a su escala de prioridades;
Que, el numeral 71.3 del Artículo 71° del TUO de la Ley, señala que los planes operativos institucionales relejan las metas presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar a corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las metas presupuestarias establecidas para dicho periodo, así como la disponibilidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica;
Que, con Resolución Ministerial N° 380-2012-MC de fecha 17 de octubre de 2012, se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM 2012 – 2016;
posteriormente con Resolución Ministerial N° 440-2012-MC de fecha 30 de noviembre de 2012, se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2012 – 2016 del Ministerio de Cultura;
Que, el Ministerio de Cultura, de acuerdo a su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MC, es un organismo del Poder Ejecutivo, siendo competente en materia de cultura a lo largo del territorio nacional, comprende al Sector Cultura, constituyéndose en su ente rector; y como tal, es responsable del diseño, establecimiento, ejecución y supervisión de las respectivas políticas nacionales y sectoriales;
Que, asimismo, el literal b) del numeral 3.3.1 del Artículo 3°, establece que el Ministerio de Cultura tiene como una sus funciones específicas exclusivas, la de formular y aprobar los planes nacionales y sectoriales;
Que, el literal b) del Artículo 33° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, señala entre las funciones de la Oficina de Planeamiento y Cooperación Técnica de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la de dirigir y normar el proceso técnico de formulación, monitoreo y evaluación de los planes estratégicos y operativos, programas y proyectos de desarrollo sectorial, coordinando con los órganos y organismos involucrados;
Que, asimismo, conforme al literal a) del Artículo 31° del referido Reglamento de Organización y Funciones, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto propone a la Alta Dirección los planes sectoriales;
Que, mediante el documento del visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto propone la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) 2013 del Ministerio de Cultura como instrumento de gestión que contiene los procesos a desarrollar en el Ejercicio Fiscal 2013;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 003-2013-MC de fecha 08 de enero de 2013, se delega al Secretario General del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2013, la facultad de aprobar el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Cultura y sus respectivas modificatorias;
Estando a lo visado por el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; en la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MC; y, en la Resolución Ministerial N° 003-2013-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobación del POI 2013
Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2013 del Ministerio de Cultura, documento que como Anexo forma parte integrante del presente dispositivo.
Artículo 2°.- Publicación del POI El Plan Operativo Institucional (POI) 2013 del Ministerio de Cultura aprobado por la presente Resolución, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.
pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO LUNA BRICEÑO
Secretario General
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