6/07/2013

Resolución Ministerial 130-2013-VIVIENDA Autorizan al Programa de Mejoramiento Integral de Barrios realizar interven-ciones

Autorizan al Programa de Mejoramiento Integral de Barrios realizar interven-ciones especiales a través de proyectos de inversión pública en zona afectada por fenómenos naturales ubicada en la provincia de Arequipa VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 130-2013-VIVIENDA Lima, 4 de junio de 2013 VISTO, el Informe Legal N° 003-2013-VIVIENDA/VMVU-PMIB-DJS-KTA; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° de la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción
Autorizan al Programa de Mejoramiento Integral de Barrios realizar interven-ciones especiales a través de proyectos de inversión pública en zona afectada por fenómenos naturales ubicada en la provincia de Arequipa

VIVIENDA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 130-2013-VIVIENDA


Lima, 4 de junio de 2013
VISTO, el Informe Legal N° 003-2013-VIVIENDA/VMVU-PMIB-DJS-KTA; y,
CONSIDERANDO:

Que, el literal a) del artículo 4° de la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo y saneamiento;

Que, por Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 001-2013-VIVIENDA, se creó el Programa Mejoramiento Integral de Barrios, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el propósito de contribuir a mejorar la calidad de vida de la población urbana residente en barrios urbano-marginales, mediante la actuación coordinada y concurrente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, las Municipalidades y la Comunidad Barrial;
estableciéndose que por excepción aprobada en norma expresa se podrán realizar intervenciones especiales de manera directa en barrios urbano-marginales según requisitos y condiciones que se establezcan en el Manual de Operaciones;

Que, con Resolución Ministerial N° 022-2013-VIVIENDA, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios-PMIB, el cual en su artículo 7°, señala que por excepción aprobada por Resolución Ministerial, se podrán realizar intervenciones especiales de manera directa en barrios urbano-marginales ubicados en territorios afectados por fenómenos naturales o motivaciones sociales;

Que, mediante Informe Legal N° 003-2013-VIVIENDA/VMVU-PMIB-DJS-KTA, la Dirección Ejecutiva del Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB, propone realizar intervenciones en zonas afectadas por fenómenos naturales, que fueron declaradas en emergencia por Decreto Supremo N° 019-2013-PCM, por considerar que los daños ocasionados en la provincia de Arequipa, distrito de Tomepampa de la provincia de La Unión; y el distrito de Acarí de la provincia de Caravelí, han generado graves pérdidas económicas y daños materiales que ponen en riesgo la transitabilidad y el normal desarrollo de las actividades económicas de la población;

Que, conforme a lo señalado en el citado informe, el PMIB ha identificado dos (02) proyectos de Inversión Pública viables, que comprenderán las intervenciones especiales en las zonas afectadas por los desastres naturales en dicha zona; los cuales serán financiados hasta el 100% de las intervenciones, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal del Programa;

Que, en consecuencia es necesario aprobar las intervenciones especiales en los Barrios Urbano-Marginales propuestos por el PMIB, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Manual de Operaciones aprobado por la Resolución Ministerial N° 022-2013-VIVIENDA;

De conformidad con la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, el Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA y la Resolución Ministerial N° 022-2013-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de las intervenciones Especiales Autorizar al Programa de Mejoramiento Integral de Barrios realizar las intervenciones especiales a través de los dos (02) proyectos de inversión pública en la zona afectada por los fenómenos naturales en la provincia de Arequipa, descritos en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Del Financiamiento Los Proyectos de Inversión comprendidos en el Anexo de la presente Resolución serán financiados hasta el 100% por constituir parte de las acciones inmediatas para rehabilitar las zonas afectadas por los desastres naturales, sujeto a la disponibilidad presupuestal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO N° SNIP NOMBRE DEL PROYECTO REGIÓN PROVINCIA DISTRITO INVERSIÓN TOTAL DEL PROYECTO
1 251142
'REHABILITACIÓN
DEL SERVICIO DE
TRANSITABILIDAD PEATONAL
Y VEHICULAR DE LA CALLE
MALECON ZOLEZZI Y JUAN
MANUEL POLAR ( 1ra y 2da CUADRA) DISTRITO
DE MARIANO MELGAR-AREQUIPA-AREQUIPA'
AREQUIPA AREQUIPA MARIANO
MELGAR
1 386 246.25
2 246884 'MEJORAMIENTO DE LA
TRANSITABILIDAD PEATONAL
Y VEHICULAR DE LAS MZ J,
ENTRE MZ J Y H, ENTRE LA
MZ C, H Y G, ENTRE LA MZ
G, D, E Y F Y LA MZ F DE LA
URB MARIANO BUSTAMANTE,
DISTRITO DE MARIANO
MELGAR – AREQUIPA
– AREQUIPA'
AREQUIPA AREQUIPA MARIANO
MELGAR
629 802.26

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