6/11/2013

Resolución Ministerial 133-2013-VIVIENDA Autorizan transferencia financiera a favor de SEDAPAL SA destinada al financiamiento

Autorizan transferencia financiera a favor de SEDAPAL SA destinada al financiamiento del estudio de preinversión a nivel de perfil del proyecto de saneamiento urbano 'Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado para el Proyecto Habitacional de Interés Social Laderas del Cerro El Agustino' VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 133-2013-VIVIENDA Lima, 10 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprobó
Autorizan transferencia financiera a favor de SEDAPAL SA destinada al financiamiento del estudio de preinversión a nivel de perfil del proyecto de saneamiento urbano 'Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado para el Proyecto Habitacional de Interés Social Laderas del Cerro El Agustino'

VIVIENDA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 133-2013-VIVIENDA


Lima, 10 de junio de 2013
CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprobó mediante la Resolución Ministerial N° 327-2012-VIVIENDA el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente al año fiscal 2013, por un monto de S/. 4 038 366 356,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso;

Que, a través del Memorándum N° 602-2013/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, la Directora Ejecutiva (e) del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicitó gestionar el dispositivo que autorice la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, por la suma de S/. 143 473,24 en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima SA (SEDAPAL SA), destinada al financiamiento del estudio de pre inversión a nivel de perfil del proyecto
'Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado para el Proyecto Habitacional de Interés Social Laderas del Cerro El Agustino'; precisando que la transferencia financiera será atendida con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano,
Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1:

Recursos Ordinarios; asimismo, mediante Memorándum N° 571-2013-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.1, el Jefe de la Unidad de Estudios del PNSU, indica que se ha suscrito el Convenio correspondiente;

Que, a través del Informe N° 183-2013/VIVIENDA-OGPP-UPTO, la Jefa de la Unidad de Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, propone un proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima SA – SEDAPAL SA, destinada al financiamiento de la elaboración del Estudio de Pre Inversión a Nivel de Perfil del proyecto 'Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado para el Proyecto Habitacional de Interés Social Laderas del Cerro El Agustino', por la suma de S/. 143 473,24; precisando que se cuenta con saldos presupuestales por dicho importe;

Que, mediante el Memorándum N° 1193-2013/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe N° 183-2013/VIVIENDA-OGPP-UPTO, señalando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para la transferencia financiera solicitada por la Directora Ejecutiva (e) del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, por la suma de S/. 143 473,24, con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano,
Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para efectuar la Transferencia Financiera a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima SA (SEDAPAL SA);

Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso vi), del literal a), numeral 12.1, del artículo 12, de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; se autoriza de manera excepcional, en el presente año fiscal, la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIENDA y para las entidades prestadoras de servicios de saneamiento; las mismas que según el numeral 12.2 del mismo artículo, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 143 473,24, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima SA (SEDAPAL SA), destinada al financiamiento del estudio de pre inversión a nivel de perfil del proyecto
'Abastecimiento de agua potable y alcantarillado para el proyecto habitacional de interés social Laderas del Cerro El Agustino';

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29951,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 143 473,24 (CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES Y 24/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima SA (SEDAPAL SA), destinada al financiamiento del estudio de Pre Inversión a Nivel de Perfil del Proyecto de Saneamiento Urbano 'Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado para el Proyecto Habitacional de Interés Social Laderas del Cerro El Agustino'.

Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082:

Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777:

Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de los dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013.

Artículo 5.- Información La empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima SA (SEDAPAL SA), informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros del estudio de Pre Inversión a Nivel de Perfil del Proyecto de Saneamiento Urbano
'Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado para el Proyecto Habitacional de Interés Social Laderas del Cerro El Agustino', en el marco del Convenio suscrito por las partes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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