6/11/2013

Resolución Ministerial 170-2013-MINAM Modifican Texto Único de Procedi-mientos Administrativos del Ministerio

Modifican Texto Único de Procedi-mientos Administrativos del Ministerio del Ambiente AMBIENTE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 170-2013-MINAM Lima, 6 de junio de 2013 Visto; los Informes N° 008 y N° 019-2013-MINAM-SEG-OGA-CON de 25 de febrero y 02 de mayo de 2013, respectivamente, del Especialista Responsable en Contabilidad de la Oficina General de Administración; los Memorandos N° 163 y N° 327-2013-MINAM-SG-OGA de 25 de febrero y 03 de mayo de 2013, respectivamente, de la Oficina General de Administración;
Modifican Texto Único de Procedi-mientos Administrativos del Ministerio del Ambiente

AMBIENTE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 170-2013-MINAM


Lima, 6 de junio de 2013
Visto; los Informes N° 008 y N° 019-2013-MINAM-SEG-OGA-CON de 25 de febrero y 02 de mayo de 2013, respectivamente, del Especialista Responsable en Contabilidad de la Oficina General de Administración; los Memorandos N° 163 y N° 327-2013-MINAM-SG-OGA de 25 de febrero y 03 de mayo de 2013, respectivamente, de la Oficina General de Administración; el Memorándum Múltiple N° 026-2013-SG/MINAM de 27 de febrero de 2013, de la Secretaría General; los Informes N° 016 y N° 031-2013-RAC-OPP-SG/MINAM de 04 de marzo y 10 de mayo de 2013, respectivamente, de la Especialista Responsable en Racionalización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; los Informes N° 048 y N° 126-2013-OPP-SG/MINAM de 04 de marzo y 16 de mayo de 2013, respectivamente, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 035-2013-MINAM/SG-OAJ de 5 de marzo de 2013 y Memorándum N° 225-2013-MINAM/SG-OAJ de 17 de mayo de 2013, de la Oficina de Asesoría Jurídica; así como los Oficios N° 492 y N° 701-2013-PCM/SGP de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2010-MINAM, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio del Ambiente, modificado mediante Resoluciones Ministeriales N° 273-2011-MINAM, N° 040-2012-MINAM y N° 224-2012-MINAM;

Que, a través del Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, se aprobó la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, en cumplimiento de lo previsto en la Primera Disposición Complementaria Final del precitado Decreto Supremo, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Publica N° 002-2010-PCM-SGP, se establecieron los mecanismos y plazos para la implementación gradual de la nueva metodología de determinación de costos para todas las entidades públicas;

Que, en lo que respecta a los plazos de implementación de la mencionada metodología, el literal a) del artículo 3° de la citada resolución, modificada por Resoluciones de Secretaría de Gestión Publica N° 001-2011-PCM-SGP y N° 001-2012-PCM-SGP , determinó que para las entidades del Poder Ejecutivo, Organismos Autónomos, Poder Judicial y Poder Legislativo, el plazo de implementación culminaba el 31 de diciembre de 2012;

Que, en dicho contexto, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través de los Informes N° 048 y N° 126-2013-OPP-SG/MINAM de 04 de marzo y 16 de mayo de 2013, respectivamente, ha presentado la propuesta de modificación del TUPA Institucional, considerando la adecuación del citado documento de gestión a las disposiciones contenidas el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM; sobre la base de lo determinado en los Informes N° 008 y N° 019-2013-MINAM-SEG-OGA-CON de 25 de febrero y 02 de mayo de 2013, respectivamente, del Especialista Responsable en Contabilidad de la Oficina General de Administración, así como en los Memorandos N° 163 y N° 327-2013-MINAM-SG-OGA de 25 de febrero y 03 de mayo de 2013, respectivamente, de la Oficina General de Administración;

Que, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en su artículo 38°, regula la aprobación y difusión de los TUPA de las entidades públicas, estableciendo en su numeral 38.5 que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo;

Que, el caso específico de la propuesta presentada por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, supone dos cambios sustanciales en el TUPA del Ministerio del Ambiente, a saber: i) la reducción del monto del derecho de tramitación del Procedimiento N° 2, 'Aprobación de proyecto de Reducción de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero y Captura de Carbono'; y, ii) la reducción del plazo de atención de dicho procedimiento;

Que, a través del Oficio N° 701-2013-PCM/SGP de 28 de mayo de 2013, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros ha remitido el Informe N° 22-2013-PCM-SGP.CCM, en el cual se expresa la opinión favorable a la modificatoria del TUPA del MINAM, de acuerdo al artículo 11.1 del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM; por lo que, corresponde formalizar la aprobación de dichos cambios mediante la presente resolución;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, la Ley N° 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2010-MINAM, modificado mediante las Resoluciones Ministeriales N° 273-2011-MINAM, N° 040-2012-MINAM y N° 224-2012-MINAM; en cuanto a la reducción del monto del derecho de tramitación del Procedimiento N° 2 'Aprobación de proyecto de Reducción de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero y Captura de Carbono', y la reducción del plazo de atención de dicho Procedimiento, según Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, así como en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA
Ministro del Ambiente

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