6/18/2013

Resolución Ministerial 196-2013-PRODUCE Oficializan evento denominado 'El Pescador Artesanal del Año 2013' y aprueban

Oficializan evento denominado 'El Pescador Artesanal del Año 2013' y aprueban su Reglamento PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 196-2013-PRODUCE Lima, 10 de junio de 2013 VISTOS: El Informe N° 101-2013-PRODUCE/DGCHD-Dipa de la Dirección de Pesca Artesanal de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, el Informe N° 106-2013-PRODUCE/OGPP-Opra de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 212-2013-PRODUCE/OGPP-Op
Oficializan evento denominado 'El Pescador Artesanal del Año 2013' y aprueban su Reglamento

PRODUCE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 196-2013-PRODUCE


Lima, 10 de junio de 2013
VISTOS: El Informe N° 101-2013-PRODUCE/DGCHD-Dipa de la Dirección de Pesca Artesanal de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, el Informe N° 106-2013-PRODUCE/OGPP-Opra de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 212-2013-PRODUCE/OGPP-Op de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 008-2013-PRODUCE/OGAJ-ptapia de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 57 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, establece que el Estado promueve el desarrollo de la actividad pesquera artesanal en aguas marinas y continentales, en las fases de extracción, procesamiento y comercialización pesquera;

Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1047
- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción establece que el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria y comercio interno; es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero, pesquería industrial, acuicultura de mayor escala, normalización industrial y ordenamiento de productosfiscalizados; es competente de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, en materia de pesquería artesanal, acuicultura de menor escala y de subsistencia, promoción de la industria y comercio interno en el ámbito de su jurisdicción;

Que, el artículo 64 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, prevé que la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo es el órgano encargado de proponer normas y lineamientos de alcance nacional que garanticen el cumplimiento de sus funciones, orientada a la protección, conservación, control y aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos y productos pesqueros para el consumo humano directo, así como de promover y difundir las normas en el marco de sus competencias;

Que, mediante el Informe N° 101-2013-PRODUCE/DGCHD-Dipa, la Dirección de Pesca Artesanal de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, propone oficializar el evento denominado
'El Pescador Artesanal del Año 2013', con el propósito de reconocer a los agentes de la actividad pesquera artesanal, que cumplen con realizar sus labores de acuerdo a la normativa vigente; con aplicación de las buenas prácticas pesqueras orientadas a la protección, conservación, aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos; que tienen una capacitación permanente, y cuya conducta ante la sociedad y sus autoridades está basada en valores morales;

Que, el referido evento se enmarca dentro de las normas del Sector, contribuye a la implementación de los lineamientos del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2012-2016, aprobado por Resolución Ministerial N° 107-2012-PRODUCE y del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional y se encuentra contemplado en el Plan Operativo Institucional 2013 del Ministerio de la Producción;

Que, en tal sentido, corresponde emitir el acto que oficialice la realización del Evento denominado 'El Pescador Artesanal del Año 2013', así como aprobar el Reglamento respectivo;

Con el visado del Viceministro de Pesquería y de los Directores Generales de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su Reglamento, aprobado por la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Oficializar el Evento denominado 'El Pescador Artesanal del Año 2013', estableciéndose el 29 de junio de 2013 como día central de dicha actividad.

Artículo 2.- Aprobar el Reglamento del Evento denominado 'El Pescador Artesanal del Año 2013', que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Reglamento del Evento denominado 'El Pescador Artesanal del Año 2013', en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN
Ministra de la Producción

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