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Resolucion Ministerial 215-2013-MEM/DM Establecen servidumbres a favor de concesión temporal de la que es titular
6/01/2013
Resolucion Ministerial 215-2013-MEM/DM Establecen servidumbres a favor de concesión temporal de la que es titular
Establecen servidumbres a favor de concesión temporal de la que es titular Perú Energía Renovable SA, para el desarrollo de estudios relacionados con la actividad de generación en futuras centrales solar y eólica ENERGIA Y MINAS RESOLUCION MINISTERIAL N° 215-2013-MEM/DM Lima, 24 de mayo de 2013 VISTO: El Expediente N° 11224812, presentado por Energía Renovable del Sur SA, persona jurídica inscrita en la Partida N° 12640915 del Registro de Personas Jurídicas de la O cina Registral
ENERGIA Y MINAS
RESOLUCION MINISTERIAL N° 215-2013-MEM/DM
Lima, 24 de mayo de 2013
VISTO: El Expediente N° 11224812, presentado por Energía Renovable del Sur SA, persona jurídica inscrita en la Partida N° 12640915 del Registro de Personas Jurídicas de la O cina Registral de Lima, sobre solicitud de establecimiento de servidumbre temporal de ocupación para la futura Central Eólica San Juan;
CONSIDERANDO:
Que, Energía Renovable del Sur SA, titular de la concesión temporal para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables para la futura Central Eólica San Juan, en mérito de la Resolución Ministerial N° 324-2012-MEM/DM, publicada el 19 de julio de 2012, ha solicitado el establecimiento de la servidumbre temporal de ocupación, por el plazo de dicha concesión, para el desarrollo de estudios relacionados con la actividad de generación con Recursos Energéticos Renovables para la citada Central, ubicada en los distritos de Marcona y Lomas, provincias de Nazca y Caravelí, departamentos de Ica y Arequipa, respectivamente, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que guran en el Expediente;
Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109 de la Ley de Concesiones Eléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones, por lo cual, en el presente caso no corresponde el pago de compensación por derechos de servidumbre;
Que, de acuerdo a la declaración de Energía Renovable del Sur SA, mediante la documentación que obra en el Expediente, los terrenos destinados para la realización de los estudios de factibilidad para la futura Central Eólica San Juan son de propiedad del Estado;
Que, la petición se encuentra amparada por el artículo 110 y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri cado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe N° 275-2013-DGE-DCE;
Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y con el visto bueno del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- ESTABLECER con carácter temporal a favor de la concesión temporal de generación de la que es titular Energía Renovable del Sur SA, por el plazo de dicha concesión, la servidumbre temporal de ocupación para el desarrollo de estudios relacionados con la actividad de generación con Recursos Energéticos Renovables para la futura Central Eólica San Juan, ubicada en los distritos de Marcona y Lomas, provincias de Nazca y Caravelí, departamentos de Ica y Arequipa, respectivamente, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre
Área de Servidumbre Propietario 11224812 CE San Juan Servidumbre temporal de ocupación (plazo de la concesión temporal según la Resolución Ministerial respectiva)
Área: 35 170 664,33 m
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