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Resolución Ministerial 335-2013/MINSA Establecen horario de atención al público en el Ministerio de Salud
6/13/2013
Resolución Ministerial 335-2013/MINSA Establecen horario de atención al público en el Ministerio de Salud
Establecen horario de atención al público en el Ministerio de Salud SALUD RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 335-2013/MINSA Lima, 10 de junio del 2013 Visto, el Expediente N° 13-019907-001 que contiene el Memorándum N° 103-2013-SG/MINSA emitido por la Secretaría General del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1° del Decreto Supremo N° 083-2009-PCM se autorizó a los titulares de las Entidades de la Administración Pública consideradas en el artículo I del Título Preliminar
SALUD
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 335-2013/MINSA
Lima, 10 de junio del 2013
Visto, el Expediente N° 13-019907-001 que contiene el Memorándum N° 103-2013-SG/MINSA emitido por la Secretaría General del Ministerio de Salud; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 1° del Decreto Supremo N° 083-2009-PCM se autorizó a los titulares de las Entidades de la Administración Pública consideradas en el artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 27444, cuyas actividades se realicen dentro del ámbito de la Provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao, a modificar y establecer para sus diversas dependencias, de forma escalonada, la hora de inicio y la hora de fin del horario de prestación de servicios de las personas con quienes tienen vínculo laboral o contractual de servicios, así como el horario de atención al público;
Que, el artículo 3° del mencionado Decreto Supremo N° 083-2009-PCM, dispone que para establecer la escala de horarios de inicio y término de la prestación de servicios, se debe tener en cuenta entre otros criterios, el ámbito de aplicación de la escala, que puede comprender a todos los órganos de la Entidad o a uno o más de ellos;
Que, el artículo 4° de la acotada norma, establece que en todos los casos las Entidades garantizan la atención de todos los asuntos de su competencia, durante el Horario de Atención al Público que fije para el efecto, el cual no puede ser menor de ocho (8) horas diarias consecutivas;
Que, a efectos de orientar la eficacia y eficiencia de los servicios, así como de optimizar la atención al público y generar mejores niveles de satisfacción a los usuarios del Ministerio de Salud, resulta conveniente establecer los horarios de inicio y término de la prestación de servicios en todas las Unidades Orgánicas de la Sede Central del Ministerio de Salud;
Estando a lo opinado por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, en la Nota Informativa N° 183-2013-OGGRH/MINSA; y,
Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud;
De conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo N° 083-2009-PCM y en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Establecer el horario de atención al público de manera ininterrumpida, de lunes a viernes de 8:30 a.m. hasta las 4:30 p.m. en el Ministerio de Salud.
Artículo 2°.- Lo dispuesto en el artículo precedente resulta aplicable a todas las Unidades Orgánicas de la Sede Central del Ministerio de Salud.
Artículo 3°.- La Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, será la encargada de cautelar el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4°.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), de conformidad a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 083-2009-PCM.
Artículo 5.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud:
http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas.asp Artículo 6°.- Déjese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud
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