6/14/2013

Resolución Sbs 3462-2013 Opinan favorablemente respecto a la renovación del 'Primer Programa de

Opinan favorablemente respecto a la renovación del 'Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas' SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES RESOLUCIÓN SBS N° 3462-2013 Lima, 5 de junio de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas (en adelante el Banco), para que se opine favorablemente sobre
Opinan favorablemente respecto a la renovación del 'Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas'

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
RESOLUCIÓN SBS N° 3462-2013


Lima, 5 de junio de 2013
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
VISTA:

La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas (en adelante el Banco), para que se opine favorablemente sobre la renovación del plazo del 'Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas', hasta por un monto de US$ 30 000 000.00 (Treinta millones y 00/100 de Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional (en adelante el Programa), por dos (2) años adicionales a su plazo original;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley N° 26702, en adelante Ley General, en su artículo 221°, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos subordinados;

Que, el artículo 232° de la Ley General establece que la emisión de instrumentos financieros requerirá opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia;

Que, en sesión de la Junta Anual de Accionistas del Banco realizada el 28 de octubre de 2010, se aprobó llevar a cabo el Programa, así como delegar en el Directorio o Gerente General las facultades para modificar las condiciones del mismo, definir las condiciones o características que no se hubieran aprobado en dicha sesión y en general efectuar todas las modificaciones que sean necesarias a fin de obtener la autorización del Programa por parte de esta Superintendencia, la inscripción del mismo en la Superintendencia del Mercado de Valores y en general adoptar todos los acuerdos o realizar todas las gestiones que sean necesarias para la ejecución de los acuerdos tomados en la aludida sesión;

Que, mediante Resolución SBS N° 492-2011 de fecha 14 de enero de 2011, se emitió opinión favorable para que en el marco del Programa, el Banco emita instrumentos representativos de deuda subordinada redimible computable como patrimonio efectivo de nivel 2;

Que, mediante Resolución SBS N° 4727-2009 del 29 de mayo del 2009, se aprobó el Reglamento de Deuda Subordinada aplicable a las Empresas del Sistema Financiero (en adelante el Reglamento), estableciéndose en el artículo 8° de dicha norma que para las emisiones de instrumentos representativos de deuda subordinada son aplicables, cuando corresponda, las normas aprobadas por la Superintendencia relativas al procedimiento general o al procedimiento anticipado para la emisión en serie de instrumentos financieros;

Que, de acuerdo a lo informado por la Gerencia General del Banco a esta Superintendencia, existe a la fecha un saldo de emisión y colocación del Programa, por lo cual solicita se opine favorablemente para renovar el Programa, ampliándose el plazo de vigencia del mismo por dos (2) años adicionales, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 de la Circular N° B-2074-2000 sobre emisión en serie de instrumentos financieros (en adelante la Circular), declarando la entidad que se mantienen inalterables las demás características originales del Programa;

Que, en efecto, el numeral 3.5 de la Circular establece que toda solicitud de renovación de programas de emisión de instrumentos financieros en serie para los que se haya emitido opinión favorable bajo la modalidad de procedimiento anticipado, incluyendo los que tengan la característica de línea revolvente, debe contar necesariamente con la opinión previa favorable de esta Superintendencia;

Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación requerida para efectos de la renovación del plazo del Programa, según lo señalado en el Procedimiento N° 25 del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria 'D', el Departamento de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones y el Departamento Legal y con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, de Riesgos y de Asesoría Jurídica;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros,
Ley N° 26702;

RESUELVE:

Artículo Único.- Opinar favorablemente respecto de la renovación del 'Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas' hasta por un monto de US$ 30 000 000.00 (Treinta millones y 00/100 de Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional, por un plazo de dos (2) años adicionales, manteniéndose las demás características originales inalterables y considerando los límites en el cómputo del Patrimonio Efectivo señalados en el artículo 20° del Reglamento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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