6/19/2013

Resolución Suprema 141-2013-RE Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al 'Convenio

Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al 'Convenio entre la República de Corea y la República del Perú para Evitar la Doble Tributación y Prevenir la Evasión Fiscal en relación con los Impuestos sobre la Renta' y su Protocolo RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN SUPREMA N° 141-2013-RE Lima, 18 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, el 'Convenio entre la República de Corea y la República del Perú para Evitar la Doble Tributación y Prevenir la Evasión Fiscal en relación con
Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al 'Convenio entre la República de Corea y la República del Perú para Evitar la Doble Tributación y Prevenir la Evasión Fiscal en relación con los Impuestos sobre la Renta' y su Protocolo

RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 141-2013-RE


Lima, 18 de junio de 2013
CONSIDERANDO:

Que, el 'Convenio entre la República de Corea y la República del Perú para Evitar la Doble Tributación y Prevenir la Evasión Fiscal en relación con los Impuestos sobre la Renta' y su Protocolo que constituye parte integrante del mismo, firmados el 10 de mayo de 2012, en la ciudad de Seúl, República de Corea;

Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento jurídico internacional;

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 102° inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el primer párrafo del artículo 2° de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano;

RESUELVE:

Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República la documentación relativa al 'Convenio entre la República de Corea y la República del Perú para Evitar la Doble Tributación y Prevenir la Evasión Fiscal en relación con los Impuestos sobre la Renta' y su Protocolo que constituye parte del mismo, firmados el 10 de mayo de 2012, en la ciudad de Seúl, República de Corea.

Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y la señora Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores

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