6/20/2013

Resolución Suprema 145-2013-RE Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario

Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Colombia RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN SUPREMA N° 145-2013-RE Lima, 19 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 023-2012/RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Felipe José Lembcke Hoyle, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Colombia; Que, mediante Resolución Ministerial
Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Colombia

RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 145-2013-RE


Lima, 19 de junio de 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 023-2012/RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Felipe José Lembcke Hoyle, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Colombia;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0189-2012/RE, se fijó el 01 de marzo de 2012, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Colombia;

De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N° 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Felipe José Lembcke Hoyle, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Colombia, el 31 de julio de 2013.

Artículo 2°.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 3°.- La fecha de término de funciones será fijada mediante Resolución Ministerial.

Artículo 4°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores

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